Ley de radio genera divergencias

Un nuevo intento por modernizar la ley de radio y televisión es planteado en la Asamblea Legislativa y, como ocurrió en el pasado, sectores

Un nuevo intento por modernizar la ley de radio y televisión es planteado en la Asamblea Legislativa y, como ocurrió en el pasado, sectores empresariales lo objetan.

Hay 113 frecuencias radiofónicas comerciales asignadas, de las cuales 74 son emisoras afiliadas a la Cámara Nacional de Radio.

El intento de ordenar la forma como el Estado otorga frecuencias radiofónicas en el país y el deseo de que las emisoras paguen lo justo por el uso del espectro radioeléctrico, genera divergencias entre empresarios, comunicadores y legisladores.

El esfuerzo no es nuevo, ya a mediados de los años 70, cuando la escritora Carmen Naranjo propuso un proyecto de ley que ordenara la entrega de concesiones de radio por parte del Estado, la oposición de sectores empresariales abortó la iniciativa.

Otros intentos por modificar la Ley de Radio han tenido la misma suerte. Debe recordarse que la actual legislación fue promulgada el 16 de junio de 1954 y modificada el  2 de noviembre de 1967.

A la fecha hay 113 frecuencias radiofónicas comerciales asignadas, de las cuales 74 son emisoras afiliadas a la Cámara Nacional de Radio.

El más reciente intento por modificar esta normativa fue planteado por las diputadas Aída Faingezicht y Laura Chinchilla, quienes redactaron un proyecto según el cual la explotación de servicios públicos de telecomunicaciones deberá fundamentarse ante la Oficina de Control de Radio solicitando las frecuencias requeridas para el funcionamiento.


En este sentido, el Ministerio de Gobernación tendrá la potestad de reservar bandas o frecuencias no asignables a particulares, reservándolas para el desarrollo de la ciencia y la técnica, ampliación de nuevas tecnologías o para establecer el mejor uso de ellas de acuerdo con recomendaciones internacionales.

La propuesta indica que no se podrá otorgar más de una frecuencia a personas jurídicas o físicas, excepto que se requieran varias frecuencias para enlazar sus transmisiones.

Establece además que las empresas deberán estar conformadas con 65% de capital nacional.

Según el plan, las concesiones son intransferibles, salvo causa de muerte cuando los herederos usen la frecuencia en los mismos términos y por el plazo que restaba a concesión otorgada.

Se da una vigencia de cinco años en las concesiones que se otorgan para la radiocomunicación utilizada para agricultura, ganadería, industria o comercio. Las destinadas al comercio entre particulares y los servicios de radiodifusión sonora y de televisión, tendrán una vigencia de diez años.

Se podrán prorrogar en forma automática, siempre y cuando se demuestre que el servicio brindado cumple con lo establecido por la ley, su reglamento y el contrato de concesión.

Otro aspecto es que las frecuencias para servicios de radiocomunicación serán otorgadas por licitación pública según los cánones de la Ley de Contratación Administrativa. La base del monto económico del derecho de concesión supera los $10 mil y el solicitante deberá demostrar mediante documentos idóneos la procedencia del capital por invertir; además deberá hacer una declaración jurada de que no posee otras frecuencia para el uso de servicios de radiocomunicación.

En casos de emergencia, Control de Radio podrá autorizar el uso de frecuencia o canales de radiocomunicación por un plazo no mayor a los 30 días, pudiendo renovarse el plazo en el plazo que persista la situación.

La normativa propuesta por las diputadas señala claramente que los medios de comunicación deberán destinar una hora semanal para fines de divulgación científica y cultural, con el fin  de informar a la población acerca de logros y necesidades de las instituciones estatales.

En período electoral este espacio será cedido al Tribunal Supremo de Elecciones para dar instrucciones acerca de los temas electorales y debates con los candidatos. El espacio será cedido entre las 12 horas y las 20 horas.

PAGO POR CONCESIONES

La iniciativa legal propone actualizar las tarifas que pagan los concesionarios de frecuencias radiales. Así, quienes hagan uso de frecuencias o canales de comunicación para el servicio privado de la industria o comercio, pagarán una tarifa única equivalente a tres salarios base por derecho a la concesión durante el plazo de la concesión.

Las utilizadas para servicios privados de radiocomunicación en industria, comercio o agricultura, pagarán un canon equivalente a un salario base por cada frecuencia utilizada.

En el caso de banda ciudadana (radioaficionados) ese canon equivale a una décima parte del salario base.

Las licencias otorgadas al servicio marítimo y aeronáutico pagarán también una décima parte.

Los servicios de búsqueda de personas o «bíper» pagarán anualmente diez veces el salario base; cada repetidora, el equivalente a un salario base; y cualquier otro servicio no establecido anteriormente un canon anual en razón de la anchura de banda utilizada, equivalente al salario base por cada 25 KHz.

La suscripción y distribución por cable, por satélite o por ondas radioeléctricas pagará anualmente el equivalente a 10 salarios base. Las de música ambiental que se utilizan en centros comerciales u hoteles deberán desembolsar cinco salarios base.

La frecuencia de amplitud modulada en zonas rurales pagará el equivalente a tres salarios base si sus frecuencias oscilan entre los 530 y 1000 KHZ, las superiores dos salarios base.

Si se ubican en el Valle Central, pagarán cinco salarios base si oscilan entre 530 y 1000 KHZ, pero si son superiores, tres salarios base.

