“La verdad histórica”

Apreciaciones que deben ser corregidas, con el fin de establecer la verdad histórica de este insólito hecho. En primera instancia, nunca ha sido cierta la

Recientemente el señor Alberto Cañas esgrimió en este Semanario (No.1791), una serie de conjeturas subjetivas, para fundamentar su tristemente célebre decisión de retirar unilateralmente en 1994, el óleo del expresidente de la república, don Federico Tinoco Granados.

Apreciaciones que deben ser corregidas, con el fin de establecer la verdad histórica de este insólito hecho.
 
En primera instancia, nunca ha sido cierta la ausencia de un acuerdo formal para la colocación de dicho retrato, como lo demuestra indefectiblemente, la existencia del Acuerdo Parlamentario No. 39 de marzo de 1991 y el oficio No. DE 584-4-91, los cuales fueron ratificados respectivamente por el Acuerdo Parlamentario No. 84 de enero de 1992 y el oficio No. DE 125-1-92. 

Siendo lo único cierto y en palabras del propio señor Cañas, que fue su voluntad y decisión unipersonal, en virtud de la que “…ordené descolgar el cuadro…”
Ahora bien, basarse en el sui géneris argumento de que el resello de la Ley de Nulidades de 1920, provocó que el “…gobierno de Tinoco fuere inexistente…”, es un absurdo inverosímil, pues entonces desde esa perspectiva, un Congreso transitorio puede borrar la historia de Costa Rica por disposición de ley, decretándose un “vacío” entre enero de 1917 y agosto de 1919.

Unido ello a que tampoco es cierto que el Laudo Taft de 1923, diera por válida la tesis de inexistencia de este periodo presidencial, pues precisamente ese fue el argumento que rechazó tajantemente el Chief Justice, William Taft, cuando emitió esta famosa sentencia en octubre del ese año.

Finalmente, esgrimir que la citada pinacoteca esta circunscrita a aquellos mandatarios “dignos” de ella, sí que presenta un problema mayúsculo, pues entonces el desprendimiento del óleo en cuestión, no entró en el orden de la racionalidad o la objetividad, sino que quedó circunscrito a un criterio minimalista de opinión personalísima. Así, el señor Cañas se arrogó la facultad de establecer para las páginas de nuestra historia, su particular interpretación de la “dignidad”, decidiendo cuál presidente era digno y quien no lo era, para estar en las paredes de dicho recinto.

No debe olvidarse que la administración Tinoco convocó en abril de 1917, a elecciones para elegir al Presidente de la República y a diputados para una Asamblea Nacional Constituyente. El resultado fue el gane de Tinoco por un porcentaje ostensible del electorado, mientras que el nuevo estatuto constitucional entró en vigencia en junio.

Así las cosas, la madurez política que hemos alcanzado en este siglo XXI, no puede y no debe permitir que vetustos resabios del pasado vengan a justificar de modo injustificable algunos yerros de las páginas de nuestra historia patria, pues la principal característica de la historia es precisamente erigirse en reminiscencia objetiva del quehacer humano de otrora. Por lo que debe corregirse nuestro acervo histórico, restaurando el óleo del expresidente Tinoco Granados a la pinacoteca del Poder Legislativo, para darle el lugar que le corresponde, como gobernante de Costa Rica entre 1917 y 1919.
 

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