Aquella afirmación existencialista de que lo que elegimos es siempre el bien, y nada puede ser bueno para nosotros sin serlo para todos, es un error que muchos gustan cometer. Solemos legitimar nuestras acciones como moralmente correctas, creyendo que nuestra moral puede universalizarse.
Nuestra moral está condicionada por muchos factores. La religión es el factor que más peso tiene. Al provenir de Dios, la moral queda legitimada como buena, cuando no perfecta, justificando como correctos los cursos de acción que provenga de ella. Pero como las normas religiosas no logran regular la vida humana del todo, surgen acuerdos legales para regular la vida social, sancionando a quienes violan tales compromisos. Surgen entonces las normas jurídicas.
La ética es un saber teórico con una finalidad práctica. La ética proporciona modelos teóricos para analizar las acciones humanas, procurando anticipar las consecuencias que estos cursos de acción puedan tener.Es necesario tomar en cuenta criterios éticos a la hora de tomar decisiones que puedan afectar a otros. Desde luego que la ética no es vinculante, pero sí un criterio fundamental para validar un curso de acción. Pero en su lugar, otros presupuestos legitiman la rectitud de un acto: si un curso de acción es bueno ante los ojos Dios o si es permitido ante los ojos de la Suprema Corte de Justicia, es moralmente correcto, y además justo.
Es pertinente promover una mayor racionalidad ética como herramienta de análisis, aunque para algunos esto represente una herejía en contra del dogma moral. Hay situaciones prima facie que no se pueden condicionar a ciertos marcos axiológicos para la acción.
Es oportuno valorar el fundamento teórico que respalda nuestro criterio de acción. Hay situaciones en las cuales, la decisión que se tome, puede afectar negativamente a cierta comunidad. Lo que elegimos como nuestro bien, no es necesariamente el bien de los demás.
El aborto es un tema polémico que merece siempre análisis desde diversos puntos de vista. En casos extremos como embarazos producto de violaciones, o embarazos a personas con algún problema mental serio, el tema cobra más delicadeza. Si una mujer fuese embarazada producto de una violación, ¿puede ella decidir abortar sin temor a consecuencias penales o moralizantes por la comunidad religiosa? Dada la carencia de autonomía de una persona con un problema mental serio, ¿puede otra persona decidir el aborto por aquella otra carente de autonomía el daño que se le ha hecho?, ¿quién decide, y bajo qué criterios, la viabilidad o imposibilidad de tal acción?, ¿son suficientes los criterios jurídicos y religiosos?
Se dice que el aborto es malo porque elimina la vida de un ser en potencia. Además, el embarazo, bajo cualquier forma, ha sido la voluntad de Dios. Negar tal voluntad es caer en pecado. Al considerar el aborto pecado, el problema está resuelto: se le culpa a la víctima el no aceptar la voluntad divina, aunque la víctima ni siquiera tenga conciencia de su existencia.
Pero como Dios no puede ordenar directamente, y sus mandamientos son débiles, entonces inventamos leyes que legitiman el postulado moral, y declaramos que es malo abortar, sin considerar contextos severos, como los embarazos no deseados producto de violaciones. Las normas jurídicas se convierten en las nuevas tablas de Moisés. El criterio legalista indica lo que es correcto y justo, y el criterio moral, lo que es bueno o santo.
El aborto es un problema social serio, y como tal, deben considerarse alternativas para enfrentarlo. Es muy sencillo promulgar leyes desde un estrado o desde un púlpito, y en consecuencia, regular la vida social. Sin embargo, hay normas que tienen que someterse al juicio de la reflexión colectiva para garantizar su validez. Una mujer que sufre una violación, y como fruto de tal imposición violenta contra su voluntad, queda embarazada y se le obliga a parir el ser que ella no ha deseado, queda al margen de una participación moral y jurídica verdaderamente justa.
Es necesaria una cultura ética más vinculante que muestre las implicaciones que encierran estos dogmatismos axiológicos, y permita discutir, en serio, otras alternativas ante estas situaciones. Las normas divinas o jurídicas son insuficientes ante situaciones prima facie. Esto es, asuntos humanos de primer orden, que las normas tradicionales no solucionan.