Alejandra Cárdenas, especialista en derechos humanos: “Las democracias solo funcionan si son laicas”

Alejandra Cárdenas: “Esta sentencia por fin aclara cuál es el alcance de la protección al derecho a la vida en la región”. (Foto: Katya

Alejandra Cárdenas: “Esta sentencia por fin aclara cuál es el alcance de la protección al derecho a la vida en la región”. (Foto: Katya Alvarado)

La abogada colombiana Alejandra Cárdenas expresó que tras la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), contra el Estado costarricense por la prohibición de la Fertilización In Vitro (FIV), el continente finalmente cuenta con un criterio sobre los alcances del derecho a la vida de los óvulos fecundados.

Cárdenas es asesora legal del programa para Latinoamérica y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos y entre sus atestados figura una maestría en derecho internacional público en la Universidad de Harvard.

La especialista vino al país para participar en el foro “Alcances sobre la sentencia sobre el caso de la Fecundación In Vitro”, el cual fue organizado el 28 de febrero por la Defensoría de los Habitantes, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA, por sus siglas en inglés), la Asociación Demográfica Costarricense y la Colectiva por el Derecho a Decidir, la cual facilitó esta entrevista.

¿Qué implicaciones tiene el fallo de la CIDH sobre la FIV, más allá de las personas demandantes en particular y del hecho de que en Costa Rica el procedimiento será finalmente disponible?

−La Corte Suprema de Justicia de Costa Rica prohibió la FIV en base a una interpretación de la legislación internacional −particularmente la Convención Interamericana de Derechos Humanos−, en el sentido de que en el momento en que el óvulo es fertilizado, hay un derecho adquirido a la vida que prima sobre cualquier otro derecho sin balance o proporcionalidad, un superderecho absoluto.

Esa fue la posición con la que se defendió el Estado y con ello obligó a la CIDH a entrar en ese debate, pues en sus 35 años de operación nunca se había pronunciado sobre el alcance del derecho a la vida.

Esto tiene implicaciones para los derechos reproductivos en toda la región. Algunos países habían asumido la misma posición que Costa Rica, cinco de ellos prohibieron de manera absoluta el aborto a partir de la misma lógica: desde el momento en que es fertilizado el óvulo y aun si la vida de la mujer está en riesgo o si se va a deteriorar su salud, sus derechos no valen frente a este superderecho que han creado por encima de cualquier otra consideración.

Esta sentencia por fin aclara cuál es el alcance de la protección al derecho a la vida en la región y quita la justificación a los Estados que han eliminado por completo el acceso a otros servicios reproductivos con la excusa de cumplir con el derecho internacional, cuando en realidad lo estaban violando. Se ha abierto la puerta para que la sociedad civil pueda demandar leyes al respecto.

¿Qué posibilidad real de diálogo existe en cada país, si los interlocutores son los sectores religiosos conservadores que no atienden lo jurídico, sino la “voluntad de Dios”?

−En eso radica la importancia de ratificar una y otra vez el Estado laico. Las democracias sólo funcionan si son laicas. Si llegamos a un contrato social sobre el respeto a derechos fundamentales, como sociedad los vamos a respetar independientemente de que en lo individual todo el mundo tenga derecho a profesar la creencia religiosa o metafísica que desee. El problema es dejar que las creencias tan particulares se impongan a nivel general. La democracia sólo funciona cuando es secular; no puede existir una democracia religiosa, eso es completamente contradictorio.

Entiendo que por la religión católica y las distintas corrientes cristianas, culturalmente estas son las prácticas espirituales que tenemos en nuestros países; pero, debe haber un distanciamiento con las estructuras de poder de estas organizaciones e iglesias, las cuales tienen contradicciones e ideas fundamentalistas, con las que yo creo que la mayoría de los católicos y cristianos no comulga.

En Costa Rica se dio el caso de “Aurora”, una mujer a quien se le obligó a tener su hijo a pesar de que presentaba malformaciones que no le permitirían sobrevivir. ¿Es el tema del aborto lo que más trabajo le da al Centro de Derechos Reproductivos?

