Refugio Gandoca-Manzanillo: Contraloría reclama inmediato desalojo de hotel

La Contraloría General de la República reclamó ante un Tribunal Contencioso Administrativo la ejecución “inmediata” del desalojo al Hotel las Palmas, en Punta Uva

Afirma que no hay excusa para que no se haya efectuado el desalojo del hotel Las Palmas.

La Contraloría General de la República reclamó ante un Tribunal Contencioso Administrativo la ejecución “inmediata” del desalojo al Hotel las Palmas, en Punta Uva de Limón, el cual se encuentra dentro del Refugio Gandoca- Manzanillo.

El reclamo pretende que el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) ejecuten este acto administrativo, que quedó en firme desde el 2004.
El hotel Las Palmas, propiedad del checo Jan Kalina, fue construido en1989 y su permiso de uso de suelo fue revocado en 1990. Debido a los daños ambientales que ocasionó la construcción fue objeto de las luchas de la comunidad aledaña al refugio; hechos que inspiraron la novela “La Loca de Gandoca”, escrita por Anacristina Rossi.

DEMORA INJUSTIFICADA

La audiencia se realizó el pasado 7 de octubre en presencia de representantes de la Contraloría, la Procuraduría General de la República, el SINAC y el Ministro de Ambiente, Jorge Rodríguez, en condición personal.
Como abogado de Rodríguez, se presentó el constitucionalista Fabián Volio; pero ambos fueron desestimados como objeto de la demanda por parte de la Contraloría, con el fin de aligerar el proceso (ver recuadro).
Luis Diego Ramírez, abogado de la Contraloría, expuso las pretensiones de este órgano en cuanto a que se ejecute cuanto antes el desalojo a Jan Kalina; el cual fue ordenado en 1993, y tras superar una serie de escollos legales, quedó en firme hace cinco años, sin que la orden se ejecutara efectivamente.
“Desde abril de 2004, el obstáculo jurídico fue removido; ya no había ninguna justificante ni técnica ni jurídica para realizar el acto. (…) Siendo el mismo MINAET el que tiene por competencias proteger el refugio,  no había una sola razón justa para no realizar la conducta administrativa”, afirmó Ramírez.
Recordó que ante la “negligencia y demora excesiva”, se han emitido resoluciones de varias instituciones como la misma Contraloría, la Defensoría de los Habitantes y fallos de la Sala Constitucional.
De acuerdo con Ramírez, el MINAET señaló en respuesta a estos documentos que procedería al desalojo entre el 16 y 22 de febrero de este año, lo cual no se dio; y de igual manera se dieron las fechas del 1 al 5 de septiembre y del 28 al 30 de septiembre; pero tampoco se produjo.
“Esto es una burla a la colectividad, al interés público, a los derechos fundamentales, y  a la legislación de la zona marítimo – terrestre”, afirmó Ramírez.
El abogado insistió al tribunal que se ordene el inmediato desalojo de todas las personas físicas y jurídicas del terreno en cuestión y que una vez efectuado, se tomen las medidas para que nadie vuelva a entrar al lugar.
Sin haber sido notificado, Jan Kalina envió una carta al tribunal solicitando se le incluyera en el proceso  a él y a todas las sociedades que serían objeto del eventual desalojo.
Sin embargo, a la solicitud se opusieron los representantes de la Procuraduría, Contraloría y SINAC, mientras que el abogado del ministro Rodríguez no se opuso.

TIEMPO PARA COORDINAR

La abogada del SINAC, Sabrina Loáiciga, aseguró que la administración activa ha tomado todas las medidas para ejecutar el acto administrativo que se demanda, inclusive, la creación de una comisión que definiera un protocolo y las etapas por seguir en este caso.
“El SINAC está logrando eficientemente cada una de las etapas, para lo que requiere un plazo prudencial y una coordinación interna, con el objetivo de obtener el apoyo, y una coordinación con instituciones como el Ministerio de Seguridad Publica, pues no es solo ir y presentarse al sitio, requiere de una estrecha coordinación”, afirmó Loáiciga.
La abogada habló de la necesaria coordinación con la Cruz Roja, la Comisión Nacional de Emergencias, y funcionarios del SINAC para lograr el apoyo logístico necesario para el desalojo; además de la necesidad de la “intimación” con Kalina previo a la ejecución del acto.
El SINAC planteó como nuevas fechas para el acto entre el 3 y 6 de noviembre próximos, pues indicó que requiere tiempo para lograr dicha coordinación; al tiempo que pidió se obligue al Ministerio de Seguridad a participar en el proceso.
Según citó la abogada, este desalojo requiere de 120 funcionarios operativos y entre 80 y 70 oficiales de la Fuerza Pública.
Además explicó que el acto no se realizó en septiembre porque el ministro Jorge Rodríguez se encontraba en Nueva York junto al presidente Arias, y la ministra en ejercicio, Hannia Vega, no firmó los documentos necesarios para ejecutarlo.

