Verdades y omisiones sobre el reajuste

1- No es cierto que hubo acuerdo entre la Administración y lo resuelto por la Asamblea General del SINDEU.La Administración sostuvo la tesis de

A propósito del comunicado de la Rectoría “A toda la Comunidad Universitaria” del 1-10-09.

1- No es cierto que hubo acuerdo entre la Administración y lo resuelto por la Asamblea General del SINDEU.

La Administración sostuvo la tesis de un cobro o rebajo de los salarios en el 2010 si la inflación de este año no llega al 8%. Esto por cuanto en 2009, los reajustes por costo de vida otorgados en la UCR estarían alcanzado un 8% ( 5% en enero y este 3% de medio período ) y la inflación proyectada ( manipulada ) por el Gobierno y el Banco Central para este mismo año dicen que será de 6% o quizás menos. Es decir, en la tesis de la Administración, si la inflación llegara a 6%, a 7% e incluso a 5% nos estarían cobrando ( rebajando ) la diferencia ( 2%, 1%, ¡ 3%! ) el año entrante. La Asamblea General del rechazó esta tesis ( expectativa ) de la Administración. Esto no se dice en el comunicado de la Rectoría.

2- Es cierto que el Consejo Universitario aprobó el reajuste salarial, pero no por unanimidad. Hubo quienes allí defendimos lo resuelto por la Asamblea General del SINDEU y argumentamos, propusimos y votamos por el reajuste salarial conforme a lo resuelto por esa Asamblea (ver Acta de la Sesión 5388, art 10, 23 set 09).  El reajuste que hoy comunica la Rectoría es en realidad un Decreto salarial unilateral en la tesis de la Administración. Significa que si la inflación de este año no llega al 8%, la diferencia ( el rebajo, el cobro ) será incluido en las negociaciones con el Sindicato el año entrante, de donde resulta que el reajuste del 3% de hoy, en rigor, es incierto.  Esto no se dice en el comunicado de la Rectoría.

3- Tampoco se calificó el 2% de la Política Salarial del 2010 como política válida para recuperar el poder adquisitivo de los salarios (costo de vida). Con ello se afecta a todos y todas los pensionados de la UCR de la Ley 4268 ( Régimen de Reparto ) a quienes no les aplicarán este otro aumento en sus pensiones. Esta reivindicación también fue votada por la Asamblea del SINDEU. Y que lo absurdo es que este extremo no le cuesta un solo cinco a la UCR pero sí es un requisito para que la Junta de Pensiones se los reconozca y se lo haga efectivo a los pensionados (as). Esto tampoco se dice en el comunicado de la Rectoría.

4- Otro tanto que no se dice en el Comunicado de la Rectoría ( concedamos que no tenía que decirse allí ) pero que el suscrito si lo dijo en el Consejo Universitario y lo repito aquí, es que mientras en la UCR se está llegando apenas a un 8% en el 2009 para compensar costo de vida ( susceptible a cobrarse la diferencia en 2010 como ya dijimos ), en el TEC el reajuste anual fue de un 12%, en la UNA de un 12% y en la UNED de un 10%. Y en esas universidades no se contempla y ni siquiera se mencionan rebajos para el 2010 en caso de que la inflación de este año no alcanzara esos altos porcentajes de reajuste. Más aún, les transcribo textualmente lo que al respecto se aplicó en la UNA:  “… 3- Si la inflación para el año 2009 RESULTA MENOR que lo pactado, la diferencia será considerada como un aumento a los salarios sin que deba tomarse en cuenta para negociaciones futuras de reajuste salarial“ ( Acuerdos Generales del Consejo Universitario de la UNA. Destacados nuestros ).

En otras palabras, el reajuste anual por costo de vida  en la UCR es el más bajo en comparación con las otras universidades y, para lo que nos ocupa, no sólo no se piensa en esas universidades en cobros o rebajos posteriores alguno que ponga en juego los salarios de los trabajadores y trabajadoras y sus familias, sino que incluso, como en la UNA, se toman acuerdos diametralmente opuestos al que aquí se impuso.

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