−América Latina está pésima en este tema. Presenta las leyes más restrictivas, pero las tasas de aborto más altas, mientras Europa Occidental tiene las leyes más liberales y las tasas más bajas. De manera que no tiene nada que ver la prohibición, sino que la educación sexual incluya métodos de planificación familiar y el empoderamiento de las mujeres frente a sus parejas y la sociedad, pues hay un problema muy  grande de mujeres que quieren planificar, pero a raíz de la cultura machista sus parejas no lo permiten. Todo lo que tenga que ver con la sexualidad de la mujer es un tabú; además la maternidad en nuestras sociedades machistas se ha erigido como un valor supremo y el único que le da importancia a la existencia de las mujeres.

¿Cómo valora el hecho de que el gobierno de Costa Rica legitime con una declaratoria de interés público un congreso de bioética en el que participa un sujeto que sostiene la idea de una “cura” de la homosexualidad?

−Los derechos sexuales y de identidad son derechos humanos; Costa Rica ha asumido compromisos que los incluyen y no los puede desconocer. Como parte de ello, el derecho a la intimidad y a la privacidad −por los cuales Costa Rica ya fue condenada en el caso de la FIV− están implícitos. Es parte del derecho a la privacidad y a la libertad decidir cuál es la identidad sexual y de género que se quiere tener en la vida; la forma en que se desarrolle esa identidad sexual para lograr un proyecto de vida y felicidad, es algo absolutamente personal y es parte de una esfera de la vida en la que el Estado no puede intervenir de forma arbitraria. Una de las formas de esa intervención arbitraria es que se me diga que ya no puedo ser heterosexual o que van a curar mi heterosexualidad.

¿Como continente se camina hacia sociedades más abiertas y respetuosas de las minorías y los derechos humanos o vamos hacia atrás?

−Vamos hacia adelante. Han cambiado las leyes y las percepciones en la población; cada vez más la gente está favor de este tipo de derechos y lentamente se construye una masa crítica. Desde el 2006 se ha dado la liberalización del aborto en Colombia, Uruguay, Argentina y la ciudad de México. Es típico que se dé un empuje hacia atrás por parte del conservadurismo, pero lo que demuestran es lo radicales que son en su misoginia e ideas medievales. Cuando la gente ve esos fundamentalismos, se da cuenta que no hay mucha diferencia con un yihadista islámico. Al final, todos los fundamentalismos son iguales.


Acceso es parte del derecho

Recientemente trascendió la insatisfacción de varios sectores ante el borrador del proyecto de ley sobre la FIV que presentó el Ministerio de Salud.

Entre otras cosas, se ha criticado el hecho de que se castiga con prisión el acto de congelar los óvulos fecundados y limitar a tres las transferencias de esas células al cuerpo de la mujer.

Al respecto, el abogado Hubert May −uno de los asesores legales de quienes demandaron al Estado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)− criticó que ese primer borrador es “demasiado restrictivo” y que la prohibición de la criopreservación −o congelación de embriones y gametos− es “imprescindible para aplicar la técnica”.

Sin embargo, informó que en un taller de la semana pasada, médicos, abogados y representantes de diversas organizaciones hicieron críticas a esas restricciones, “contrarias al fallo de la CIDH” y apuntó que Daisy Corrales, ministra de Salud, “se comprometió a valorarlas e incorporarlas”.

Añadió que la determinación de la transferencia de sólo tres embriones al cuerpo de la mujer no es mal vista, siempre y cuando se permita la criopreservación, pues para implantar tres embriones se debe fecundar un número mayor, de manera que si no se permite esa congelación se afectaría la salud de las mujeres, ya que cada intento significa someterse a un procedimiento que afecta su cuerpo.

Según May, el borrador presentado “prácticamente planteó que no se pudiera llevar a cabo el procedimiento” e hizo ver que “es una técnica que a veces se utiliza para negar legalmente el ejercicio de un derecho que es reconocido; pero, se establece tal cantidad de requisitos, que se elimina la posibilidad real de ejercitarlo”.


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