Desconexiones, el hoy por hoy de la Sala IV

Es, además de la administración del Estado, la manera como la Constitución se plasma en el quehacer y los actos del Estado.Dos recientes fallos

El Derecho Administrativo como rama de la ciencia jurídica es, por decirlo de alguna forma, la operatividad de los principios y valores constitucionales.

Es, además de la administración del Estado, la manera como la Constitución se plasma en el quehacer y los actos del Estado.

Dos recientes fallos de la Sala Constitucional invitan a reflexionar sobre una aparente desconexión entre el ámbito constitucional, representado por la Sala IV, y el ámbito administrativo, función que ejerce primordialmente el Poder Ejecutivo.

 

Los dos fallos a los que hago referencia son: la declaración de Internet como un derecho fundamental y la prohibición de los retenes policiales preventivos.

Que el acceso a Internet sea un derecho fundamental es algo sobre lo cual pocas personas podrían discrepar. En el siglo XXI es difícil concebir limitarle el acceso a algún habitante de tan útil medio. Internet es una herramienta de comunicación, información y educación que se vuelve lentamente indispensable en el quehacer diario de las personas y consecuentemente el acceso es un instrumento particular de desarrollo educativo y humano.

Respecto al otro fallo, la controversia sin duda tiene cabida.

En líneas anteriores, decía que resulta prácticamente inconcebible limitar el acceso a Internet a un habitante, pues resulta igual de  inconcebible eliminar retenes policiales. Esto si tomamos en cuenta el clima de inseguridad que vive el país, inmerso en una escalada de violencia, con alta penetración del crimen organizado; una decisión como la que tomó la Sala más bien parece un desacierto.
Desglosando un poco más es que sale a relucir la peligrosa desconexión que existe, o parece existir, entre el ámbito constitucional y el ámbito administrativo. Como ya mencioné antes, declarar derecho fundamental la Internet no es una declaración por sí misma inaceptable, pero queda la duda de cómo se pretende dotar de acceso al total de la población.

Si tomamos en cuenta que por mandato constitucional los Derechos Fundamentales no se le pueden negar o coaccionar a ninguno de los habitantes de la República, la pregunta queda en el aire: ¿de qué manera se podría asegurar el acceso a la red a todos y cada uno de los costarricenses? Esto porque debería garantizarse acceso a los casi cinco millones de habitantes; de otra manera se estaría violentando un Derecho Fundamental. Más que un juego de palabras, es toda una interrogante imaginar cómo un Estado endeudado con un alto déficit fiscal puede conseguir algo que, me atrevería a decir, varios países industrializados no han conseguido, dotar de acceso a Internet a toda la población.

De manera semejante, la pregunta queda flotando de cómo hará el Estado para cumplir con su mandato constitucional de brindar seguridad a toda la población si no puede siquiera realizar retenes preventivos. Es prácticamente un contrasentido de la Sala Constitucional que de alguna forma considera prioritario no prevenir los delitos.

Tanto fue el revuelo que causó la decisión de la Sala IV que la presidenta, Laura Chinchilla, decidió desobedecer y cuestionar dicha decisión y continuar con esta clase de retenes. El Ministro de Seguridad, al igual que la señora Chinchilla, simplemente no comprendía la lógica de maniatar al Estado de esta manera y también se pronunció al respecto, incluso utilizó la frase popular “burro amarado contra tigre suelto” a la hora de hablar de la relación hampa-Estado.

La pertinencia de las noticias referidas en este escrito no termina en su actualidad, radica en la aparente desconexión que existe entre lo que dicta un ente como la Sala Constitucional, “voz de la Constitución”, y las posibilidades y necesidades de la Administración Pública.

Si bien es cierto, como dijera Rodolfo Piza Escalante, la constitución dice lo que la Sala dice que dice, y por tanto se podría inferir que estas desavenencias o discrepancias entre administración y el ámbito constitucional son cuestiones coyunturales remitidas a los magistrados actuales, lo cierto es que estos dos fallos de las últimas semanas revelan una desconcertante desconexión entre dos ámbitos del Derecho que, a juicio de quien escribe, son de más larga data e invitan a una investigación y reflexión mucho más amplia que este escrito.

Más allá del Derecho, esta desconexión a la que he hecho referencia estimula a otras ciencias, no solo la jurídica, a adentrarse en el análisis de esa disyuntiva y sus implicaciones en la estructura de poder del país y en cuál es el verdadero papel de la Sala Constitucional; más aun cuando parece que la Sala cada día se inmiscuye en zonas que no le competen, en esta ocasión el ámbito administrativo y, en otras, para muchas personas, prácticamente legislando.

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