En ese mismo artículo del 2/11/11 también resulta cierto que reconozco que me opongo a que se reduzca el concepto de democracia universitaria al de meritocracia, tesis medular en los argumentos del profesor Molina y que contradice lo que establece el artículo 1 del Estatuto Orgánico de la Universidad. Pero una vez más, mientras quien suscribe procura ofrecer razones para oponerse a tal reducción, nada nos dice el profesor Molina para desestimar tales argumentos, que no sea que los mismos descansan en la oposición democracia-meritocracia, lo que en verdad no resulta otra cosa que la conclusión lógica de los argumentos esgrimidos en torno al concepto mismo de institución universitaria como comunidad democráticamente organizada de docentes, estudiantes y administrativos, no su premisa, como pretende descubrir él.
He de reconocer también, que desde mi punto de vista, la vergonzosa problemática “de los profesores interinos reside en lo fundamental, no en un pretendido ‘trasfondo específicamente académico”, como tan cómodamente sostiene el profesor Molina, sino en un odioso sistema de privilegios y elitismo académicos, encarnado en el Reglamento de Régimen Académico y Servicio docente.
Y a este respecto, no veo cómo podría el profesor Molina explicar, con base en su premisa del “trasfondo específicamente académico” como razón de ser de la problemática de los docentes interinos, el que más de un 60% del personal docente se encuentre en tal condición, y no como resultado, de ese sistema de privilegio, exclusión y expoliación, que yo identifico.
Opinar que la razón de ello se debe a que unos interinos se esfuerzan por cumplir responsablemente con sus labores, mantenerse al día con los avances de su disciplina, investigar y publicar y otros, también interinos, no lo hacen, una diferencia que por cierto es extensible a los docentes en propiedad; si es que explica algo, lo será para los lectores de La Nación S.A. o quizá para estas nuevas generaciones de posgraduados del exterior, no para los académicos que hemos vivido durante más de un cuarto de siglo el día a día de la formación, la investigación y la extensión social universitarias.
Por otra parte, quizá también tenga razón el profesor Molina cuando afirma que quien suscribe no diferencia suficientemente entre institución y comunidad, una diferencia que agradecería nos aclarara, en particular con respecto a donde es que erramos al concebir, ajustándonos al Estatuto Orgánico, a la institución universitaria como una comunidad, autónoma constitucionalmente y democrática, de profesores, estudiantes y administrativos, “dedicada a la enseñanza, la investigación, la acción social” y demás actividades sustantivas, y no como una institución meritócrata de docentes en Régimen con representación estudiantil.
En cuanto a esa otra presunta diferencia de fondo entre “característico” y “fundamental”, una diferencia que según la agudeza del profesor Molina dizque soslayo para diluir las diferencias entre docentes, estudiantes y administrativos, diferencias a las que por cierto ya me referí en dos de mis artículos anteriores, pero que a nuestro minucioso historiador igual le da en sus juegos de razonamiento; ignoro cómo se concibe en el campo de la Historia esta noción de “característico”, pero en el campo de la Psicología, de donde yo provengo, “característico”, alude a carácter y este a estructura distintiva fundamental.