Préstamo finlandés Devolución de dineros podría mitigar castigos

La devolución de $63.000 por parte de Gerardo Bolaños, podría atenuar el castigo que reciba en una eventual condena legal en su contra, estimaron

La devolución de $63.000 por parte de Gerardo Bolaños, podría atenuar el castigo que reciba en una eventual condena legal en su contra, estimaron abogados penalistas consultados por este Semanario.

La devolución de fondos que han hecho algunos investigados por las comisiones recibidas del préstamo finlandés a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), si bien podría mitigar eventuales castigos en su contra, no impide que el Ministerio Público ejecute las acciones legales que considere convenientes para sus indagaciones.

Así lo estimaron los abogados penalistas Bernán Salazar, Enrique Castillo y Eddie Alvarado, al ser consultados por este Semanario en torno a las estrategias legales seguidas por el exmandatario Rafael Ángel Calderón y el exdirectivo de la CCSS, Gerardo Bolaños.

El artículo 23 de Código Procesal Penal permite a los jueces aplicar el criterio de oportunidad, mediante el cual los imputados devuelven bienes y dinero o proporcionan información, y a cambio pueden recibir una reducción de la pena que les imponga un tribunal de justicia.

Cabe mencionar que en el caso de las comisiones del préstamo finlandés, Bolaños se encuentra como imputado y está bajo arresto domiciliario. Se le investiga por enriquecimiento ilícito y cohecho, tras haber recibido $90.000; él devolvió a mediados de setiembre $63.000 provenientes supuestamente de comisiones.

Mientras tanto, Calderón figura por ahora como testigo sospechoso y tiene impedimento para salir del país. El expresidente depositó -ocho días después que Bolaños- $520.000 en una cuenta del Poder Judicial como un gesto de buena fe, hasta que se determine si esos dineros fueron adquiridos de manera ilícita o legal.

 

El abogado de Calderón -Gonzalo Castellón-, dijo durante una conferencia de prensa que dicha devolución no pretendía evitar posibles congelamientos o embargo de las cuentas bancarias de su defendido por parte de la Procuraduría General de la República.

El embargo podría buscar cobrarle al exmandatario eventuales daños morales causados al país por su proceder.

¿FAVORECE O PERJUDICA?

En cuanto a la estrategia de Bolaños y Calderón de devolver dineros cuestionados al Poder Judicial, el penalista Enrique Castillo aseguró que esta acción no les perjudica, aunque duda de si les beneficia, al no existir una negociación previa con el Ministerio Público.

Explicó que la Fiscalía tiene facultades legales para negociar con los imputados ciertas condiciones y en este sentido hay varios tipos de negociación o arreglos que se pueden hacer, con miras a una reparación integral del daño.

Esta negociación parte del «criterio de oportunidad» y está amparada por el artículo 23 del Código Procesal Penal, el cual permite a las personas investigadas brindar información o devolver bienes a cambio de un trato favorable.

«Si está un caso precedido de este tipo de negociación hay un beneficio concreto, lo cual no veo en este caso que se vaya a dar, porque dada la información que he recibido por la prensa – la única que tengo- no se dio este tipo de acuerdo y al menos la Fiscalía lo ha negado».

Sin embargo, Castillo cree que el mencionado reintegro de dineros puede ser tomado como un gesto de buena voluntad de Bolaños y Calderón, que puede luego traducirse en una circunstancia atenuante a la hora de una eventual sentencia condenatoria.

Eso sí, no piensa que esa devolución suspenda el embargo de las cuentas bancarias y de otras posibles acciones legales contra ellos. Legalmente no las evita y quedaría a criterio del Ministerio Público concretarlas, pues  procesalmente nada ha cambiado, puntualizó.

Por su parte, el exjuez y penalista Bernán Salazar, aclaró que en materia penal hay delitos que requieren que se configure un perjuicio para alguien; si el perjuicio como tal no existe, el tipo penal desaparece.

No obstante lo anterior, en otros casos no importa que el involucrado haga la reparación económica respectiva, ya que la configuración del delito se mantiene.

OTROS DAÑOS

En el caso en referencia -agregó Salazar-, parece que la Fiscalía está valorando el daño social y moral para el país, y entonces habrá que ver -además del daño económico- cómo se cuantifica este daño a los intereses nacionales.

El exjuez coincide con otros abogados en que la devolución no implica una suspensión de eventuales embargos sobre las cuentas bancarias, porque al interponer la Procuraduría una acción civil, no solo se busca reparar el daño material, sino también los daños emergentes o colaterales, que serían -por ejemplo- los intereses dejados de percibir por esos dineros y los daños morales.

Por otro lado, a diferencia de Castillo, Salazar es del criterio que la devolución podría mitigar el castigo en caso de una condena, aun cuando no hubiera sido negociado de previo con el Ministerio Público.

«Hay algo que el juez valora, que es el comportamiento del imputado posterior al hecho criminal. Puede que aunque no se haya arrepentido ante el Ministerio Público, sí lo ha hecho ante la comunidad, y el juez se da cuenta de ese arrepentimiento y de un comportamiento que trata de solventar el problema», detalló.

Mientras tanto, el especialista en derecho penal Eddie Alvarado, afirmó que si la persona devuelve la suma que documentalmente se le acredita bajo su posesión, se podrían suspender algunas acciones legales en su contra, siempre que esto haya sido estipulado en un acuerdo con la Fiscalía, y que lo pactado se termine de materializar durante el juicio, con el cumplimiento de lo acordado.

Alvarado concuerda con Salazar en que los citados beneficios deben ser negociados de manera anticipada con la Fiscalía, como sí parece ocurrir en el caso de Gerardo Bolaños, ya que así lo divulgaron los medios de comunicación, mientras que con el expresidente Calderón no se conoce de un acuerdo en tal sentido.

Es por eso que considera que la estrategia seguida por este último es una secuela de la de Bolaños y tiene un carácter «preventivo».

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