Sala IV da razón a Sardinal

La Sala IV declaró inconstitucional el acueducto El Coco-Ocotal y la comunidad de Sardinal lo celebra, justo al cumplirse un año de haber levantado

El Gobierno y los desarrolladores afirman que la Sala no ordenó paralizar el proyecto.

La Sala IV declaró inconstitucional el acueducto El Coco-Ocotal y la comunidad de Sardinal lo celebra, justo al cumplirse un año de haber levantado la bandera contra la polémica obra, que pretende extraer una gran masa de agua del acuífero local para proyectos turísticos e inmobiliarios privados.

Sin embargo, los desarrolladores y el Gobierno interpretan que la Sala no ordenó paralizar las obras, sino cumplir con requisitos, que a su juicio ya están en vías de cumplimiento.

El tribunal resolvió favorablemente recursos de amparo presentados por la Confraternidad Guanacasteca y otras organizaciones, con coadyuvancia de la Defensoría de los Habitantes. Todos ellos se unificaron en el expediente de la Confraternidad Guanacasteca que resolvió la Sala.

Ésta concluyó que para la construcción del acueducto no se consultó a la comunidad ni se cumplieron trámites y permisos de ley, y no hay estudios técnicos que garanticen la existencia de agua suficiente para abastecer el proyecto (ver recuadro: Lo que dice la Sala).

De esta forma lo declaró con lugar: “al no existir certeza técnica sobre la capacidad de explotación del recurso hídrico del Acuífero Sardinal y la consecuente incertidumbre sobre la afectación de la prioridad de disponibilidad de agua para la satisfacción de los intereses de la comunidad, sobre cualquier otro tipo de interés patrimonial, comercial o turístico”, indica el fallo emitido el pasado 15 de enero.

Los magistrados cuestionaron además el hecho de que no se hubieran realizado las audiencias públicas necesarias antes de iniciar el acueducto, el cual se encuentra paralizado provisoriamente desde junio pasado por órdenes de la Sala, cuando ya está construido en más del 70%.

El conflicto estalló en enero del año pasado y recrudeció en mayo tras la intervención de la policía antimotines para disolver una protesta de un numeroso grupo de pobladores opuestos al acueducto, por considerar que la obra privada ponía en riesgo el suministro de agua para la comunidad.

El proyecto concede a los desarrolladores privados entre 8.000 y 10.000 pajas de agua para sus proyectos turísticos, a cambio de costear la obra (unos ¢4.400 millones) con apoyo del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y el Ministerio de Medio Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), cuyos respectivos titulares, Ricardo Sancho y Roberto Dobles, han estado directamente involucrados en la iniciativa.

Tras el pronunciamiento de la Sala, el MINAET aseguró en un comunicado que cumplen con los requerimientos del tribunal, y que la participación ciudadana se ha promovido por la comisión interinstitucional, que el pasado 9 de noviembre presentó el Informe Preliminar para la Gestión de la Seguridad Hídrica del Acuífero Sardinal, en dicha comunidad y el 10 de noviembre de 2008 con el Concejo Municipal del Cantón de Carrillo, con jurisdicción en Sardinal.

“La Comisión Interinstitucional continúa con el proceso de desarrollo de estudios y trabajos relacionados con el tema, así como el análisis de diversa documentación que distintos actores han emitido al respecto con el fin de emitir el Informe Final para la Gestión de la Seguridad Hídrica del Acuífero Sardinal”, añadió.

En la otra orilla, representantes de Sardinal y de las organizaciones involucradas en la defensa del agua para la comunidad, mostraron su satisfacción por la decisión de los magistrados, y aseguraron que continuarán luchando para que se sancione a los funcionarios responsables de la obra ilegal.

El fallo “confirma que lo que venía diciendo la comunidad y los grupos que estuvimos trabajando en el asunto teníamos la razón, y que el Gobierno no ha querido oír las razones y ha hecho cosas que son absolutamente ilegales”, dijo Gadi Amit, miembro de Confraternidad Guanacasteca.

Por su parte, la Defensora de los Habitantes Lisbeth Quesada expresó que “la Defensoría siempre sostuvo mediante estudios legales y soporte técnico que el proyecto había nacido torcido, que fue creado a golpe de tambor, sin permisos, sin estudios completos y lo peor aún, con una total omisión en la participación de sus pobladores en el proceso de formulación del proyecto. Hoy la Sala IV, al igual que la Defensoría y la Contraloría, le dan la razón al pueblo de Sardinal: la prioridad del agua es para consumo humano y las actuaciones deben ajustarse al marco de la legalidad y la certeza técnica.”

