Sentencias que nos avergüenzan

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y lo Comercial Federal, un tribunal de segunda instancia de Buenos Aires, resolvió hace unos meses un

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y lo Comercial Federal, un tribunal de segunda instancia de Buenos Aires, resolvió hace unos meses un recurso promovido por una pareja de esposos a los que la seguridad social les negó su pretensión de cubrir la totalidad de un tratamiento de fertilización asistida, mediante la técnica del in vitro. Los jueces acogieron la impugnación y revocaron la sentencia del juzgado que consideró, en cambio, que no se violentaba ningún derecho con lo decidido por las autoridades médicas.

Hasta aquí alguien pensaría que esto no pasa de ser la resolución judicial de un país lejano, bastante más avanzado que el nuestro en muchos temas, pero que poca o ninguna relevancia tiene. Hay un detalle en el pronunciamiento de la Cámara de Apelaciones argentina que ha supuesto un cambio en la jurisprudencia, sin embargo, que nos atañe, aun indirectamente.

El fundamento utilizado por los jueces de la Cámara fue la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica”. Para los magistrados, a partir de los criterios vertidos por la Corte, no hay duda de que la infertilidad es una enfermedad, una limitación funcional. Por eso, quienes la padecen deben considerarse protegidos por los mismos derechos de las personas con discapacidad. Esto implica, zanjaron, “…el acceso a las técnicas del más alto y efectivo progreso científico para el ejercicio de la autonomía reproductiva; y, además, la prohibición de restricciones desproporcionadas e innecesarias de iure o de facto para hacer uso de las decisiones reproductivas…” (Sentencia en causa 5642/ 2010 de 22 de marzo de 2013, considerando 4). El Tribunal ordenó que se otorgara la cobertura integral del tratamiento todas las veces que fuera necesario.

Mientras tanto aquí, aquí paz y después gloria. El pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya está generando efectos positivos para quienes sufren problemas de fertilidad, pero afuera. Porque lo vergonzoso de todo esto es que el país condenado, casi un año después, continúa desobedeciendo la orden de un tribunal cuya jurisdicción Costa Rica aceptó desde hace muchísimos años. Más claro todavía, la Corte Interamericana de Derechos Humanos no ha actuado como órgano extranjero, como con toda irresponsabilidad han dicho algunos, lesionando la soberanía del país. La Corte hace parte del entramado jurisdiccional costarricense. Poco que decir, que una sentencia no se está acatando y, lo verdaderamente grave, que los derechos fundamentales de un número importante de ciudadanos están siendo vulnerados permanentemente por el Estado. Ni hablar de la ironía de que la sede de la Corte esté en San José.

La palpitante ciudad de Buenos Aires está a 8 000 kilómetros de San José; la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y lo Comercial nos hace dudar si no está también, por lo menos, a la misma distancia en años. Bien por ellos, terrible para nosotros porque, una vez más, se nos retrata como un país anclado en el tiempo, presa de los grupos más conservadores y fundamentalistas. Por lo pronto, habrá que seguir esperando. El Congreso anuncia ya, sin ningún rubor, que los diputados podrían irse a unas largas vacaciones para participar en el proceso electoral, con lo cual la imprescindible respuesta legislativa a la decisión de la Corte se mantendrá, para nuestra desgracia, en suspenso.

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