Señores diputados, ¿por qué deben permitir la FIV en Costa Rica?

Hace 36 años, un 25 de julio, nació Louise Brown, la primera bebé por fecundación in vitro (FIV) en el mundo. En 2010, el

Hace 36 años, un 25 de julio, nació Louise Brown, la primera bebé por fecundación in vitro (FIV) en el mundo. En 2010, el doctor Robert Edwards recibió el Premio Nobel de Medicina por sus aportes en el desarrollo de esta tecnología. De este modo, durante estas tres décadas la FIV se convirtió en la última opción terapéutica para casos de infertilidad que no respondieron a los otros tratamientos. Desde entonces, gracias a este procedimiento, nacieron más de cinco millones de niños en el mundo.

Costa Rica también hacía FIV, hasta que, en el año 2000, la Sala Constitucional lo prohibió por interpretar que el procedimiento entraba en conflicto con el artículo 21 de la Constitución Política sobre la inviolabilidad de la vida humana, y el 21 art. 4.2 del Pacto de San José. Esta opinión no fue compartida por 2 de los 5 Magistrados. Ante esta realidad, las parejas afectadas demandaron al Estado costarricense ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ganaron el juicio 12 años después.

Pese a eso, el Estado costarricense ha sido incapaz de acatar la decisión de la CIDH, de permitir y regular este tratamiento para las personas que lo requieran.

¿Debemos apoyar ese fallo o deberíamos seguir siendo el único país del mundo donde se prohibe la aplicación de esta técnica? ¿Por qué debemos prohibir una medida que, finalmente, debe ser decisión de cada cual?

En primer lugar, la realidad es que la prohibición no impide que las parejas que lo requieran (y tengan los recursos necesarios) salgan del país a realizarla.

Las regulaciones en estos países, cuando las tienen, no siempre se basan en las mejores prácticas internacionales, por lo que estas personas se exponen a riesgos que en Costa Rica podemos reducir.

Entre esos riesgos están una mayor proporción de embarazos múltiples, como resultado de la transferencia de un número mayor al recomendado de embriones (con sus riesgos para la madre y los hijos); parejas que hubieran podido ser tratadas con técnicas de menor complejidad y riesgo y que, sin embargo, se les ofrece la FIV; aplicación de la FIV en casos que tienen pocas posibilidades de éxito, ya sea por la edad de la madre u otras condiciones.

En segundo lugar, ¿quién asume estas complicaciones y costos, consecuencia de no poder contar con la técnica adecuadamente regulada en Costa Rica?

En algunos casos, esos costos son asumidos por quienes deciden recurrir a la FIV en el exterior. Muchas veces lo hacen sin una segunda opinión sobre sus posibilidades de éxito, o sobre otras opciones terapéuticas, tentadas por las promesas, ofertas comerciales y las dificultades encontradas en el país.

Pero, determinados costos los asumimos todos, porque nuestros hospitales atienden algunos (¿o muchos?) casos, resultado de las complicaciones asociadas a los embarazos de trillizos, o más, aplicada sin las debidas regulaciones.

Una regulación nacional basada en las mejores prácticas médicas disminuiría los embarazos de alto riesgo, al limitar el número de embriones que se permite transferir en cada ciclo.

Me pregunto, además, si algunos de los tratamientos hormonales (uno de los rubros más caros), necesarios para la FIV, no son ya obtenidos en la CCSS y pagados por todos los asegurados, aun cuando el tratamiento se haga en el exterior. Si así fuera, implicaría que el costo del tratamiento ya es parcialmente asumido por nuestro sistema de seguridad social, sin saber si los procedimientos se realizan como última opción terapéutica, con un protocolo basado en las mejores prácticas médicas y con una probabilidad de éxito que justifique su uso.

Uno puede estar en contra de la fecundación in vitro por muchas razones. Algunas son de orden privado, como creencias religiosas y morales. Algunos preguntan por qué no adoptar en vez de hacerse el tratamiento FIV, interfiriendo en las elecciones personales de otros. Pero otras razones son del ámbito público, como los costos para nuestro sistema de seguridad social, o riesgos ante posibles abusos  de los profesionales en medicina.

En el ámbito público nos preguntamos cuánto implica en costos adicionales para la CCSS que, como sospechamos, ya los estamos pagando ¿Si es así, por qué mantener la prohibición y no ofrecerlo en la CCSS?

Si algunos costos de la FIV ya son asumidos por la CCSS, ¿no tienen igual derecho los contribuyentes que, por limitaciones económicas, no pueden viajar al exterior y que, por causas ajenas a su control, no pueden tener un hijo?

La CCSS puede y debe definir un protocolo sobre el máximo de tratamientos ofrecidos por mujer, para cuáles casos, hasta qué edad, entre otros, sin poner en mayor riesgo nuestro sistema de seguridad social, igual que lo hace para otras condiciones de salud y discapacidad.

El Ministerio de Salud, como ente rector, debe reglamentar, acreditar y vigilar que la CCSS y los centros privados realicen la FIV, con base en las mejores prácticas internacionales y actualizar dichos reglamentos a partir de nueva evidencia.

El Colegio de Médicos y otros colegios profesionales (de Microbiólogos, de Biólogos) deben prevenir los abusos y mala praxis, y definir los profesionales que están certificados para realizar cada procedimiento.

Pero son ustedes, señores diputados, los obligados a aprobar una ley que permita la práctica de la FIV en Costa Rica, de acuerdo a las mejores prácticas médicas, sin que intervengan sus propios cuestionamientos morales sobre las elecciones que deben permanecer en el ámbito privado.

La decisión final no es suya, ni mía. Aunque sus creencias personales condenen este tratamiento, nuestra responsabilidad, como Estado, es regular la práctica de la FIV en Costa Rica de acuerdo a las mejores prácticas clínicas.

Serán las personas que lo requieran las que decidirán, libre y conscientemente, con la información disponible, si acuden o no a esa práctica, sin necesidad de viajar al extranjero para eso, ni someterse a condiciones riesgosas para su vida y la de sus hijos.

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