La radiodifusión sonora en onda corta pagará el equivalente a un salario base.

En zonas rurales donde se transmita en frecuencia modulada se desembolsará el monto de cinco salarios base y diez si tienen cobertura nacional.

La televisoras cancelarán doce salarios base, además de tres salarios por cada canal utilizado como repetidora. Si los canales son rurales, pagarán tres salarios base.

El pago variará si se trata de canales que transmitan en UHF: cinco salarios base hasta por un plazo de 10 años y pasado ese plazo deberán cancelar según lo estipulado para los canales VHF.

INFRACCIONES

La ley señala claramente las infracciones a la ley que puedan cometer los dueños de las concesiones y fija multas en diferentes casos.

Por ejemplo, son consideradas infracciones gravísimas: operar sin la respectiva concesión, interferir o interceptar intencionalmente servicios de radiocomunicación, obstruir o negarse a la inspección administrativa que realice Control de Radio, emitir señales de identificación falsas o engañosas, cometer 3 o más infracciones graves en un año. Estas sanciones tendrán una multa de 10 salarios base.

Se consideran faltas graves el uso de lenguaje ofensivo, injurioso o contrario a la moral y las buenas costumbres en medios de radiocomunicación pública, funcionar sin la autorización respectiva, cambio de ubicación de la estación transmisora sin previa autorización de Control de Radio, interferir en perjuicio de otro servicio. Estas infracciones se sancionan con el pago de 5 salarios base.

Quien utilice servicios inalámbricos para brindar servicio de radiocomunicación sin la concesión o licencia respectiva, se sancionará con penas de 6 meses a tres años de prisión.

REACCIONES

Aunque el proyecto no ha ingresado a la corriente legislativa, las reacciones a favor y en contra ya se hacen sentir.

Para Raúl Silesky, Presidente del Colegio de Periodistas, «la propuesta es muy oportuna pues la legislación vigente en materia de radio y televisión en muy antigua y debe ordenarse la forma como se otorgan las concesiones».

Se mostró anuente a que los empresarios aporten al Estado una suma razonable de dinero por la utilización del espectro radioeléctrico.

Otro aspecto positivo en su opinión es el ordenamiento en el traslado de frecuencias de radio, pues «ahora las frecuencias se traspasan de mano en mano sin el orden debido».

Criticó a la Oficina de Control de Radio, adscrita al Ministerio de Seguridad, la cual no funciona por la falta de recursos.

Sin embargo reconoció que el Colegio de Periodistas estudia una propuesta alterna que podría presentar en conjunto con la Cámara Nacional de Radio (CANARA) que ya ha hecho observaciones a la reforma de la ley.

Andrés Quintana, director de la Cámara dijo a UNIVERSIDAD que el proyecto de las diputadas es injusto al no tomar en cuenta que la mayoría de las radioemisoras que funcionan en el país son de patrimonio familiar.

Aunque reconoció que no todas las emisoras forman parte de CANARA, argumentó que «el 65% o más de las empresas radiofónicas son fruto del esfuerzo de personas amantes de la radio que aportaron recursos de sus familias para brindar un servicio a la comunidad y al país».

«De alguna forma la propuesta de las diputadas quiere castigar con el pago anual al Estado de ese esfuerzo familiar», dijo. Por eso, CANARA «propondrá cambios en esa iniciativa de ley que permita equilibrar el texto».

Quintana consideró que la entrega de concesiones de radio no es tan desordenada como se ha mencionado, pero dijo estar de acuerdo en que se regule de mejor forma.

En relación con la presencia de capital privado en empresas radiofónicas y televisivas, Quintana argumentó que de presentarse es mínimo, pues la ley vigente impide que los medios estén en manos de personas no costarricenses.

Sin embargo, para Raúl Sileski, el problema es grave pues «hay periodistas y empresarios que prestan su nombre a empresas extranjeras para burlar la ley».

Sileski reconoció que «no hay instrumentos legales para eliminar este tipo de mampara».

Por su parte los directores de medios de comunicación, en un proyecto tendiente a fortalecer el derecho a la información, propusieron que se modifique la actual Ley de radio y televisión para que se creen archivos transitorios de los programas y noticiarios que se transmitan en las estaciones de radio y televisión.

Lo anterior con el fin de que las personas afectadas o aludidas en dichas emisiones, puedan conocer su contenido y ejercer las acciones legales que estimen correspondientes, como podrían ser el derecho de respuesta, una rectificación o una querella. Actualmente no hay ninguna norma que obligue a las empresas de radiodifusión o televisivas a mantener en archivo un tiempo determinado los programas emitidos, pese a ser empresas que realizan una actividad de interés público.

El Colegio de Periodistas tiene conocimiento de quejas de personas afectadas que han acudido a esas empresas en busca de una copia de los programas citados y no los encuentran, pues les argumentan que los casetes o vídeos fueron borrados y usados de nuevo. Para garantizar el derecho a informarse de lo que se publicó y difundió, se propone un plazo de quince días para mantenerlos sin borrarlos.

Esta propuesta fue aprobada inicialmente en una comisión especial legislativa que pretende la defensa del derecho a la información, pero que no ha sido convocada de nuevo a sesionar en el Primer Poder de la República.

Si por la víspera se saca el día, aunque hay buenas intenciones, la ley de radio actual, pese a sus deficiencias, seguirá rigiendo por muchos años más en el país.

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