Comercio transfronterizo de telecomunicaciones

En el Anexo 13 del TLC, No. IV, Art. 6, se dice: «Costa Rica garantizará que las empresas de otras partes tengan acceso y

En el Anexo 13 del TLC, No. IV, Art. 6, se dice: «Costa Rica garantizará que las empresas de otras partes tengan acceso y puedan hacer uso de cualquier servicio público de telecomunicaciones, inclusive los circuitos arrendados, ofrecido en su territorio o de manera transfronteriza…».

Colombia, parte del grupo del Pacto Andino, negocia también actualmente, un Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos. En la Revista Colombiana de Telecomunicaciones, Vol. 11, Edición No. 36, Mayo 2005, el Ing. Rodrigo Ferreira Londoño, Subgerente de Planeación de la empresa EEPPM, en un artículo titulado «El servicio universal en la mira», imagina lo que podría suceder a varios años de firmado el Tratado. Dice el Sr. Ferreira, refiriéndose a las posibles consecuencias de los «servicios transfronterizos», sobre el servicio universal: «Este acuerdo inundó el país de operadores virtuales de telecomunicaciones, que facturando en los Estados Unidos prestan servicios de Larga Distancia, transmisión de datos, Internet, correo electrónico y empaquetan los servicios mediante alianzas comerciales con operadores de servicios de Información y de telecomunicaciones fijos y móviles. Efectivamente se presentará un incremento importante en los ingresos del sector, pero que se facturarán en Estados Unidos. Los operadores locales establecidos, vieron disminuir sus ingresos por cargos de acceso, lo cual dentro del rebalanceo tarifario los obligó a aumentar las tarifas por minuto local envolviéndose en un círculo vicioso, que abrió el mercado a los operadores virtuales y les permitió penetrar más profundamente en su estrategia de descreme del mercado. Los operadores de Larga Distancia y móviles presionaron la baja de los cargos de acceso local acentuando aun más este escenario. Los operadores de Servicios de Valor Agregado vieron que sus grandes clientes se iban con lo operadores virtuales, que les ofrecían redes privadas con amplia cobertura y comunicación permanente con lo proveedores, clientes y amigos. Además la facturación en Estados Unidos les permitía ganancias  tributarias para los servicios públicos de telecomunicaciones. Los operadores establecidos en Colombia, para evitar mayor pérdida del mercado se enfrascaron en una guerra de precios que disminuyó la rentabilidad del negocio, agudizando la crisis de algunos operadores, que desaparecieron del mercado. Los recursos del Fondo de Comunicaciones se vieron disminuidos, por cuanto los establecidos perdieron mercado y la facturación en el exterior traía ventajas de mejora de la rentabilidad al no destinar el 5% o probablemente más de sus ingresos a dicho Fondo».

Considerando esta proyección del Ing. Ferreira y los similares compromisos de Costa Rica en el TLC en esta materia, son claras las consecuencias que para Colombia, pero también para Costa Rica, podría tener esa sola exigencia del Tratado y que podríamos resumir de la siguiente forma:

1. Los servicios transfronterizos tendrían consecuencias negativas para el Fisco, pues las empresas extranjeras no tributarían o lo harían  en el exterior. Además, no pagarían el Canon del Servicio 911, poniendo en riesgo el Servicio de Emergencias, lo cual obligaría a recargar tales costos en los clientes del ICE principalmente.

2. Los servicios transfronterizos podrían fácilmente evadir los cargos por interconexión, obligando al ICE a: a) rebalancear tarifas, afectando principalmente a las clases más necesitadas, b) disminuir la calidad, afectando todo el sistema o c) recortar la inversión en redes en el país, limitando sus posibilidades de desarrollo, pues de lo contrario vería amenazada su existencia misma.

3. Los servicios transfronterizos harían que las utilidades del sector queden en manos de los operadores extranjeros y no en el país.

4. Los servicios transfronterizos harían que los operadores en el exterior afinen cada vez más sus estrategias para descremar del mercado, sin importar los demás servicios, por lo que se verían afectados principalmente aquellos menos rentables: local y rural.

5. El servicio universal se pondría en riesgo, (en Colombia los operadores cotizan un 5% de los ingreso brutos para el Fondo de Comunicaciones, para el servicio universal, a pesar de lo cual existe un enorme déficit), pues el Fondo se vería disminuido en la misma proporción en que los operadores no se establezcan en el territorio, sino que presten servicios transfronterizos.

6. Los servicios transfronterizos son prestados hoy por operadores extranjeros en forma ilegal, mediante lo que se conoce como Fraude de By Pass, concepto por el que Colombia pierde un mínimo de $100 millones por año y Costa Rica de 12, fraude que se legalizaría en el TLC.

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