Convenciones colectivas en la mira

Mientras los legisladores deliberan sobre la mejor forma para resolver el déficit fiscal, varias organizaciones laborales alertan sobre la necesidad de separar de esta

Mientras los legisladores deliberan sobre la mejor forma para resolver el déficit fiscal, varias organizaciones laborales alertan sobre la necesidad de separar de esta discusión el polémico tema de las convenciones colectivas de trabajo.

Lo que podría ser un instrumento para garantizar derechos de los trabajadores, es considerado un abuso por los excesos contenidos en las convenciones.

Para algunos sectores, las negociaciones que los trabajadores públicos transan con las jefaturas de las instituciones a través de las convenciones colectivas de trabajo son necesarias; para otros, estos acuerdos son excesivos, onerosos e incluso un síntoma de corrupción.

Establecidas como un instrumento para alcanzar mejores niveles de bienestar para los trabajadores y sus familias, las convenciones han estado marcadas por la polémica. En medio de las discusiones en torno a la reducción de déficit fiscal, algunos plantean su revisión y hasta su posible eliminación.

Y es que si bien mediante ellas se han logrado aspectos como guarderías para infantes, permisos para estudio, licencias en caso de enfermedad, también se ha intentado premiar a quienes llegan puntuales a su trabajo, dar reconocimientos monetarios excesivos o establecer diferencias entre trabajadores públicos y privados.

Para el exministro de Hacienda, Oscar Barahona Streber, urge «la revisión de los incentivos que reciben los servidores públicos para que estos correspondan a criterios de productividad y no de antigüedad», según apuntó en su informe sobre la situación fiscal presentado ante el expresidente de la República Miguel Angel Rodríguez, en abril pasado.


Según su criterio, debe «reformarse el Régimen de Servicio Civil con el fin de flexibilizar los procedimientos de contratación de los funcionarios públicos, sin que se pierdan los sanos objetivos que dieron origen a este régimen y estudiar a fondo y en general el tema de las convenciones colectivas para evitar abusos y lograr una homologación de costos y beneficios entre las que existen actualmente.»

Diferente es el criterio de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y la Confederación de Trabajadores Rerum Novarun (CTRN). Según sus dirigentes, estas negociaciones son importantes para los trabajadores y están garantizadas por convenios internacionales ratificados por el país ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT).


ANTE LA OIT


El tema fue tratado en junio pasado en la 90 Conferencia Mundial del Trabajo realizada en Ginebra ante, la cual la CTRN denunció el incumplimiento del Estado costarricense a convenios que garantizan el derecho de los trabajadores a negociar estas convenciones.

Según Mario Rojas, de esa central sindical, algunas misiones especiales de la OIT visitaron el país entre el 3 y 7 de setiembre anterior y entre el 26 de febrero y 3 de marzo de este año y constataron cómo en la última década el gobierno había desplazado las negociaciones colectivas en el  sector privado por arreglos directos con trabajadores no sindicalizados a través de los «comités permanentes de trabajadores».

«En el último decenio solo se han firmado 12 convenciones colectivas de trabajo en el sector privado y se han realizado 130 arreglos directos con trabajadores no sindicalizados, según constataron en su visita los representantes de la misión de la OIT en marzo anterior», aseveró la CTRN en un pronunciamiento público.

Para los expertos de la OIT, «se sugiere que en la legislación se indique expresamente que solo se excluye de la negociación colectiva a los funcionarios públicos que ejercen funciones propias de la administración del Estado. No obstante, si Costa Rica ratificara los Convenios 151 y 154 que esperan su aprobación en la Asamblea Legislativa, estos funcionarios también estarían cubiertos por el derecho de negociación colectiva y solo se excluiría de ellas a la policía, los empleados de alto nivel que por sus funciones se considera normalmente poseen poder decisorio o desempeñan cargos directivos y los empleados cuyas obligaciones son de naturaleza altamente confidencial».


SALA IV CONFUNDE


Para los dirigentes sindicales, la posición adversa a las convenciones colectivas no solo obedece al intento de los gobiernos de turno a reducir cada vez más las garantías de los trabajadores, sino a la confusión que sobre el tema ha hecho la Sala Constitucional al declarar inconstitucionales algunos artículos por la forma y no por el fondo de las conquistas contenidas en ellas.

Las sentencias de la Sala IV 2000-04453 de 24 de mayo de 2000 y 2000-7730 del 30 de agosto de 2000, así como el voto aclaratorio 2000-09690 de 1 de noviembre de 2000 excluyen en bloque de la negociación colectiva a aquellos empleados del sector público que tengan una relación estatutaria, incluso si trabajan en empresas públicas o comerciales o en instituciones públicas autónomas.

Por ejemplo, con el fallo del 30 de agosto de 2000, la Sala declaró inconstitucional varios artículos de la convención colectiva de RECOPE. Se trata de normas relativas al bono vacacional, permisos sin goce de salarios o con ellos, por razones personales, y bono asistencial para los funcionarios que cumplan con el deber de asistencia al trabajo.

