El presidente de la República, Luis Guillermo Solís presentó esta mañana una propuesta de decreto que permitiría la realización de la fecundación in vitro (FIV) y la transferencia embrionaria en el país, para las parejas o mujeres que presenten una condición de infertilidad.
El borrador, presentado en conferencia de prensa este jueves, fue enviado a consulta de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y del Colegio de Médicos de Costa Rica por un plazo de 5 días.
Entre las disposiciones que establece el documento, la FIV podría realizarse en sus dos formas: con células sexuales de ambos miembros de una pareja (homóloga) y con células obtenidas a través de donaciones (heteróloga).
Ante la posibilidad de la donación de células reproductivas, sería responsabilidad de los establecimientos médicos autorizados para aplicar la FIV llevar un registro de donantes, en tanto el Ministerio de Salud llevaría un registro a nivel nacional.
Además, el Ministerio de Salud actuaría como el órgano encargado de inspeccionar y controlar la práctica de la FIV, mientras que la CCSS se encargaría de la aplicación del tratamiento, así como de la creación de los protocolos respectivos para la práctica pública y privada de dicha técnica.
Por otra parte, el Colegio de Médicos de Costa Rica, a través de su Comisión de Reproducción Humana, fiscalizaría que el procedimiento esté apegado a la ética y a los principios de protección de la salud y la vida de los pacientes.
La asistencia interdisciplinaria, la información completa, el consentimiento informado y la confidencialidad absoluta se contemplan como derechos de los posibles beneficiados del tratamiento de la FIV.
Del mismo modo, se permitiría la transferencia de un máximo de dos óvulos fecundados por ciclo reproductivo y quedarían prohibidas la comercialización, experimentación, alteración genética, clonación y destrucción de los óvulos fecundados.
Una vez publicado el decreto ejecutivo, la CCSS contaría con dos años para implementar la técnica de la fecundación in vitro en sus programas de salud para atender la infertilidad.
Esta disposición responde al cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del año 2012, donde la CIDH le ordenó a Costa Rica eliminar la prohibición a la práctica de la FIV y regular la aplicación del procedimiento.
El director jurídico de Casa Presidencial, Marvin Carvajal, explicó que el decreto establecería como requisito que las mujeres que quieran someterse a este procedimiento deben tener una comprobada infertilidad y ser mayores de edad.
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