En su afán de defender un proyecto universitario crecientemente elitista y prebendatario, insiste el profesor Molina en el recurso a una retórica sustentada en la inversión, la distorsión y, últimamente, la descalificación intelectual, en detrimento de un verdadero esfuerzo por dar fundamento argumentativo a las tesis en disputa sobre la participación administrativa y la problemática del profesor interino.
En vez de responder al señalamiento de que en su versión meritócrata de la democracia universitaria soslaya premeditadamente la consideración de los administrativos como constitutivo orgánico, repite cansinamente que reconozco que la tesis para defender una mayor participación administrativa se “basa en una interpretación sesgada (por parcial e incompleta) del artículo primero del Estatuto Orgánico”, reiteración que, amén de constituir una preocupante deficiencia descodificadora, evidencia la renuncia al esfuerzo por entablar un verdadero debate académico sobre el tema.
En respeto a las normas mínimas de todo diálogo plausible, lo interpelamos a que se deje de juegos diversionistas y hacer falsas atribuciones, y tenga la entereza de reconocer que su oposición a una mayor participación de los administrativos presupone la exclusión de éstos como constitutivo orgánico de la comunidad universitaria.
Pero esta actitud de falsificación semántica no es asunto de un punto aislado en discordia, recorre toda la artificiosidad retórica de este profesor, pues sólo cinco renglones abajo afirma que también admito que no diferencio “suficientemente entre institución y comunidad universitarias”, cuando lo que le he pedido al respecto es que aclarase la profunda diferencia que presuntamente encontraba él entre una y otra en la definición que se hace en el artículo primero del Estatuto Orgánico.
Afirma además el profesor Molina que omitimos referirnos a su tesis de que “de ser aprobado el proyecto de empoderamiento administrativo, la posición de éstos “se fortalecería, en detrimento –en particular- de los académicos interinos”, cuando lo cierto es que en nuestro primer artículo nos referimos a dicho argumento, alegando que el mismo partía de una premisa de base exclusionista, según la cual no es posible pretender darle mayor participación a un sector, cuando la mayoría de otros sectores no gozan de dicha participación. ¿En qué reside aquí la omisión?
Pero, ¿respondió en algún lugar el profesor Molina este alegato? Pues no, solo procura una vez más sorprender al lector afirmando que omitimos referirnos a esta otra profunda, conceptual y analítica tesis suya.
Tan deleznable y pobre disposición al debate del profesor Molina corona con sus últimas aseveraciones, en que sus argucias conceptuales y analíticas descubren que el punto central de mi argumento para abordar la situación del profesor interino, como una problemática de injusticia e inequidad y no de trasfondo académico como él pretende, descansa en la alusión marginal a cómo podría percibirse dicha problemática desde la perspectiva de los lectores de la Nación S.A. o las nuevas generaciones de posgraduados del exterior, y no en que ello es el resultado de un odioso sistema de privilegios y elitismo académicos encarnado en el Reglamento de Régimen Académico y Servicio docente, por el que más de un 50% de docentes son considerados como anómalamente contratados. ¿Qué relación guardarán las condiciones de contratación del profesor interino contempladas en el artículo 20 de dicho Régimen con un sistema meritócrata de reclutamiento y selección académicas como el que percibe el profesor Molina como trasfondo? Ni una pizca de idea al respecto, solo repite una y otra vez que nos negamos a aceptar el trasfondo específicamente académico de esta problemática, a causa, gran descubrimiento conceptual y analítico de última hora, de los prejuicios que según supone conlleva sacar conclusiones a partir de una vida de vivencias y experiencias universitarias.
Pero, si una vida académica resulta tan prejuiciosa fuente de comprensión y explicación de la problemática interina y la participación administrativa, ¿cuál será esa fuente mucho más desprejuiciada, objetiva y confiable para llegar a concluir que los administrativos no son parte constitutiva de esta comunidad universitaria y que la problemática de los docentes interinos no es tal, sino un resultado lógico de un depurado sistema de reclutamiento y selección docente?