Una buena salida para la Sala es que se obligue a repetir el Estudio de Impacto Ambiental de forma completa y correcta.
Los meses pasan sin que la Sala Constitucional dicte un criterio definitivo respecto del polémico proyecto minero en Las Crucitas. Para el geólogo y especialista en gestión ambiental, Allan Astorga, los magistrados tienen a mano la solución, al menos en lo técnico.
La polémica estalló en octubre del año anterior, cuando el gobierno del Presidente Óscar Arias, emitió un decreto en el que declara “de interés nacional” el proyecto minero de capital canadiense.
Este decreto permitió a la empresa ubicada en Las Crucitas, San Carlos, talar gran cantidad de árboles de almendro amarillo, que estaban vedados por ley. Ello desató fuertes cuestionamientos al proyecto minero.
Entre los numerosos recursos de amparo en contra del proyecto, uno paralizó el avance; mientras que otro pide que se anule el proceso por el cual la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) dio vialidad ambiental al proyecto.
CON REGLAMENTO EN MANO
Sobre el Estudio de Impacto Ambienta (EIA) presentado por la empresa Industrias Infinito, y aprobado por SETENA, Allan Astorga afirma que es evidente que no se aplicaron correctamente los reglamentos vigentes; sobre todo el decreto 32266 del MINAE del 4 de mayo del 2006; llamado “Guía de estudios de impacto ambiental, valoración de impacto y planes”.
Según explicó este docente de Evaluación Ambiental de la UCR, el reglamento tiene una categorización para los distintos tipos de proyectos, en la que define su impacto al ambiente.
Estas categorías son A ,B, B1 y C; donde A es lo más alto y C aplica para los proyectos con bajo o casi nulo impacto ambiental.
“Hay una quinta categoría que se define como “Megaproyecto”, que según el artículo 3 es un proyecto de interés nacional, con repercusión en el nivel nacional y además tiene componentes diferentes, cuya dimensión reúne las condiciones para que cada componente requiera de un EIA por separado”, afirmó.
Según recordó el geólogo, en diciembre del 2007 la empresa Industrias Infinito, responsable del proyecto Las Crucitas, presentó ante SETENA una modificación al diseño de la mina, la cual fue aprobada en el tiempo récord de dos meses.
El nuevo diseño planteaba que en lugar de explotar 126,4 hectáreas con una profundidad de 15 metros, la mina explotaría un total de 50 hectáreas, pero con una profundidad cercana a los 70 metros bajo el suelo.
De acuerdo con Astorga, esto fue interpretado erróneamente por la SETENA como una reducción el área del proyecto; y por ende, una disminución en los impactos ambientales que produciría.
El experto afirma que este cambio en las dimensiones no solo duplicó el volumen de extracción de la mina, sino que incrementó sus impactos ambientales y obligaría a un cambio en la tecnología que se utilizaría inicialmente.
Además, el nuevo diseño no sólo afectaría el acuífero regional que existe en la zona, sino que además ya no extraerá solo roca “blanda”; sino que por la profundidad habrá mucho material duro, que para procesarlo requiere de un “quebrador” y demás maquinaria.
“Crucitas calificaba como megaproyecto desde antes del cambio de diseño; y se debió pedir un EIA sobre cada uno de los componentes de la mina: el quebrador, la represa de “colas” (residuos), el tajo mismo y los almacenes de combustible para la operación”, explicó.
En su criterio, el reglamento establece que si un proyecto cambia de una categoría a otra, es decir, si aumenta sustancialmente sus impactos ambientales, también debe presentar un nuevo EIA.
“La misma SETENA en una resolución de mayo del 2008 dice que los proyectos que cambian su diseño y se amplían en más de un 50% en su tamaño, tienen que elaborar de nuevo el EIA tomando en cuenta esa ampliación”, recordó Astorga.
PROCESO INCOMPLETO
A pesar de lo establecido en el reglamento, Astorga indicó que en el procedimiento de aprobación al rediseño de la mina de diciembre del 2007, la empresa no presentó un nuevo EIA como está establecido.
“Lo que se hizo fue presentar un documento de evaluación ambiental que fue ampliado con base en el proyecto anterior, se hizo una modificación en el plan de gestión ambiental y presentó una declaración jurada de compromisos ambientales. Eso se aceptó como el equivalente a un EIA”, cuestionó Astorga.
Aseguró que con base en el reglamento, SETENA tenía que pedir un nuevo EIA, preparar un resumen ejecutivo y mandarlo al municipio que corresponde y después anunciar por la prensa al país que se ha recibido un nuevo EIA, el cual debe estar a disposición del público para recibir observaciones.
“Además llama la atención que el tiempo que tardó SETENA en responder a esta gestión fue demasiado corto en comparación con otros proyectos. Vemos proyectos de condominios en Guanacaste que duraron dos años y medio para tener la viabilidad aprobada, o bien como la marina Mohín tardó más de dos años”, afirmó.
Otro error que señaló el especialista y exsecretario de SETENA, es el hecho de que el IEA aprobado a Crucitas se refiere solo a los impactos en el área del proyecto (50 hectáreas) y no a la cuenca hidrográfica que va a afectar.
Tampoco se consideraron los impactos transfronterizos del proyecto, los cuales son importantes en el tanto la profundidad de la mina toca el acuífero regional que va directo al río San Juan, el cual se encuentra cerca.
“Otro tema es algo que SETENA lo pide a pocos proyectos, y está establecido en este reglamento, en el capítulo 3: los análisis de riesgo y planes de contingencia, donde se evalúe el riesgo ambiental, sobre todo si las condiciones del proyecto cambiaron”, indicó.
Astorga argumenta que en su EIA, Las Crucitas debía contemplar todos los escenarios; incluso, realizar un balance de los impactos, sociales, económicos y ambientales de no desarrollar la excavación; y el costo económico de cada uno de sus impactos ambientales.
En su opinión es difícil comprender cómo SETENA no pidió un EIA completo, cuando el nuevo diseño de la mina duplica la cantidad de desechos, y por ende, el riesgo de contaminación.
“Por cada tonelada de material, solo se separa un gramo de oro; y el resto son desechos. Para muchos estos son desechos inocuos, porque son rocas; pero para sacar el oro se les aplicaron químicos como el cianuro, que son altamente contaminantes”, advirtió.
Es por esto que considera necesario un plan de manejo de estos materiales, los cuales también podrían convertirse en un foco de contaminación si se permite que la pirita (mineral compuesto de azufre) se oxide y libere ácido sulfúrico al ambiente.
“Es claro que en esto SETENA no ha realizado una adecuada evaluación de impacto ambiental y que hay suficientes razones técnicas para que la mina en Las Crucitas se considere un megaproyecto, con todo lo que esto implica”, afirmó.
Astorga consideró que la Sala Constitucional no tiene por qué definir si la minería a cielo abierto va o no en el país; pero sí debe tomar en cuenta los reglamentos vigentes y hacerlos cumplir.
“Creo que la salida más justa para todas las partes sería que se haga un EIA completo, y se cumplan los trámites como es debido; determinar la conveniencia de un proyecto como este debe hacerse sobre la base de un documento actual, bien elaborado y bien revisado”, concluyó.