La actuación al margen de la ley de los gobiernos ha creado una deuda con la reserva del seguro de pensiones IVM cercana a los ¢2.5 billones.
El sistema de pensiones del IVM debería tener actualmente una reserva cercana a los ¢3 billones.
Si los gobiernos de los últimos 30 años hubiesen cubierto las necesidades financieras del seguro de salud habría suficiente liquidez para fortalecer el fondo de capitalización colectiva y otra sería la realidad del régimen de pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) que ahora se encuentra en crisis.
Así de claro y sencillo lo plantea el matemático y jefe del departamento actuarial de la CCSS, Rodrigo Arias López, profesor de la Universidad de Costa Rica (UCR), quien expuso su estudio en una actividad académica en diciembre pasado.
Pero, entonces ¿cuánto dinero ha dejado de percibir el régimen IVM por este incumplimiento?, se preguntan los asistentes a la actividad. La respuesta del matemático deja mayor asombro ante los espectadores, ¢2,5 billones es la deuda que se creo con la reserva de este sistema de pensiones.
Tal situación ha imposibilitado la universalización de los seguros sociales y no permite el equilibrio financiero y actuarial de éstos.
Además, el seguro de salud entró en déficit de tal manera que las contribuciones recibidas ya no alcanzan para cubrir los gastos. Para el 2003 el déficit fue de ¢33,486 millones.
Arias concluyó que por los aportes hechos por las personas asalariadas al régimen de salud, se produce un sobrante de casi la mitad de las contribuciones. Solo en el año 2003 se reportó un excedente de ¢131.329 millones por los dineros de las personas que contribuyeron sobre planilla.
Para que tenga una idea, según la teoría del matemático, todo este dinero se debió trasladar al IVM.
Sin embargo, se desvió para financiar el déficit que reportan los regímenes de salud de trabajadores por cuenta propia, pensionados y los del no contributivo.
Los artículos 32 y 34 de la ley Constitutiva de la CCSS indican claramente que se deben constituir reservas para un fondo de capitalización colectiva de pensiones.
El matemático Arias insistió en que la legislación muestra el deber que tiene el Poder Ejecutivo y la administración de trasladar los superávits (sobrante) y de crear un fondo que capitalizara esos recursos para las pensiones. Sin embargo, destacó que ninguna de las disposiciones fue cumplida durante las últimas tres décadas.
Por supuesto, las consecuencias por la falta de estas acciones ha provocado del desfinanciamiento del sistema del IVM. Ante ello, las autoridades de la CCSS proponen una serie reformas tendientes a elevar el número de cuotas, a los aportes del 7.5% al 10% de manera escalonada y una reducción en la cobertura del monto actual del 60% al 40%.
Diversos sectores sociales como los sindicatos, el Instituto Nacional de las Mujeres y la Defensoría de los Habitantes, objetan los cambios promovidos por el Ejecutivo y piden suspenderlos hasta tanto no se logre una negociación favorable.
DESBALANCE DE COSTOS
El matemático explicó que el desajuste presentado en el sistema de salud se debe a que a lo largo de las últimas tres décadas la contabilidad se ha realizado sin separar los ingresos de cada régimen y los costos reales de la atención médica. (Ver tabla Balance de ingresos y gastos)
Arias determinó que el costo de las atenciones a los asalariados es de un 43% del total de gastos y el restante 57% es de los otros regímenes, especialmente el no contributivo que incluye a indigentes y otros asegurados por el Estado que no tienen capacidad para cotizar pero que si tienen mucha necesidad de atención médica.
Al contrario, la mayor parte de los ingresos (88%) proviene de los asalariados contra un 12% del resto de regímenes. Lo que significa que quienes cotizan por planilla aportan al sistema aproximadamente el doble de lo que requieren.
Estos asalariados representan al 2003 un 46,7% de los asegurados, mientras que el resto de los regímenes componen un 40%. El 13.3% de la población no está asegurada pero no se le puede negar atención médica si la requieren, lo que implica mayor costo para el sistema.
Según el artículo 177 de la Constitución Política, el Estado tiene la obligación de garantizar a la CCSS financiamiento para lograr la universalización de los seguros sociales y solventar el déficit que en este caso tienen los regímenes de trabajadores por cuenta propia, pensionados y no contribuyente para el seguro de salud.
SOLUCIONES LEGALES
En la exposición, Arias propuso una serie de soluciones que la Caja debe aplicar: mecanismos para el control de la evasión en las contribuciones y financiar el déficit en los regímenes de salud que así lo requieran.
El matemático concluyó que para lograr la universalización de los seguros es necesario garantizar que el dinero ingrese directamente a la CCSS.
Además, para efectos contables en el seguro de salud es necesario crear un fondo para el régimen de asalariados y otro fondo para los restantes regímenes. Con esta medida las contribuciones de los asalariados podrán disminuir entre 7,5% y 9%.
Arias propone que el superávit del régimen de asalariados se traslade al fondo de capitalización colectiva, como indica la ley, pero procurando modificaciones en la Ley del Banco Popular para que sea éste quien las administre.
Por último es necesario cambiar la forma en que es nombrada la Junta Directiva de la CCSS para la evitar que sean intereses políticos los que administren la institución.
¿Cuánto aporta al seguro de salud?
Según Arias el seguro de salud es administrado como un régimen único sin que se haya realizado una separación contable de los gastos para cada uno de los 4 regímenes que lo conforman.
-El régimen Obligatorio de Protección a la Salud de los Trabajadores Asalariados incluye a empleados que reciban un salario y a sus familiares dependientes. La prima es actualmente de un 15% de la planilla en la cual el patrono aporta 9,25%, el trabajador 5,50% y el Estado 0,25%.
-En segundo lugar existe el régimen Obligatorio de Protección a la Salud de los Trabajadores por Cuenta Propia, que asegura a las personas independientes y por convenio y sus familiares que dependan del cotizante. En este régimen el trabajador paga entre 4,15% y 7,75% mientras el Estado completa hasta llegar al 8,5%.
-El régimen Obligatorio de Salud de los Pensionados, se financia con 14% sobre las pensiones y se subdivide en 8,75%, financiados por el fondo de pensiones, 5% aportados por el pensionado y 0,25% por el Estado.
-El régimen No Contributivo de Protección de la Salud que cubre a las personas que están fuera de los regímenes anteriores porque carecen de capacidad contributiva, como es el caso de las personas indigentes, madres adolescentes o internas de los centros penales. El monto que se le factura al Estado por este rubro es de 14% del ingreso mínimo de referencia (¢71,266 en el 2003).
Balance de ingresos y gastos del seguro de salud en el 2003 según régimen
Cifras en millones de colones
|
Asalariados |
Independientes |
Pensionados |
No contributivo |
Total |
Ingresos |
280,505 |
22,063 |
5,271 |
319,640 |
353,126 |
Gastos |
11,800 |
43,351 |
58,945 |
101,654 |
-33,486 |
Balance |
149,176 |
-31,551 |
-36,881 |
-96,383 |
131,329 |