¿DESALOJO O INVASIÓN?

Ronny Bassey, de la Procuraduría General de la República, criticó el hecho que tras casi 20 años de revocado el permiso, el señor Kalina se mantiene lucrando en terrenos de los cuales se le ordenó salir.
“Se ha producido un daño ecológico terrible; y  mientras nosotros estamos manifestando en foros internacionales que el país hace actos de conservación, un extranjero viene y hace todo lo contrario, y mediante artilugios ilegales y legales, hoy el señor está ahí”, afirmó.
Bassey pidió a la jueza ordenar la ejecución del desalojo, y se señale con claridad la obligación de los jerarcas que deben llevarla a cabo, así como sus sustitutos en caso de que no se encuentre el titular en el país, con el fin de no detener el acto nuevamente por esos motivos.
El representante del Estado cuestionó la necesidad de la “intimación” con Kalina previo al desalojo, pues ya desde 1993 él sabe que el permiso le fue revocado; pero pidió que en todo caso se le notificara a la dirección que indicó cuando presentó el documento pidiendo ser parte de este proceso.
También cuestionó la necesidad expuesta por el SINAC, de coordinar con el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) para sacar a los huéspedes del hotel al momento del desalojo.
“Eso es problema de persona privada contra persona privada, si quieren que demanden al señor Kalina, nosotros no tenemos por qué cubrirle las espaldas a nadie”, afirmó Bassey.
El abogado cuestionó por qué se requiere de tantas personas para realizar el desalojo y aseguró que parece que se está preparando una “invasión”, al tiempo que criticó las largas que se han dado al asunto.
Bassey también pidió que se garantice que una vez desalojado el lugar y recuperado a favor del Estado, nadie vuelva a entrar al terreno, como ocurrió en el 2007 cuando se hizo mal un intento de desalojo y Kalina volvió a ingresar al lugar.
La sentencia de este proceso sería leída el 13 de octubre, ya pasado el cierre de esta edición.


 

Responsabilidades para después

El abogado de la Contraloría General de la República, Luis Diego Ramírez, explicó a UNIVERSIDAD por qué se decidió desestimar la participación del ministro Jorge Rodríguez en el proceso ante el Tribunal Contencioso Administrativo.

¿Cuál es el objetivo de esta demanda?

-Que se ejecute de forma clara y efectiva una resolución administrativa dictada por el MINAET en 1990 que revocó un permiso de uso, el cual fue otorgado al Complejo turístico Punta  Uva, cuyo apoderado generalísimo es Jan Kalina.
La intención es ejecutar esa resolución, que implica la recuperación inmediata de ese terreno, ubicado dentro del refugio de vida silvestre Gandoca Manzanillo y en la zona marítimo terrestre y por ende es un bien de dominio público.
La Contraloría estima que no hay al día de hoy una justificación válida para que intente entorpecer más la recuperación del terreno.

¿Por qué se desestimó la demanda contra el ministro Rodríguez?

– Las pretensiones eran sentar un grado de responsabilidad del ministro en este caso. La sección sexta del tribunal contencioso estimó que este proceso se podía llevar por una agilización mayor, un poco más rápido. Esto implicaba acomodarse a un tipo de proceso en el que no se podían ventilar por el momento esas pretensiones

¿Significa que se liberó de responsabilidad al ministro?

– Lo ocurrido no implica que alguna autoridad judicial o en sede administrativa instaure un proceso por responsabilidad penal o civil, o que no se les pueda seguir una causa a futuro si se determina su responsabilidad. 


 

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