El suscrito ostenta el cargo de representante en Costa Rica de trescientas veinte sociedades (situación que no es delito alguno en nuestro ordenamiento jurídico, ni existe limitante en la constitución o representación de sociedades en nuestro ordenamiento, en el tanto y cuanto estas cumplan con el marco jurídico costarricense presupuesto que se cumple en el caso de marras), las cuales se encuentran al día hasta el periodo 2014, ya que el periodo que comprende el año 2015 se encuentra pendiente, pero no como se asegura en dicha noticia donde se deben varios periodos; con respecto a este último periodo tengo facultad para cancelarlo hasta el 31 de diciembre del presente año con sus correspondientes multas, por lo que, quien goza de tiempo se encuentra a derecho; es completamente falsa la información de que se adeude dicho tributo, que como bien lo indicó el Ministro de Hacienda es administrado por el Registro Público, por lo que en el momento que se desee hacer algún movimiento a la compañía el mismo debe estar debidamente cancelado. Sin embargo, las empresas que represento se encuentran debidamente registradas, inactivas y con sus obligaciones cumplidas hasta el periodo 204.