Reforma fiscal golpearía al agro

Un estudio realizado por el Partido Acción Ciudadana afirma que el proyecto de Ley de Emergencia Fiscal afecta de manera directa al sector agropecuario

Un estudio realizado por el Partido Acción Ciudadana afirma que el proyecto de Ley de Emergencia Fiscal afecta de manera directa al sector agropecuario y que podría «incrementar gravemente la situación crítica que atraviesa este sector.»

Los productores agropecuarios se verían perjudicados al eliminar exenciones a varios impuestos.

De aprobarse el proyecto de Ley de Emergencia Fiscal -Expediente No. 14.826-, introducido por el Gobierno a la corriente legislativa, las finanzas de quienes viven de las actividades agropecuarias se verían seriamente afectadas, debido a que las reformas propuestas eliminan una serie de exenciones que hoy benefician a la pequeña y mediana producción.

Esto es lo que plantea un estudio realizado por el despacho del diputado cartaginés, Gerardo Vargas, del Partido Acción Ciudadana, quien advierte que el proyecto «contiene elementos que, de mantenerse, resultarían profundamente lesivos para los productores agropecuarios, especialmente los más pequeños, ya que desmejora su difícil situación, encarece de forma notable sus costos y les restringe el acceso a recursos básicos para seguir produciendo.»

El estudio identificó al menos siete modificaciones a las leyes tributarias vigentes, que serían negativas para el agro:

1. La eliminación de la exoneración vigente de tributos y sobretasas a la importación de maquinaria, equipo e insumos para las actividades agropecuaria y pesquera.


2. El establecimiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre el servicio de abastecimiento de agua, tanto para consumo humano como para riego.

3. El pago del IVA por instituciones públicas como el Consejo Nacional de Producción (CNP) y el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), que prestan servicios públicos a los productores agropecuarios.

4. El encarecimiento de los costos de producción por la inclusión de nuevos servicios dentro de las actividades sujetas al pago del IVA.

5. La eliminación del crédito fiscal por el Impuesto sobre las Ventas vigente para la adquisición de mercancías que se incorporan en la elaboración de bienes agropecuarios.

6. La imposición del IVA a las ferias, incluidas las del agricultor.

7. El encarecimiento del suministro de energía eléctrica.

El informe llama la atención sobre el carácter regresivo del proyecto, que acentúa la inequidad de la estructura tributaria actual, al poner el acento en los impuestos indirectos -que pagan todas las empresas y personas sin distingo de su riqueza-, en lugar de centrar la atención en los impuestos directos -a la renta y la riqueza de empresas y personas-.

PUNTO POR PUNTO

El documento recuerda que la «Ley No. 7293 Reguladora de todas las exoneraciones vigentes, su derogatoria y sus excepciones», exonera de todo tributo y sobretasas, la importación de maquinaria, equipo, insumos para la actividad agropecuaria, así como las mercancías que requiera la actividad pesquera, excepto la pesca deportiva. «Asimismo, las materias primas para la elaboración de los insumos para la actividad agropecuaria y para el empaque de banano. La actividad agropecuaria comprende la actividad agrícola, la avícola, la apícola, la pecuaria, la porcicultura y la acuícola, entre otras.»

«Si bien el proyecto mantiene las exoneraciones del pago del IVA sobre la entrega interna de llantas y reencauches para la maquinaria agrícola y de insumos para la agricultura, con la reforma propuesta se eliminan las otras exoneraciones», dijo José María Villalta, asesor de Vargas.

El Código de Procedimientos Tributarios estipula que las mercancías sobre las que recae una exención deben quedar expresamente contempladas en la ley (principio de legalidad tributaria), de manera que al derogarse la Ley No. 7293 y no incluirse las exoneraciones en el nuevo proyecto, ésta desaparece.

A TODAS Y TODOS

El establecimiento del IVA sobre el servicio de abastecimiento de agua, tanto para consumo humano como para riego, afectaría «a toda la población costarricense, aunque en particular lo hace sobre los productores agropecuarios que requieren de mayores cantidades de este recurso para sus tareas de riego, cría de animales, etc.», dice el estudio.

La Ley No. 7293 vigente, exceptúa de la derogación general de exenciones tributarias a las que «se conceden a las instituciones y empresas públicas o privadas que se dediquen, en el país, al abastecimiento de agua potable para usos domiciliario, industrial y para el consumo humano, así como a la recolección, tratamiento y disposición de aguas negras y pluviales o servidas, subterráneas y de cualquier otra clase y a las actividades colaterales y complementarias de estas.»

También la Ley de Aguas, No. 276, exonera del pago de este impuesto el «abastecimiento de poblaciones, servicios domésticos, abrevaderos, lecherías y baños» y la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Ley No.2727, exime a esta entidad de todo pago de tasas, impuestos y derechos fiscales, nacionales o municipales.

Como el artículo 65 del proyecto fiscal del Gobierno deroga todas las exenciones no contempladas expresamente en éste, y entre las operaciones que se consideran exentas del pago del IVA (artículo 12) no se incluye el abastecimiento de agua, este servicio pagaría el impuesto. Igual ocurriría con el abastecimiento de agua para riego que brinda el SENARA, y con los servicios que prestan el CNP y el IDA.

«Esta reforma afectaría la actividad del CNP para importar directamente granos básicos como el arroz, en situaciones de desabastecimiento, ya que mientras actualmente se encuentra exonerado del pago de impuestos a la importación, de aprobarse el proyecto tal y como está, sí tendría que pagarlos», dijo Villalta.

También se verían afectados los programas de educación y capacitación para campesinas y campesinos, que desarrollan instituciones como el Instituto Nacional de Aprendizaje.

TRANSPORTE, ELECTRICIDAD, FERIAS

La propuesta del Gobierno también encarecería los costos de producción del agro por la inclusión de nuevos servicios dentro de las actividades sujetas al pago del IVA, tales como el transporte, el arrendamiento de bienes (incluidos bienes inmuebles como parcelas), el seguro de cosechas, servicios de fumigación, servicios de enfriamiento, etc.

Aunque la iniciativa contempla un mecanismo de deducciones y devoluciones del impuesto (crédito fiscal) sobre los bienes usados para elaborar un producto final, el proyecto elimina el derecho que actualmente tienen quienes realizan actividades productivas en general, independientemente de que sus productos finales se encuentren o no exentos, a que se les reconozcan como un crédito fiscal los importes pagados para la adquisición de primas de seguro que protejan bienes, maquinaria o insumos directamente incorporados o utilizados en forma directa en la producción de los bienes o en la prestación de los servicios gravados.

«Con esto, de manera indirecta también se limita aún más el acceso al crédito, ya que usualmente para otorgar créditos garantizados mediante gravámenes hipotecarios o prendarios, los bancos exigen que los bienes que constituyen la garantía se encuentren asegurados», explicó el asesor.

Lo mismo sucedería con el crédito fiscal existente para la adquisición de mercancías que se incorporen en la elaboración de bienes agropecuarios, como el «bunker», el diesel, el gas, la energía eléctrica, la maquinaria y el equipo destinado directamente para producir las mercancías.

Finalmente, el proyecto de ley incorpora dentro de los servicios gravados con el IVA las ferias y exposiciones, y encarece el suministro de energía eléctrica.

Mientras actualmente la energía eléctrica para uso residencial paga un el 5% sobre la base imponible, el proyecto propone un impuesto general del 13%, sin contemplar una tarifa especial para el consumo residencial de energía eléctrica.

«Esto obviamente afecta los bolsillos de todos los hogares costarricenses, incluidos quienes se dedican a actividades agropecuarias», concluye el documento.



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