“Para la Defensoría, las autoridades gubernamentales involucradas en este proyecto deben aprender la lección en el sentido de que sus actuaciones siempre deben estar apegadas al respeto a la ley y la normativa vigente”, finalizó.

CELEBRACIÓN

Mary Bustos, del Comité pro defensa del agua de Sardinal,  manifestó que “nos sentimos muy contentos por este fallo a favor del pueblo. Hemos sentido un apoyo de la Sala, de la defensora de los Habitantes (Lisbeth Quesada) y el defensor adjunto (Daniel Soley). Creo que si los jerarcas (del Poder Judicial) han dado la decisión lo que sigue es ignorar todo lo que digan Dobles y Sancho.”

La comunidad prepara una fiesta para el 23 de enero, al cumplirse un año de una lucha que “ha ganado todo el pueblo, niños, jóvenes y adultos, y para agradecerles a todos los muchachos que fueron presos (en las manifestaciones), así como a las personas de todos los lugares que también nos han venido apoyando a la comunidad”, dijo Bustos.

Afirmó que no ha sido retirada aún una acusación planteada contra una decena de participantes en la manifestación que chocó con los antimotines, en mayo pasado, pese a que al ministro Dobles “le pedimos que si ellos querían dialogo con la comunidad de Sardinal, primero retiraran esa acusación”.

Según Gadi Amit, la sentencia de la Sala IV crea precedentes cuando habla de que en este caso no hubo participación ciudadana y por lo tanto todo el proyecto es inconstitucional. “Eso sienta un precedente, porque hace un mes el presidente Óscar Arias vetó un proyecto de ley sobre participación ciudadana en asuntos ambientales y la Sala ahora dice que es un principio constitucional.”

A juicio del ambientalista lo que sigue ahora es exigir que los funcionarios públicos que violaron las leyes y causaron los enfrentamientos callejeros sean despedidos del Gobierno y respondan por sus acciones ilegales como se hace en cualquier país democrático donde se respeta las leyes.

“Esas deben ser las conclusiones del Gobierno: echar de una vez a Ricardo Sancho por todas las acciones hechas, y ver quien más está embarrado en la Municipalidad (de Carrillo), el MINAET y en SETENA (Secretaría Técnica Nacional Ambiental), que salió de un día para otro a dar la viabilidad ambiental ilegalmente al proyecto.”

En cuanto a la posición de esas instituciones y los desarrolladores, cuyos representantes afirmaron en la prensa que la Sala no ordenó paralizar las obras, sino que remitió a cumplir ciertos requisitos que ellos ya están cumpliendo, Amit dijo, “¿qué se puede esperar de gente que no conoce de leyes ni las respetan? Si para ellos haber violado la Constitución es un pecado menor ¿qué podemos esperar?”

Dijo que no se quedarán solo con declaraciones, sino que dan seguimiento a acciones ya iniciadas, como una presentada en SETENA para que se anule la viabilidad ambiental concedida al proyecto, y están verificando en la municipalidad si hay algún trámite para autorizar el permiso de construcción.

Lo que dijo la Sala
Recurso de amparo: 08-005154-0007-CO

“Se declara con lugar el recurso.

Por violación a lo establecido en el artículo 50 de la Constitución Política en la aprobación y puesta en ejecución del proyecto de ampliación del acueducto El Coco-Ocotal; al no existir certeza técnica sobre la capacidad de explotación del recurso hídrico del Acuífero Sardinal, y la consecuente incertidumbre sobre la afectación de la prioridad de disponibilidad de agua para la satisfacción de los intereses de la comunidad, sobre cualquier otro tipo de interés patrimonial, comercial o turístico.

Por violación al artículo 9 de la Constitución Política al omitirse la debida participación ciudadana en el proceso de formulación del proyecto. En consecuencia, se ordena a las autoridades recurridas ajustar sus actuaciones en torno a la ejecución del proyecto de ampliación del acueducto El Coco-Ocotal, de conformidad con lo establecido en la sentencia.

Los demás extremos de legalidad aducidos por los recurrentes, deberán ser atendidos por las autoridades recurridas en atención a lo dispuesto por la Contraloría General de la República en su informe número DFOE-ED-22-2008.

Se condena al Estado y al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.

Se advierte a Ricardo Sancho Chavarría, Roberto Dobles Mora, Sonia Espinoza Valverde y Bernal Soto Zúñiga, o a quienes ocupen sus cargos, que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de esta jurisdicción, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a 60 días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado.“

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