Ni agresión, ni abuso de autoridad

M.Sc. Oscar Molina Molina, Director Oficina de Servicios GeneralesMg.Gustavo Pérez Astorga, Jefe Sección de Seguridad y Tránsito Respecto al artículo escrito por el estudiante Sergio

M.Sc. Oscar Molina Molina, Director Oficina de Servicios Generales

Mg.Gustavo Pérez Astorga, Jefe Sección de Seguridad y Tránsito

 

Respecto al artículo escrito por el estudiante Sergio Trejos Robert publicado el 8 de mayo en el Semanario UNIVERSIDAD, desde la Sección de Seguridad y Tránsito de la Oficina de Servicios Generales hemos considerado conveniente realizar las aclaraciones pertinentes, toda vez que varias de las  aseveraciones planteadas no son correctas, y por el contrario carecen de todo respaldo  y de una investigación preliminar que permita con mayor propiedad, determinar los principales antecedentes del asunto que nos ocupa.

En el caso de los primeros cuatro párrafos del artículo publicado no tenemos ninguna objeción, dado que corresponden a una percepción de la situación social de la Universidad de Costa Rica y de la situación de seguridad en el plano nacional. Sin embargo, es importante señalar que el señor Trejos indica en su publicación que “…Yo no estaba ese día y por eso no puedo saber con precisión qué fue lo que pasó…”, y en alusión al supuesto abuso de autoridad agrega “…hecho el que no puedo decir estar del todo seguro de su veracidad…”, lo que en principio deja prácticamente sin fundamento el artículo y la supuesta “denuncia” presentada en contra de la Sección de Seguridad y Tránsito de la UCR.

En primer lugar, se debe aclarar que el hecho referido ocurrió el día miércoles 3 de abril último, y no martes 3 de abril como erróneamente lo refiere el señor Trejos Robert en dos ocasiones. Ese día se tiene reporte en Bitácora de la Unidad de Tránsito (folio 221, línea 4) de tres muchachos “patineteros”, que se encontraban haciendo maniobras con patinetas detrás del edificio de Ciencias Agroalimentarias y la vía pública.

Cabe rescatar y en concordancia con el artículo en mención,  que estos muchachos  no atienden ni respetan los llamados de atención del oficial de seguridad asignado a la zona; por lo que se procede a solicitar la presencia de un oficial de tránsito para que atienda la situación. Es en este momento que los muchachos optan por huir del lugar y dejar las patinetas abandonadas en la vía pública.

Por lo anterior, se procede a confeccionar las boletas 3000-156326, 3000-156327 y 3000-156328, con el detalle de “conductor ausente”, se invocan los artículos 147-z y 124 de la Ley de Tránsito número 9078, que se refieren a la prohibición de circular con patinetas en las vías públicas, y la multa que corresponde según estos casos. Como se había señalado anteriormente, los tres muchachos optaron por huir del lugar, por lo que nuestros oficiales no tenían ninguna posibilidad de entregarles las boletas correspondientes.

Mediante la fórmula “Entrega diaria de boletas por el inspector” (número 0007372) del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se hace el envío de las 3 boletas al Consejo de Seguridad Vial, documento que tiene el sello de  recibido conforme -04 de abril 2013-, con la observación de: “…Los usuarios de las patinetas se negaron a identificarse, se fueron del lugar dejando las patinetas botadas, ver informe adicional…”.

Con respecto a otro punto que establece el estudiante Trejos, sobre el hecho de que no se le permitió “…ver al director de la Oficina de Servicios Generales, ni tampoco al de Seguridad y Tránsito…”, se logra establecer que el estudiante se presenta en la Supervisión de Seguridad a eso de las 18:00 horas aproximadamente del día 3 de abril pasado, hora en que ya había finalizado la jornada laboral de estos funcionarios. Según lo refiere el supervisor de seguridad de turno que atendió al estudiante Trejos y dos de los muchachos (todavía sin identificar) que las patinetas se encontraban decomisadas en la Unidad de Tránsito de esta oficina.

Adicionalmente, es importante señalar que los oficiales que atendieron este evento no golpearon a los muchachos, ni mucho menos queda registrado ni establecido con pruebas, la presencia de abuso de autoridad; más bien todo lo contrario, se ha demostrado y particularmente –en esta ocasión- que nuestros oficiales de seguridad y tránsito actuaron siempre a derecho según lo establecido en la Ley de Tránsito.

Al día de hoy, las patinetas se encuentran todavía en la Unidad de Tránsito, a la espera de que los padres de familia de estos muchachos se apersonen para realizar las aclaraciones correspondientes y que firmen los recibidos conformes, debido a que los muchachos son todos menores de edad, con base en la descripción de los oficiales y lo señalado por el señor Trejos (edades de 13 y 14 años).

Según lo establece la Ley de Tránsito número 9078, artículo 124 sobre el uso de patinetas en las vías públicas: “…Las autoridades competentes podrán retirar de circulación estos artefactos y su devolución solo se hará al propietario o tercero autorizado, una vez cancelada la multa respectiva. Las personas menores de quince años deben ser acompañadas por sus padres o tutores, para el trámite…” (el subrayado no corresponde al texto original).

Aclarados los principales puntos de la “denuncia”, ponemos a disposición en la Sección de Seguridad y Tránsito de la documentación que respalda nuestro descargo sobre este artículo, a la vez que aprovechamos la oportunidad para invitar muy cordialmente a la comunidad universitaria y público en general, para que nos presenten las denuncias que estimen convenientes,  a través de la Oficina de Servicios Generales (2511-6765,   2511-6764), o directamente en la Sección de Seguridad y Tránsito (2511-6781, 2511-6782).  Edificio Saprissa, costado sur de la Escuela de Estudios Generales. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.

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