Cadena de errores revierte veto a Reforma Laboral

Proyecto de Ley vuelve a su «estado» en mayo del 2013.
Asamblea Legislativa deberá decidir si le extiende la vida a la Reforma.

En su intención de levantar el veto que pesaba sobre la Reforma Procesal Laboral (RPL), el presidente Luis Guillermo Solís ganó, pero perdió.

Si bien la Sala Constitucional determinó que el presidente Solís tenía derecho a levantar el veto sobre la Reforma, su acción no tuvo efecto porque −más de un año antes− la entonces presidenta Laura Chinchilla también había levantado un veto. Este levantamiento de ella sí fue considerado inconstitucional por los magistrados.

Aquella acción inválida de Chinchilla anula el proceso posterior y regresa el proyecto a donde estaba. Es decir: todo lo que ocurrió después, incluyendo el levantamiento de Solís, «no cuenta» y para todos los efectos legales el proyecto volvió a la Asamblea Legislativa con el veto.

Esta fue la conclusión a la que llegaron los magistrados de la Sala Constitucional, tras analizar la vida de los recientes levantamientos de veto. Ellos analizaron tres: dos a la Reforma Procesal Laboral (uno por Solís y otro por Chinchilla) y uno a la ley que otorga la calle 13 bis a un grupo de artesanos.

Sobre el levantamiento del veto relacionado con la calle 13 bis, los magistrados declararon que también fue inválido.

¿Por qué entonces es inválido el levantamiento veto de Chichilla, pero válido el de Solís? ¿Y qué hace inconstitucional la acción en el caso de la calle 13 bis?

Para eso, es importante entender cada caso por aparte y –aún más importante– comprender los tiempos en que ocurrió cada uno.

La Reforma

Cuando la entonces presidenta Chinchilla vetó el proyecto, lo hizo en dos «modalidades». La exmandataria lo objetó por inconstitucional –su administración consideró que una huelga en servicios esenciales violaba la Constitución– y además por motivos de conveniencia. Es decir, porque le parecía inapropiado.

Este veto ocurrió el 9 de octubre del 2012, apenas un mes después de que los diputados aprobaran en segundo debate el texto de la ley.

En un veto parcial, la mandataria buscó mover a los diputados para que reconsideraran el texto que habían aprobado. Sin embargo, el entonces presidente legislativo, Víctor Emilio Granados, envió el expediente a una comisión y no hubo una discusión en el Plenario sobre el tema.

Siete meses después, la propia Chinchilla ofreció una alternativa. En una misiva (DP-0316-2013), el Ejecutivo plantea una propuesta a los artículos vedados en la Reforma Procesal Laboral y levanta el veto, pero únicamente en lo referente a su inconstitucionalidad.

Esta acción fue declarada inconstitucional por cuatro magistrados, mientras que tres consideraron que era válida. No obstante, ofrecieron diferentes posiciones.

El magistrado Ernesto Jinesta consideró que en ninguna ocasión se puede levantar un veto, pues no está regulada esa acción en la legislación.

Mientras tanto, el magistrado Paul Rueda es del criterio de que para levantar un veto por inconstitucionalidad, debe haber una justificación técnico-jurídica. Es decir: ¿por qué antes esto era inconstitucional y ahora no?

Por su parte, las magistradas Nancy Hernández y el magistrado Ronald Salazar estimaron que esta acción de Chinchilla no respeta el orden constitucional al presentar este tipo de veto, que «a priori no puede ser obviado sin que con que ello se invadan las competencias de otros poderes».

Antes de levantar su veto, la exmandataria debía permitir que los diputados retiraran los artículos cuestionados o consultaran a la propia Sala Constitucional, que hubiera tenido un mes para responder.

En el caso del levantamiento del veto que hizo el mandatario Luis Guillermo Solís, seis magistrados determinaron que la acción era válida y solamente uno (Ernesto Jinesta) opinó que era una acción inconstitucional.

