Ley contra corrupción genera temores y dudas

En mayo podría estar listo el reglamento.Fernando Castillo, procurador: Por temor a los controles de esta ley, se podría propiciar el traslado de funciones

En mayo podría estar listo el reglamento.

Fernando Castillo, procurador: Por temor a los controles de esta ley, se podría propiciar el traslado de funciones públicas al sector privado, como ya ocurrió con la revisión técnica de vehículos.

Aprobada el año pasado casi a golpe de tambor por la Asamblea Legislativa, en un ambiente agitado por las denuncias de corrupción contra reconocidas figuras políticas, tres meses después de entrar en vigencia la ley contra el enriquecimiento ilícito despierta esperanzas, dudas, temores y escepticismo.

Mientras unas personas la ven como una ley «draconiana» (muy severa) por sus excesivas regulaciones y los castigos que impone, e innecesaria por reiterar normas existentes, otras la perciben como una herramienta vital para combatir hechos de corrupción como los aflorados en los últimos meses.

Asimismo, en cierto sector prevalece el escepticismo, ya que lejos de pensar en más leyes como la No.8422  («Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública»), sostienen que lo urgente es un cambio en la ética personal y un rescate de los mejores valores humanos, con el fin de erradicar de raíz las acciones que llevan a cometer delitos de este tipo.

 

 

Estos y otros criterios fueron expuestos por especialistas durante tres jornadas de reflexión organizadas por la Contraloría General de la República (CGR) como un primer paso tendiente a «propiciar el diálogo crítico-propositivo que trascienda la comentada legislación y proponga el replanteamiento del control interno, la valoración del riesgo, la rendición de cuentas».

La actividad se llevó a cabo del 18 al 20 de enero pasado en el Teatro Melico Salazar, y estuvo abierta al público, el cual colmó esa sede.

Cada día se realizaron dos mesas redondas, cuyos temas versaron en: «Corrupción y enriquecimiento ilícito: un análisis desde los supremos poderes», «Incidencias de la ley en la lucha institucional contra la corrupción», y «Disposiciones generales, nuevas figuras y sus implicaciones a nivel de responsabilidad».

Además, «Responsabilidad administrativa y civil (régimen sancionatorio) a la luz de la nueva legislación», «Análisis de los delitos relacionados con corrupción», y  «Enfoque crítico y perspectiva de reforma».

Entre los panelistas estuvieron Fernando Cruz, magistrado; Óscar Fonseca, presidente del Tribunal Supremo de Elecciones; Alfonso Chaves, vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia; Marta Acosta, jerarca de la Contraloría General; Ana Lorena Brenes, procuradora general; y Román Solís, magistrado.

A ellos se sumaron Fernando Castillo, procurador; Manrique Jiménez, abogado constitucionalista; Alfredo Chirino, director de la Escuela Judicial; Rodolfo Piza, abogado y consultor; Cristina Víquez, jueza del Tribunal Contencioso Administrativo; Carlos Chinchilla, de la CGR; Manuel Martínez, gerente de Asesoría y Gestión Jurídica de la CGR; Martín Trejos, fiscalizador de este organismo; Juan Marco Rivero, exjuez y litigante; Pablo Barahona, asesor de la CGR; y Juan Manuel Villlasuso, exministro de Planificación.

NO ES LA PANACEA

Los expositores coincidieron en que las nuevas disposiciones son drásticas, al tiempo que externaron sus deseos de que la corrupción pueda ser enfrentada de manera eficaz con las leyes destinadas para tal fin.

Sin embargo, hubo una opinión generalizada de que esta nueva normativa no será la panacea que acabe con el enriquecimiento ilícito, pues ya existía la suficiente legislación para combatirlo y por lo tanto, la más reciente prácticamente sobraría.

Para el procurador Fernando Castillo, en América Latina hay una tendencia a creer que con una ley el problema se corrige, con el agravante de que en Costa Rica no se ejerce un control para determinar la eficacia de su aplicación.

«Si no diseñamos una política nacional que combata la corrupción en forma conjunta, se perderán las batallas contra las causas que genera esa práctica», agregó.

Más drástico fue Rafael Ángel Chinchilla -exjerarca de la CGR-, al negar que Costa Rica sea un país de derecho como se dice, en vista de que está plagado de leyes que no se cumplen, y por eso espera que no ocurra lo mismo con la de anticorrupción.

Una posición similar tiene la procuradora general -Ana Lorena Brenes-, quien reiteró que una ley no vendrá a librarnos de la corrupción.

