Para una decisión responsable sobre las anualidades en UCR

La propuesta apresurada y condicionada de la actual administración de disminuir la anualidad de un 5,5% a un 3% tiene como contexto la campaña sistemática

La propuesta apresurada y condicionada de la actual administración de disminuir la anualidad de un 5,5% a un 3% tiene como contexto la campaña sistemática que los medios de comunicación y algunos diputados de la Asamblea Legislativa han efectuado para presionar a la Universidad de Costa Rica y responde también a las exigencias que se le plantean a la Institución en el marco de la negociación del Sexto Convenio para el Financiamiento de la Educación Superior. No en vano, esta propuesta fue llevada al seno del Consejo Universitario justamente el 25 de agosto de 2015, día en el que por la noche los rectores del Conare y el Gobierno llegaron a un acuerdo, el cual resulta desfavorable para el logro de los objetivos institucionales y de la excelencia académica.

Afortunadamente, en una sesión posterior, el Consejo Universitario acordó conceder un plazo de un mes para que la Administración y el Sindicato de Empleados de la Universidad de Costa Rica estudien el tema y en caso de no alcanzar un acuerdo, sea conocido nuevamente por dicho órgano colegiado. Para los análisis que se efectúen y para conocimiento de la comunidad universitaria es fundamental tener presente que uno de los antecedentes más claros del paso de la anualidad al 5,5% es el litigio que la Universidad de Costa Rica perdió en el 2007, a pesar de haberlo apelado varias veces. En ese entonces el Consejo Universitario, con base en las proyecciones financieras enmarcadas en la relación 80% (masa salarial) y 20% (partidas generales) tomó el acuerdo de otorgarle a la totalidad de los funcionarios dicho porcentaje, para evitar salarios diferenciados y para apoyar a quienes sus salarios de contratación resultaban muy bajos.

Otro antecedente de suma importancia es la Resolución 15460 de la Sala Constitucional, que eliminó el tope del pago de treinta anualidades, de manera que esta decisión no ha sido responsabilidad de las autoridades de la Universidad de Costa Rica, ni se puede obviar por su carácter legal.

Ahora bien, para tomar una decisión responsable, la comunidad universitaria y los órganos de decisión deben disponer de la información completa sobre la situación financiera de la Universidad, presentada como documento oficial. El tema de la anualidad debe ser parte de un análisis integral de presupuesto universitario y no como elemento aislado. Decidir sobre ella sin vincularla al presupuesto total es un ejercicio sesgado. Más que una decisión puntual, urge una explicación del uso de los recursos institucionales, sin olvidar que a la fecha y por varios años el porcentaje de ochenta por ciento destinado a salarios no se está empleando en su totalidad, por lo que conviene que nos preguntemos en qué se ha utilizado la diferencia. También cabe que los universitarios y universitarias tengamos la información precisa en torno a la cantidad de recursos que liberan quienes se jubilan, y sobre todo, qué derechos asisten en materia laboral a las personas a las que eventualmente se les disminuya el porcentaje por anualidad y a qué se expone legalmente la Institución en caso de proceder de tal modo.

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