Hace falta nuevo Código Minero y ley ambiental adecuada

En la anterior entrega, conversamos un poco sobre las razones por las cuales se requiere una nueva ley de Minas; en este artículo vamos

En la anterior entrega, conversamos un poco sobre las razones por las cuales se requiere una nueva ley de Minas; en este artículo vamos a enfocarnos más en los aspectos ambientales que debemos controlar de mejor manera.

Uno de los puntos importantes de control es el de las garantías ambientales con que se tasan  los proyectos, y su posible reintegro al final del cierre técnico. En lenguaje llano, debemos considerar  lo siguiente: si un depósito de mineral tiene un valor de millones, y la garantía ambiental en caso de incumplimiento es de cientos, al final el país puede a efecto de la demandada cobrar la totalidad de la garantía y quedarse con el hueco y la contaminación residual. El problema del manejo ambiental en este país reside en el hecho de que el sistema utilizado no sirve a los fines para los que fue diseñado por las siguientes razones, entre muchas:

El control suele ser documental y planificado de acuerdo con la actividad generadora de impacto negativo, pero eso no asegura cambios eficientes de seguimiento cuando se requieren, ni respuesta rápida ante eventualidades no consideradas en el plan inicial o forzamiento de modificaciones rápidas hacia el nivel de mejor desempeño por disponibilidad de mejores tecnologías de punta en el control del impacto.

El regente ambiental es pagado por la empresa y no responde primordialmente al interés público, sino al interés privado del contratante. (Un indicador de lo anterior podría ser cuantificar cuántos regentes ambientales han establecido demandas significativas por incumplimiento contra la empresa contratante. Y si lo hacen, ¿quién los respalda y qué pasa con ellos, aparte de quedar desempleados y estigmatizados?). No podemos continuar efectuando los análisis de aguas, vertidos y contaminación, con frecuencias de muestreo discretas, que al coincidir con los tiempos de operación en que la planta se comporta bajo los estándares solicitados, fuerzan falsamente el cumplimiento, aunque el resto del tiempo no sea así. Ello facilita y fomenta la burla de la ley y la impunidad.

Los costes ambientales por contaminación son risibles y a menudo es más barato contaminar y pagar la multa en caso que lo atrapen, que resolver el problema. En un caso típico, como la ley de canon de aguas, al comparar el costo contra la remediación, resulta que no es un buen mecanismo de control, más parece una licencia para pagar y contaminar.

No existe un inventario generalizado de empresas que utilicen determinados productos químicos, ni trazabilidad de estos desde la cuna a la tumba, lo que dificulta la asignación de responsabilidades de remediación. Operativamente, esto implica que si en una cuenca existe un derrame, NADIE usualmente es responsable de este, cuando en realidad deberían ser corresponsables TODOS los usuarios de manera proporcional a su uso, que estén localizados colindando con ella, o mejor aun, TODOS los usuarios del producto, sin importar su ubicación, hasta que aparezcan los responsables directos y se asignen legalmente las penalidades del caso. El control del producto debe tener impacto económico serio para brindar resultados. En ausencia de responsables directos, la totalidad de los usuarios deben ser corresponsables.

El gobierno ha demostrado consistentemente, falta de seguimiento operativo apropiado de la industria, pues su control es puntual y a menudo desfasado tecnológicamente; todo ello sin contar el hecho de que ante la falta de liderazgo, o peor aun, ejercido en contra del interés común, reina el silencio y la permisividad ante quienes sí tienen el poder de utilizar los tribunales y la prensa a su favor. (Recordemos Crucitas, con todo y decreto de interés nacional firmado por la Presidencia).

Un recurso mineral que no se explota, es un activo que no se utiliza. Lo inteligente es hacerlo con regulaciones ambientales y económicas serias, depósitos ambientales reales, no nominales, y regencias múltiples rotativas que tengan no solo independencia del ente generador de impactos, sino también responsabilidad penal por las acciones necesarias de control a las cuales no den seguimiento oportuno y de las que no brinden información a los entes gubernamentales. Hay que aprovechar la eficiencia privada y hacer sinergia con el poder del Estado.

El inspector gubernamental debe estar capacitado para dar seguimiento a los procesos y poder efectuar muestreos y seguimiento en el tiempo y lugar que se requiera, actuando inmediatamente en los casos en que el ambiente y la salud pública estén en riesgo. La empresa privada y la pública deben crear oportunidades para todos, con responsabilidad ambiental para que dejemos a nuestros hijos un mundo sostenible y no agotado. El Gobierno debe ser para el pueblo, y no para los que contribuyen en la campaña, mientras los demás actuamos de manera reactiva cuando el Gobierno no quiere cumplir con su cometido. Tenemos que adelantarnos a los acontecimientos. Por eso necesitamos una nueva ley de minas y mejores esquemas de control ambiental autofinanciables e independientes.

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