Sala Constitucional ordena a UCR entregar información sobre presupuesto de la RSN

Escuela de Geología debe brindar información sobre Red Sismológica Nacional a la prensa

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo presentado por la periodista del diario La Nación, Hulda Miranda, en contra de la Universidad de Costa Rica, por haberle negado información relacionada con el presupuesto de la Red Sismológica Nacional (RSN) y el uso del llamado «Fondo 1311».

Según indicó la periodista en el recurso, el 15 de abril de este año consultó a la Oficina de Divulgación e Información de la UCR si la construcción del laboratorio de Geotecnia, una asociación de estudiantes, y un laboratorio de Petrografía de la Escuela de Geología se construyeron con rubros del Fondo 1311, y de ser así, cuánto dinero se utilizó.

De acuerdo con la Ley 8488 el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo será financiado con el aporte de un 3% de las ganancias y superávit presupuestario acumulado, libre y total, de todas las institucionales de la Administración Central, la Administración Pública Descentralizada y las empresas públicas.

De ese 3%, un 0,2% se traslada a la Universidad de Costa Rica para el fortalecimiento de la Sismológica Nacional y el Laboratorio de Ingeniería Sísmica de esa Universidad, así como, para el equipamiento y fortalecimiento de la investigación sísmica y volcánica en el marco de los estudios de Gestión Integral del Riesgo. A todo esto se le conoce como el Fondo 1311.

La periodista también solicitó indicar el desglose de construcciones, remodelaciones, compras de equipo y de vehículos efectuados por fondos provenientes del Fondo 1311 entre los años 2010 y 2014 y detallar la cantidad de dinero percibido por la RSN cada año entre el 2010 y 2014.

Sin embargo, Miranda indicó en su recurso que en la respuesta de la Universidad se indicó que «de conformidad con lo establecido en los artículos 6 de la Ley de Control Interno y 8 de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito, la Contraloría Interna de la Universidad y el Director de la Escuela Centroamericana de Geología están inhibidos a brindar información sobre este caso, en razón de que existe una investigación en fase preliminar, por lo que figura como secreto sumario».

Al respecto, Miranda alega que no solicitó información sobre ninguna investigación, sino datos relativos al presupuesto que recibe la RSN por la citada ley y su uso.
Tras analizar las pruebas y hechos, los magistrados de la Sala Constitucional concluyeron que existió una violación al derecho de acceso a la información, pues al tratarse de información sobre fondos públicos » (…) lo solicitado constituye claramente información de interés público, lo cual de acuerdo con lo establecido con el artículo 30 constitucional, es información revestida de interés público, a la cual puede tener acceso cualquier administrado o ciudadano, a fin de realizar una fiscalización de la utilización de los fondos públicos», añade la Sala.

El 28 de agosto la Sala declaró con lugar el recurso, por lo que ordena la directora de la Oficina de Divulgación (ODI), Wajiha Sasa, y al director de la Escuela de Geología, Rolando Mora, dar acceso a la información solicitada por la periodista en un plazo de 15 días.

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