Es nuestro anhelo ver las calles de nuestro cantón en excelentes condiciones. Por eso consideramos lamentable que el Alcalde, Fernando Trejos, haya desaprovechado el ofrecimiento del Ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco Jiménez, quien mediante el oficio DMOPT-1400-10, del 19 de abril del 2010, ofreció la maquinaria requerida para la colocación de 900 toneladas de mezcla asfáltica en el cantón.
Le sugerimos aprovechar este ofrecimiento, pero él, en cambio, con demagogia ha desinformado a la ciudadanía. Al mejor estilo de la política tradicional, el Alcalde de Montes de Oca busca culpables y no admite que no alcanzaron cuatro años para plantear soluciones al problema vial de nuestro cantón.
Ante algunas irregularidades, el Concejo Municipal exige procedimientos eficaces y eficientes que garanticen el uso racional de los fondos públicos. Por eso, miembros de este Concejo Municipal han señalado su inconformidad con el proceder de la Administración Municipal en este campo y han consultado a la Contraloría General de la República y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
El Auditor, en su informe AUDI-I-96-2010 con fecha 26 de julio del 2010, remite una serie de recomendaciones ante acciones preocupantes por parte de la Administración Municipal, en materia de ejecución de proyectos viales y que a la fecha no han sido atendidos.
Las y los miembros de este Concejo Municipal hemos venido exigiendo al Alcalde lo siguiente:
-Buscar recursos complementarios.
-Gestionar convenios con entes públicos.
-Coordinar con otras dependencias del Estado.
-Aplicar los procedimientos establecidos para contrataciones.
-Planificar las obras para que se ejecuten en verano.
-Detallar los presupuestos de proyectos por intervenir.
-Priorizar las calles por pavimentar con criterios técnicos (el índice o grado de conectividad, el número de vehículos que transitan por el tramo a intervenir, entre otros).
-Respetar que la Unidad Técnica de Gestión Vial presente un informe sobre la ejecución de cada una de las obras realizadas y garantizar, mediante el debido “Recibido Conforme”, que la obra se realizó cumpliendo con las especificaciones solicitadas, esto de acuerdo con lo establecido en el reglamento de la ley Nº 8114 artículo 14 inciso-H.