El 7 de junio de 1993 en resolución R-185-93 Mirenem, expediente No. 7339, se aprueba el permiso de exploración minera a favor de la compañía Vientos de Abangares S. A en Crucitas de Cutris de San Carlos. Las sustancias autorizadas a explorar fueron oro, plata y materiales asociados.
El plazo de la vigencia del permiso fue de 3 años a partir de la comunicación de aprobación del Estudio de Impacto Ambiental.
Años más tarde el permiso de exploración pasa a manos de la empresa Placer Dome de Costa Rica S.A., compañía canadiense, que solicita una prórroga de exploración por dos años.
El 5 de noviembre de 1996 en resolución No. 4085, se acuerda dar un plazo de vigencia del permiso de exploración por plazo de 2 años. El 21 de noviembre de ese mismo año la compañía solicita aclaración de esta resolución y se le indique los requisitos para construir una plataforma de perforación.
El 13 de marzo de 1997, en Resolución 174-97 SETENA, se ordena a la compañía Placer Dome S.A. paralizar labores de exploración ya que la compañía no había cumplido con los compromisos estipulados en el Estudio de Impacto Ambiental.
Un año después, en resolución No. 001-98 SETENA, se levanta la sanción para que la compañía pueda continuar con las labores de exploración.
Dos años más tarde, la compañía Placer Dome vende el proyecto a la compañía Lyon Lake Mines en febrero de 1999. La compañía Placer Dome, a pesar de la venta, mantuvo una relación económica con la nueva compañía. En ese juego de compra venta, los accionistas acuerdan vender el proyecto a la compañía Vanesa Ventures Incorporation, otra trasnacional canadiense.
El 17 de diciembre de 2001, se aprueba la solicitud de explotación de la Mina las Crucitas y en marzo de 2002 la empresa presenta ante SETENA el estudio de Impacto Ambiental como requisito para la entrada en operación de la mina.
En Decreto Ejecutivo R-217-2008-MINAE, publicado en la Gaceta No. 96 del 20 de mayo de 2008, tanto el Presidente de la República Óscar Arias Sánchez y el Ministro de Ambiente Roberto Dobles Mora, conocen de la recomendación de otorgamiento de concesión de explotación de mina de oro al proyecto Minero Crucitas, Expediente 2554.
Posteriormente, el Presidente de La República y el Ministro del Ambiente, mediante Decreto Ejecutivo 34801-MINAE, publicado en la Gaceta No. 201 del 17 de octubre de 2008, permitieron el inicio de labores en la mina las Crucitas en Cutris de San Carlos.
Los grupos ecologistas interpusieron un recurso de amparo en contra de la explotación del oro en la zona de Crucitas. Sin embargo la Sala IV en resolución Nº 6922 de las 14:35 horas del 16 de abril de 2010 aprobó dicha explotación.
Las experiencias de la explotación de oro a cielo abierto en Macacona de Esparza, mina que cerré hace 25 años y en Miramar de Puntarenas causaron severos impactos ambientales.
No permitamos que la historia se repita. Hace cuarenta años el pueblo se levantó en contra del la explotación de la bauxita en el cantón de Pérez Zeledón, hoy el pueblo debe hacer lo mismo en contra de la explotación del oro en el cantón de San Carlos y exigir a la Sala Constitucional revisión exhaustiva sobre la aprobación de dicha concesión.