A propósito de la Junta de Notables

La prevalencia del Estado de Derecho. Dos definiciones simples nos dicen que el Estado de Derecho es el adecuado equilibrio entre la autoridad del

Setiembre es el mes de la Patria, fecha oportuna para pensar qué podemos hacer por ella. Hace un par de meses, la señora Presidenta le encomendó a un respetado grupo de ciudadanos proponer un conjunto de reformas que hagan más ágil el Estado y ello en ocasión de la denuncia permanente de todos los actores sociales de  que hay un sentimiento vivo de ingobernabilidad. Este concepto viene rodando desde Figueres Olsen hasta nuestros días. Lo que les solicitó, en el fondo, es en palabras de André Hauriou proponer el “encuadramiento jurídico de los fenómenos políticos”. La misión más importante será identificar áreas de acción política, donde es urgente reformar al Estado y proponer las normas jurídicas desde la Constitución hacia abajo, que deben reformarse o la incorporación de otras de resultar necesario. Tienen a su haber los integrantes la experticia y una maciza formación académica.

La prevalencia del Estado de Derecho. Dos definiciones simples nos dicen que el Estado de Derecho es el adecuado equilibrio entre la autoridad del Estado y la libertad de los individuos. Y la otra señala que es la posibilidad de someter el Estado al Derecho. Cualquier propuesta de reformas en lo político, económico y jurídico debe partir de la primera premisa, esto es: garantizar el respeto a la libertad de los ciudadanos, pues no se puede, ni se debe fortalecer al Estado a costa de aquella. Lo interesante radica en que la gran queja de la ingobernabilidad nace, según sus críticos, sea los gobernantes, en la existencia una gran variedad de controles jurídicos, económicos, políticos y ciudadanos. Así las cosas, llueven ácidas críticas a los controles económicos que ejerce por competencia constitucional la Contraloría General de la República. Igual sucede con los controles jurídicos atribuidos a la Sala Constitucional y la jurisdicción contencioso administrativa que garantiza la legalidad de las actuaciones de la Administración Pública. Y ni qué decir de los órganos de control ciudadano como la Defensoría de los Habitantes. Lo curioso es que antes de ser candidatos conocen de su existencia y saben que esas son las reglas de la democracia.

La Sala Constitucional. Preocupa que la gran mayoría de críticas se dirigen contra el alto tribunal y bien se ha dicho que esta ha debido actuar por la inacción de otros -entrega de medicamentos en la Caja, por ejemplo-, pues lo que ha habido es una  incapacidad de los órganos políticos de tomar las decisiones que les corresponden, que la han usado como revancha para trasladar a ese escenario la incapacidad de alcanzar acuerdos políticos. Y la naturaleza jurídica del tribunal constitucional está más que definida en el numeral uno de su ley de creación, y por eso no es plástico ni romántico decir que ella es la Sala de la Libertad, ya que junto al valor vida, son los dos valores más importantes que tutela el ordenamiento jurídico y ella debe en todo momento hacerlos valer. Por ello, a la Sala IV podemos descentralizarla o dividirlas en dos cámaras, aumentar su número de magistrados por la enorme cantidad de trabajo que tiene, condicionar la suspensión de los efectos de los actos impugnados, exigir el patrocinio letrado para que su acceso sea más riguroso, ampliar el número de diputados para realizar las consultas de constitucionalidad, pero jamás reducir su campo de acción. Eso atenta contra el Estado constitucional y democrático de derecho.

Reformas urgentes. Cada quien podrá inventariar lo que se debe reformar, pero parece que sí hay acuerdo en que no podemos tener, como denunció recientemente la prensa, casi $1000 millones aprobados en créditos externos para infraestructura, y nos toma dos años como mínimo diseñar el proyecto a licitar, mientras pagamos los intereses millonarios de esos créditos. Y los chinos hicieron el estadio nacional en casi año y medio. No podemos avanzar con una jornada laboral de ocho horas por más loable que sea. Pena provoca que un solo diputado paralice el Congreso cuando se le antoje. Tampoco podemos seguir votando de manera invisible sin saber a quién confiamos el voto. Debe detenerse la posibilidad de que un señor el día después de la toma de posesión de un presidente ya esté haciendo campaña política. No veo anormal la figura de la revocatoria de derecho público bien reglada, a nivel de derecho comparado existe y punto. Extensivamente entonces debe aprobarse la censura ministerial y la carrera parlamentaria y por qué no,  ampliar el período presidencial a cinco años. Finalmente, si el destinatario final de las normas y los derechos son los costarricenses, quiénes mejor que ellos para que opinen ante la Junta de Notables y de ahí que en este mes de la Patria, en su 191 aniversario, bien harían sus integrantes en abrir una oficina como hicieron los constituyentes de 1844, a través del Periódico El Mentor Costarricense, y reciban sus consejos haciendo valer la más importante premisa lincolniana: del gobierno del pueblo y para el pueblo.

 

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