«Aparte de la participación ciudadana y de los medios de comunicación, se necesita una mayor coordinación entre todas las instituciones involucradas en esa lucha: CGR,  Procuraduría, Ministerio Público, y Defensoría de los Habitantes, para hacer cumplir la ley», comentó.

La catedrática de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica -Olga Marta Mena-, calificó de precipitada y sin reflexión la forma en que la ley fue aprobada en la Asamblea Legislativa.

Ella cuestionó que el texto solo se refiera a la corrupción en el sector público y por eso exhortó a que se incluya al privado, en donde también se manifiesta dicho mal.

Entretanto, el magistrado Fernando Cruz aseguró que la responsabilidad del combate de la corrupción no debe recaer únicamente sobre el Poder Judicial -donde hay escasez de recursos-, sino que también debe exigírsele una cuota a las instancias políticas para evitar abusos del poder.

«La judicatura debe estar a la altura de las circunstancias, pero no puede sustituir las funciones de control político que debe ejercer la ciudadanía y -con mayor razón- los actores políticos», puntualizó Cruz.

OBJECIONES

Pese a que prevalecen los cuestionamientos, algunas personas miran la ley con esperanza y como un instrumento que contribuirá a sanear la administración pública, golpeada por los actos de enriquecimiento ilícito en los que están involucrados políticos, incluidos varios exmandatarios.

«Siempre habrá portillos que serán afanosamente buscados por el pequeño séquito de funcionarios deshonestos, que por desgracia, nunca faltarán. Sin embargo, el esfuerzo vale la pena», dijo con escepticismo el presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, Óscar Fonseca.

Por su parte, el procurador Fernando Castillo alabó que la nueva ley ayudará a generar en la población una mayor conciencia para prevenir y combatir la corrupción. Resaltó otras bondades como la penalización de conductas, y la regulación y sanción de comportamientos en el ámbito administrativo.

Pero, son más la dudas y las críticas que generan los 71 artículos de la ley y sus dos transitorios, publicados en La Gaceta del 29 de octubre del 2004.

La jueza Cristina Víquez advirtió que la corrupción deber ser combatida no solo por razones éticas, sino por motivos prácticos, dado que propicia el desperdicio de recursos públicos, políticas ineficientes e injustas, y destruye la confianza en el imperio de la ley.

Agregó que si bien en Costa Rica se utilizan términos peyorativos para las personas que laboran en la función pública como «vagas, corruptas y oportunistas», lo cierto es que en su mayoría lo hacen con mística, y tratan de hacer bien su trabajo.

Lo anterior -añadió- «es muy importante tenerlo en cuenta cuando se formula una legislación como esta, que debe ser un instrumento contra la corrupción y nunca una camisa de fuerza o una espada que impida tomar decisiones».

Dicho temor fue secundado por el presidente del TSE -Óscar Fonseca- quien teme un entrabamiento de la administración pública, «en la medida en que sus asustados funcionarios evitarán tomar las decisiones que el país requiere o, para hacerlo, las consultarán demasiado para trasladar responsabilidades a otros.  Este es un problema que puede agravarse si no se actúa con la prudencia que las circunstancias requieren».

Por otro lado, la carencia de fondos extra para financiar las nuevas responsabilidades de los órganos encargados de combatir el enriquecimiento ilícito, es otra de las debilidades señaladas.

En este sentido, el asesor de la Contraloría -Pablo Barahona- recordó que al ser aprobada la ley 8422 le asignaron al órgano contralor cerca de 25 nuevas responsabilidades, y de la tríada contra la corrupción que conforma con la Procuraduría General de la República y el Ministerio Público, la CGR es la única que no ha recibido nuevos ingresos recientemente.

Barahona mostró la contradicción de que por un lado se dice «vamos de frente contra la corrupción» y por otro se recortan los presupuestos. «Es claro que asistimos al duelo entre una corrupción organizadísima y una institucionalidad no tan organizada».

Al respecto, el magistrado Fernando Cruz agregó sus dudas en torno a las instancias encargadas de procesar a los corruptores: «Hay que plantearse la pregunta de cuánta capacidad existe para que el Poder Judicial investigue una modalidad del crimen organizado, como es la corrupción. Esta interrogante se está desarrollando especialmente en los últimos seis meses».

Aunque varios expositores se refirieron a la necesidad de fortalecer presupuestariamente a las instancias a cargo de combatir la corrupción, resaltaron además la participación ciudadana.