La diferencia es que el mandatario levantó el veto por razones de oportunidad y conveniencia y la mayoría consideró que esta es una acción política que pueden tomar los presidentes.

Sin embargo, como su levantamiento ocurrió después de la acción de Laura Chinchilla, el acto queda anulado y es como si no hubiera existido.
«Es inconstitucional el primer levantamiento, el que ocurrió durante el gobierno de la presidenta Chinchilla. Por lo tanto, todos los actos realizados a partir de ese momento quedan sin efecto, incluyendo el veto del presidente Solís», explicó el director jurídico de la Casa Presidencial, Marvin Carvajal.

Lo que sigue

A diferencia del caso del levantamiento del veto a la calle 13 bis, que actualmente está archivado, la Reforma Procesal Laboral todavía tiene vida legislativa.

La sentencia de la Asamblea devolvió el proceso al 20 de mayo del 2013 y ahora toca a los diputados decidir qué harán con él.

Antes, deberán votar una moción presentada por la oficialista Emilia Molina, para ampliar el plazo del proyecto. Si no se aprueba esta moción, el proyecto será automáticamente archivado, porque venció su vida legislativa, como ocurrió recientemente con la iniciativa Tecocos.

Los legisladores podrán determinar si aprueban el proyecto como está, a pesar del veto presidencial (para eso necesitarían 38 votos a favor) o si consultan a la Sala Constitucional si los artículos sobre huelgas en servicios esenciales y acerca de no contratar personal para sustituir huelguistas son inconstitucionales.

«Si estos dos elementos son retirados por la Asamblea o por la Sala Constitucional, entonces deberíamos entender que estarían dispuestos a aprobar el resto de la Ley», apuntó Carvajal.

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Las sentencias de la Sala IV

-Caso: Reforma Procesal Laboral

-Veto: El 9 de octubre de 2012, por inconstitucionalidad.

-Levantamiento: El 20 de mayo de 2013, por Laura Chinchilla.

-Votación en Sala Constitucional: Levantamiento fue inválido, mayoría de 4 a 3.

-Resultado jurídico: Caso regresa al momento en que Laura Chinchilla levantó el veto y todas las acciones posteriores serán anuladas.

-Caso: Reforma Procesal Laboral

-Veto: El 9 de octubre de 2012, por inconstitucionalidad

Levantamiento: El 12 de diciembre del 2014, por Luis Guillermo Solís.

-Votación en Sala Constitucional: Levantamiento fue válido, mayoría de 6 a 1.

-Resultado jurídico: Aunque este es válido, el veto previo no. Por eso, el caso regresa al momento en que Laura Chinchilla levantó el veto y todas las acciones posteriores serán anuladas.

Caso: Calle 13 bis a artesanos

Veto: El 20 de agosto de 2009, por razones de oportunidad y conveniencia.

Levantamiento: El 31 de julio de 2014, por Luis Guillermo Solís.

Votación en Sala Constitucional: Levantamiento fue inválido, mayoría de 5 a 2, por estar fuera del plazo cuatrienal del proyecto.

Resultado jurídico: La ley se anula y el proyecto muere, porque está fuera del plazo.

 

Veto de Laura Chinchilla

http://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Secretaria_Directorio/Asuntos%20en%20Trmite%20de%20la%20Primera%20Parte%20de%20la%20Sesin/TERCERA%20LEGISLATURA/VETO%20AL%20DECRETO%209076%20REFORMA%20PROCESAL%20LABORAL%20EXP%20%2015990%20%209-10-12.pdf

 

Levantamiento de Laura Chinchilla

http://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Secretaria_Directorio/Asuntos%20en%20trmite%20de%20la%20segunda%20parte%20de%20la%20sesin/PROPUESTA%20PODER%20EJECUTIVO%20ARTICULOS%20VETADOS%20AL%20EXPEDIENTE15990%20%20REFORMA%20PROCESAL%20LABORAL%2021-5-13.pdf

 

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