Fiscalía impulsa acceso a la justicia de ciudadanos indígenas

Funcionarios tienen presupuesto anual de ¢7 millones para atender 24 territorios indígenas, y no tiene carro para movilizarse.

¿Se garantiza el derecho fundamental del acceso a la justicia a los pueblos indígenas en Costa Rica? En el país, hay identificados 24 territorios indígenas, 8 etnias con sus respectivas características y un poco más de 104 mil ciudadanos indígenas, según el último Censo Nacional de Población del año 2011, recopilado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC).

Si bien la Fiscalía de Asuntos Indígenas (FAI) trabaja en coordinación con las otras 14 fiscalías territoriales designadas para atender asuntos indígenas, el trabajo es arduo: en lo que llevamos del 2015, se recibieron 329 denuncias, según datos de la Unidad de Monitoreo y Apoyo a la Gestión de Fiscalías (UMGEF).

Muchas de las denuncias corresponden a particularidades referentes a áreas de estudio en las comunidades, tema en el que los fiscales no poseen expreso conocimiento.

Además, se unen factores como la falta de presupuesto, la ausencia de un vehículo para movilizarse a las distintas comunidades; asimismo, la ausencia de nombramientos para antropólogos, trabajadores sociales y abogados especialistas en la materia dificultan el desarrollo de los procesos.

Esta unidad del Ministerio Público cuenta con una trabajadora social “prestada” por la Fiscalía de Atención a la Víctima (FAV) y es quien ofrece capacitaciones. Por su parte, la Escuela de Antropología de la Universidad de Costa Rica (UCR) es un aliado indispensable para abordar con pertinencia cultural y criterio antropológico los procesos de penalización en asuntos indígenas.

UN INICIO DIFÍCIL

La Fiscalía de Asuntos Indígenas (FAI) se creó en el año 2009 por el entonces Fiscal General de la República, Francisco Dall’Anese, quien dictó una circular donde indicaba la necesidad de crear un ente especializado y encargado de la población indígena, además de obedecer varios mandatos internacionales que implicaban tener un órgano con tales características.

No obstante, en ese inicio de la fiscalía no se detalla ni se planifica una función estructural-organizacional dentro del Ministerio Público. “Sólo se toman dos plazas adscritas a la Fiscalía General, por un tema de acceso a la justicia penal, pero no se establecen con claridad objetivos, funciones, ni tampoco se adscribe directamente como fiscalía”, detalló Carlos Meléndez, fiscal adjunto de la Fiscalía de Asuntos Indígenas.

A pesar de su media década de funcionamiento, hasta el año anterior se comenzaron a consolidar los procesos judiciales desarrollados por la fiscalía, con la designación de un fiscal adjunto, a quien le correspondió montar una estructura organizacional y una visión clara de objetivos y obligaciones.

PROCESO RIGUROSO

No es lo mismo acusar a un ciudadano no indígena que a uno indígena, son contextos y situaciones socioculturales distintas que se deben tomar en cuenta rigurosa y equilibradamente durante un proceso penal.

“La Fiscalía de Asuntos Indígenas se encarga de visitar a las distintas comunidades, se hacen mapeos para ir identificando cuáles son las especificidades que hay que tomar en cuenta dentro de las investigaciones, en razón del tratamiento especializado que se debe desarrollar”, comentó Ariana Céspedes, fiscal coordinadora de la FAI.

Además, la FAI desarrolla un plan anual estratégico a partir de registros sobre actividad delictiva en indígenas, los cuales se solicitan a las fiscalías territoriales cada 3 meses; de esa forma se identifican los delitos con mayor incidencia y se trabaja en las visitas a las comunidades capacitándolas sobre los delitos de mayor incidencia. En el caso del primer semestre del 2015, se ha capacitado en delitos sexuales particularmente a menores de edad, delitos de usurpación y agresiones con arma.

Además, en las visitas se hacen entrevistas semiestructuradas por grupos etarios, para tener la visión de distintas personas de la comunidad y generar al menos una fotografía de lo que está sucediendo en la comunidad.

 

Carlos Meléndez, fiscal adjunto: Sin antropólogos ni trabajadores sociales

¿En qué momento es que la fiscalía acusa a una persona indígena?

–Cuando se acusa un indígena es porque tenemos a ciencia cierta que entiende, comprende y actúa voluntariamente en infringir una determinada norma.

La noción de delito, ¿está clara para las poblaciones indígenas?

–Es parte de la labor de las visitas que se realizan, con los talleres preventivo-represivos. A veces se cree que es que están dentro de su cultura; es aún más reprochado en nuestros 8 pueblos indígenas que un padre o un familiar inicie sexualmente a la hija.

¿Cuáles son los delitos que le competen a la Fiscalía? Por ejemplo, el caso de Sergio Rojas es tramitado en esta fiscalía a pesar de tratarse de un supuesto delito de fraude y malversación.

–Son competencia de la fiscalía los delitos donde están involucrados: una víctima indígena o no indígena ofendida por un victimario indígena o no indígena, es decir, tantos los indígenas agredidos como los indígenas agresores son parte de la jurisdicción de la fiscalía. Cabe destacar que el 98% de los casos son indígenas contra indígenas.

Respecto de Sergio Rojas, no es la única administración fraudulenta que se ha tratado en la Fiscalía, es una investigación contra todos los miembros de la Asociación de Desarrollo de la Comunidad Indígena de Salitre. Se trata de un delito económico donde es normal la privación de libertad por el no pago de fianza. Incluso, Sergio Rojas interpuso tres Habeas Corpus ante la Sala IV, donde nunca se probó que estuviera privado de libertad por prisión preventiva o que estuviera detenido ilegítimamente, no se le violaron sus derechos fundamentales. Él estuvo privado de libertad por no pagar una fianza, no por una prisión preventiva.

¿Cuáles son los principales retos que tiene la fiscalía y la jurisprudencia costarricense en materia indígena? ¿Qué hace falta para consolidar la FAI?

–La falta de presupuesto no puede ser justificante para una fiscalía especializada que tiene que atender y cubrir todo el territorio nacional, con una población meta con muchas particularidades, especificidades, derechos colectivos, que los hace diferentes aunque tengan los mismos derechos fundamentales.

No puede ser que una Fiscalía de Asuntos Indígenas no tenga un antropólogo, no cuente con profesionales en trabajo social y dependa exclusivamente de profesionales de la Oficina de Atención y Protección a la Víctima. No puede ser que no tenga plaza de abogado con conocimiento en derechos humanos y derecho consuetudinario propiamente en población indígena; es decir, que esta fiscalía no tenga este tipo de profesionales para poder entender de mejor manera los casos, mapear mejor los fenómenos, conocer mejor la realidad de los pueblos indígenas de nuestro país, hacer mejores diagnósticos, revisar de mejor manera por grupos aún más vulnerabilizados como lo es la discapacidad en el indígena, la mujer indígena, el niño y la niña indígenas. Esto da como resultado políticas públicas realmente debilitadas.

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