Acerca de este aspecto reflexionó Barahona: «Cualquier acción que persiga una mejoría del magro panorama en que operan la corrupción y la impunidad, debe considerar seria y obligadamente la reforma de las condiciones de participación ciudadana, como la más valedera herramienta de fiscalización de las actuaciones de quienes detentan el poder en los distintos campos. Una reforma político jurídica sin participación efectiva del ciudadano, «no arranca, si lo hace se estanca, y si avanza al principio, retrocede después».

El abogado Manrique Jiménez destacó esta participación como elemento fundamental de la democracia. «Esta renovación de la democracia participativa, se ha visto acompañada no sólo de la consulta popular, por medio del plebiscito y el referéndum, sino también por la trasparencia de actuaciones; control de resultados y rendición de cuentas», precisó.

Los mayores temores sobre la reciente ley giran en torno al Capítulo III, relativo a la declaración jurada sobre la situación patrimonial de funcionarios públicos en cargos de importancia y que estén más expuestos al enriquecimiento ilícito.

Este apartado ha sido fuertemente cuestionado porque se le considera excesivo en sus alcances, pues obliga a especificar en su declaración jurada de bienes hasta la ropa que posee.

En vista de que la ley fue aprobada con mucha rapidez  y presenta contradicciones, excesos, omisiones, imprecisiones y reiteraciones, ya se estudia una serie de reformas para mejorarla y corregir sus deficiencias.

De acuerdo con la contralora Marta Acosta, la mayoría de consultas planteadas se relacionan con competencias de funcionarios, pago de dietas, e incompatibilidades de labores.

En cuanto a su reglamento, profesionales de la Contraloría General de la República, de la Procuraduría General, y del Ministerio Público, tienen un documento avanzado que podrían terminar a finales de mayo y enviarlo a la Asamblea Legislativa para ser aprobado.








Temor a la prensa

Un serio temor a la labor divulgativa de la prensa en los casos de corrupción, se percibe del análisis que distintos especialistas hicieron en el seminario sobre la ley contra la corrupción.

El citado foro, organizado por la Contraloría General de la República, dejó en evidencia las suspicacias que despierta entre las personas, la participación de los medios de comunicación en la difusión de hechos de corrupción y sus eventuales excesos.

Uno de ellos fue el presidente del Tribunal Supremo de Elecciones -Óscar Fonseca-, quien argumentó que una información en manos de un funcionario judicial inescrupuloso, podría infligir daños irreparables a personas inocentes, si echa mano a un mecanismo que en su criterio se ha puesto de moda: «la violación sutil, pero flagrante, de las normas legales que regulan y protegen la confidencialidad de las investigaciones administrativas, según lo establecen ahora especialmente los artículos 8 y 10 de la nueva ley y que también lo contemplaba la ley derogada».

Fonseca afirmó que resulta «verdaderamente grave para el funcionario investigado y ni qué decir para sus familiares, cuando una investigación, aún sin concluir con un pronunciamiento definitivo, aparece no sólo en titulares de los diferentes medios de comunicación, sino suministrando todos los detalles de hechos investigados y hasta las conclusiones provisionales, lo cual, en la mayoría de los casos, da lugar a una condena pública anticipada e imposible de revertir, aún cuando al final, una sentencia definitiva absuelva al funcionario».

Por su parte, el magistrado Fernando Cruz aseguró que la participación de la prensa contribuye en muchos casos a que se produzca un juicio paralelo y no descartó que esta injerencia influya sobre las investigaciones.

Mientras tanto, el abogado y asesor de la Contraloría General -Pablo Barahona- dijo que «llama a la reflexión, que ciudadanos que cuentan con información valiosa para develar a ciertos corruptos, recurren a la prensa antes que a las instancias que el Estado de derecho prevé para dichos efectos. Esto debe ser notado como algo anormal y no como una regla liberatoria para los efectos de la institucionalidad pública».

«El decaimiento de las garantías y seguridades de los eventuales implicados, es sumamente peligrosa. La prensa fuerte es importante, pero instituciones del Estado que superen dicha fuerza, son esenciales. Esencial para garantizarle al ciudadano el equilibrio de fuerzas que solo se logra a través de las formas que componen el debido proceso: una de las conquistas más humanas del derecho», agregó.

Manrique Jiménez, especialista en derecho constitucional, opinó que la libertad de prensa es un derecho fundamental y si la información es de interés público, esta debe ser entregada a cualquier persona. En todo caso -añadió-, los abusos de los medios de comunicación pueden ser castigados conforme a las leyes respectivas.

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