Cuidado, míster Pacheco…

Su torpe decisión de permitir que el gobierno de G.W. Bush incluyera a Costa Rica en una coalición que está perpetrando una guerra de

Su torpe decisión de permitir que el gobierno de G.W. Bush incluyera a Costa Rica en una coalición que está perpetrando una guerra de agresión y,  por ende, totalmente contraria  al Derecho Internacional, además de ser un acto inconstitucional, lo convierte a usted en candidato a  criminal de guerra.

Es un acto inconstitucional porque quebranta el principio de legalidad contemplado en el artículo 11 de nuestra Constitución Política, según el cual: «los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad  y no pueden arrogarse facultades que la ley no les concede».

Dicho de otra manera, no existe en la Constitución Política ninguna disposición que lo faculte a usted, y ni siquiera al Consejo de Gobierno, para que pueda brindarle el apoyo a un país que le ha declarado la guerra a otro.  Y, menos cuando ese país -Estados Unidos- lo ha hecho en contra de la voluntad de la ONU, es decir, de manera ilegítima.  Es más, la única posibilidad de actuación que tiene el Poder Ejecutivo en relación con una guerra, es la que se presentaría cuando otro país ataque al nuestro.  Pero aún ante un evento tan grave como este, el Poder Ejecutivo tiene la obligación de solicitar a la Asamblea Legislativa su autorización para declarar el estado de defensa nacional y para concertar la paz.

Es, además, un acto que lo convierte a usted en criminal de guerra.  Sí, así como lo lee:  criminal de guerra. Su apoyo a la masacre que lideran los Estados Unidos contra Irak, muy bien  lo puede llevar a ser juzgado en la recién creada Corte Penal Internacional,  como co-responsable de todos los crímenes que se están cometiendo en ese país.    Y no podrá escudarse en el hecho de que usted sólo apoyo moral le dio a la coalición militar, porque su conducta no lo exime de responsabilidad según la legislación internacional.

Sí, míster Pacheco. Enjuiciado usted que, por su arrogancia, no se atrevió a mantener a nuestro país fuera de esta coalición de la muerte.  Usted, quien  debió conocer mejor el sentir de este pueblo que optó por la paz hace más de 50 años, al abolir el ejército.  Usted, quien debió haber respondido al señor Bush que no podía cumplir con su mandato de apoyar su mortal coalición porque la misma Constitución Política de Costa Rica se lo impedía.  Sí míster Pacheco, usted bien  podría ser sentenciado como criminal de guerra en la Corte Penal Internacional.

Es más, su responsabilidad internacional en materia criminal se deduce ya de principios generales del Estatuto y la Sentencia del Tribunal de Nuremberg.  Ese Estatuto no sólo estableció qué actos constituían crímenes de guerra, entre los que están todos los que hoy  comete la llamada Coalición Militar contra Irak; también especificó que pertenecer a una organización que comete estos crímenes es un crimen en sí mismo. (Art. 7 -11 del Estatuto de Nuremberg)

Por eso, míster Pacheco, según el Derecho Internacional, usted no solamente es responsable directo por los crímenes que cometa esa coalición, sino que es penalmente responsable por pertenecer y meter a nuestro país en una organización criminal: la Coalición Militar.  Es más, la Comisión de Derecho Internacional en sus comentarios sobre el Estatuto de Nuremberg estableció su responsabilidad al disponer: «El principio de la responsabilidad individual por los crímenes de Derecho Internacional quedó claramente establecido en Nuremberg. (…) llegó también a la conclusión de que puede castigarse a los individuos por violaciones del Derecho Internacional».

Además, los estatutos  de los tribunales internacionales para la Antigua Yugoslavia y el de Ruanda, en su artículos 7 y  6 respectivamente, disponen respecto de los crímenes de su competencia:   «(…) La categoría oficial de un acusado, ya sea como Jefe de Estado o de Gobierno, o como alto funcionario, no le exonera de su responsabilidad penal y no es motivo de disminución de la pena».

Y, por último, el Estatuto de la Corte Penal Internacional recoge también el mismo principio en su artículo 25, que además dispone que podrá ser penado quien:

3. a) Cometa ese crimen por sí solo, con otro o por conducto de otro, sea éste o no penalmente responsable;

b) …

c) Con el propósito de facilitar la comisión de ese crimen, sea cómplice o encubridor o colabore de algún modo en la comisión o la tentativa de comisión del crimen…

Así que ya vio, míster Pacheco, sobran las leyes y las razones para que usted sea juzgado en un futuro no muy lejano.  Y como lee, de nada le servirá argüir que usted sólo apoyo moral estaba dando, o que fue obligado, o «embarcado», porque como lo establece el mismo estatuto, esas excusas no son válidas.

¡Qué ironía! ¿Verdad?  Usted, que se opuso a que una costarricense de la calidad moral e intelectual de la Jueza Elizabeth Odio formara parte de la primera Corte Penal Internacional, mañana es muy posible que sea juzgado por la corte donde ella es, ni más ni menos,  vicepresidenta!

*  Abogada en Derechos Humanos

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