En este caso, la Sala argumentó criterios de legalidad, proporcionalidad, racionalidad e igualdad, e invocó privilegios irrazonables y desproporcionados que se dan en ciertos casos con fondos públicos.

Sin embargo el Poder Ejecutivo, en un intento por entrar en polémica directa con los trabajadores, aprobó el 31 de mayo del año pasado el decreto 29576-MTSS por el cual se reglamenta la negociación de las convenciones colectivas en el sector público y  sólo excluye de este derecho a los funcionarios de mayor jerarquía del sector.

Para la misión de la OIT, «la interpretación de los últimos pronunciamientos de la Sala Constitucional sobre el alcance del derecho de negociación colectiva en el sector público diverge entre los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, quienes según los casos apoyan su argumentación directamente en la Constitución, en votos anteriores de la Corte Suprema en la Ley general de administración pública o en varios de estos textos a la vez.

Por eso, consideran, los pronunciamientos judiciales son confusos y crean inseguridad jurídica en cuanto al alcance del derecho de negociación colectiva en el sector público y sobre la validez  y eficacia de determinadas convenciones colectivas vigentes.

Para la misión «los recientes fallos o pronunciamientos de la Sala Constitucional excluyen de la negociación colectiva a todos los empleados del sector público que tengan una relación estatutaria, incluso si trabajan en empresas públicas o comerciales, o en instituciones públicas autónomas».

Mientras tanto, el tema del costo económico de las convenciones colectivas es tímidamente analizado por las fracciones parlamentarias y no se descarta que ese sea uno de los aspectos más controversiales que se discutirán en las próximas semanas, cuando el tema del déficit empiece a discutirse a fondo.

¿PRIVILEGIOS O DERECHOS?

Los trabajadores de medio centenar de municipios y una decena de instituciones públicas se benefician de los acuerdos entre patronos y obreros contenidos en las convenciones colectivas vigentes en el país.

De ellas de benefician el 80% de los empleados públicos, ya sea que laboren en el gobierno central o en instituciones descentralizadas. Sin embargo, lo que algunos catalogan como «excesos» dan al traste con el interés legítimo de ampliar las condiciones de los trabajadores.

Los privilegios contenidos en algunas de las negociaciones colectivas de trabajo llevaron incluso a la Defensoría de los Habitantes a iniciar un estudio al respecto y provocaron que la Sala Constitucional derogara hace unos meses, por contrarios a la Carta Magna, tres artículos del acuerdo firmado entre los empleados de las autoridades de la Refinería Costarricense de Petróleo (RECOPE).

Pero no solo ahí se ha presentado la polémica. En junio pasado, el Frente Interno de Trabajadores del INS denunció los excesos ocurridos en la negociación de la décimo tercera prórroga de la convención colectiva pactada en mayo anterior entre la Unión del Personal del INS (UPINS) y Cristóbal Zawadzki, entonces presidente ejecutivo de la institución.

El acuerdo entre las partes permitiría a los trabajadores beneficios adicionales por más de ¢2.741 millones anuales, que sumados a las conquistas contenidas en convenciones anteriores representarían una erogación cercana a los ¢3.972 millones por año. Este monto, según autoridades de la institución, representa el 1,8% del presupuesto anual de la institución.

Aunque está vigente desde 1975, la convención en el INS se ha ampliado en 13 ocasiones para garantizar sobresueldos del 35% sobre el salario base para técnicos en ortopedia y urología;  25% de reconocimiento salarial  para técnicos en computación o profesionales en informática y un salario escolar para los 10.500 trabajadores de la institución que equivale al 8,19% de todos los devengados en el año.

Pero no solo esas convenciones están en la mira. También son estudiados acuerdos con los trabajadores en el Banco Popular, Banco Crédito Agrícola (Bancrédito), Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) y la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA).

En este último caso, los funcionarios públicos proponen que el tope de cesantía se amplíe de 8 a 12 años y que se reconozca un 35% del salario base para quienes tengan la carrera profesional portuaria.

También se beneficiarían los choferes y remolcadores con reconocimientos salariales que ascienden a unos ¢587 millones anuales. De aprobarse, los alcances de la convención significarían una erogación adicional de ¢3.698 millones anuales, casi un monto similar al que ya se le reconoce a los empleados por convenciones anteriores que representan cerca de ¢4 mil millones anuales, según dijo a la prensa el presidente ejecutivo de la entidad, Juan Ramón Rivera.

Los empleados de Bancrédito piden variaciones en la jornada laboral y una revisión al capítulo de los beneficiarios de la convención. Por su parte en el Banco Popular, plantean la posibilidad de que los empleados laboren 12 horas diarias durante tres días y descansen cuatro.

En Recope, se negocia un incremento salarial cercano al 10 % que cobijaría a los 1.700 empleados y una modificación al sistema de pensiones. Solo en el rubro de salarios las conquistas es implicarían ¢1.000 millones adicionales al año, según las autoridades de la refinería.

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