Presidente de la JUPEMA defiende pago millonario a directivos

El presidente de la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional (JUPEMA), Edgar Durán, defendió la actuación de esta institución en el pago de ¢68

Exdirector ejecutivo de la JUPEMA asegura que los pagos que recibió están ajustados a derecho.

El presidente de la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional (JUPEMA), Edgar Durán, defendió la actuación de esta institución en el pago de ¢68 millones que fueron distribuidos entre directivos y exdirectivos en diciembre pasado.

Se trata de pagos retroactivos por concepto de la “prohibición” (65% por ciento sobre el salario) que se debía pagar al entonces director ejecutivo de la JUPEMA, Alfredo Hasbum, quien no había recibido la remuneración correspondiente por ese rubro.
El pago a Hasbum, derivó en un incremento del monto por dietas que reciben los directivos de la JUPEMA, que corresponde a un 3.75% del salario del director ejecutivo, el cual se aplicó de manera retroactiva, inclusive para personas que ya no forman parte de la entidad.
La presidenta de la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE), Mélida Cedeño, denunció ante UNIVERSIDAD que estos pagos se realizaron sin el estudio técnico debido, aunque no se ha determinado ningún acto ilegal hasta el momento.
Ante sus denuncias, el presidente de la junta directiva de la JUPEMA, Edgar Durán, envió a este Semanario las respuestas a las consultas formuladas días atrás sobre este tema.

PAGO NECESARIO

Consultado sobre las razones por las cuales la JUPEMA realizó el pago a Hasbum sin el estudio técnico correspondiente, Durán explicó que el desembolso era necesario y se realizó en total apego a las directrices establecidas tanto por la Contraloría como por la Procuraduría General de la República.
“Se debe tener presente que la prohibición es un derecho de índole laboral, que le corresponde obligatoriamente a todo trabajador que ve limitada su libertad de trabajo. Por ser una orden de rango legal, ni el trabajador puede rechazarla, ni el patrono negarla. Aún más, no puede ni siquiera negociarla”, afirmó Durán.
Alfredo Hasbum  no cobró el dinero correspondiente a la prohibición, sino un mes antes de concluir su permanencia en la junta, por lo cual el pago era obligatorio, según explicó Durán.
Para hacer el pago a Hasbum, era necesario realizar un estudio técnico para determinar cuál base dentro de la escala del Servicio Civil se podía utilizar como referencia para el cálculo de la prohibición; esto, porque en la JUPEMA se paga bajo el sistema de “salario único”.
“Se estudió si el salario único incorporaba ya este pago, sustentados en informes del Departamento de Recursos Humanos; se solicitó una declaración jurada del interesado donde constara  que nunca había ejercido trabajos de manera privada, ni pública, se confirmó su grado profesional  académico, su incorporación  al Colegio Profesional respectivo y que la profesión se catalogara como liberal”, puntualizó Durán en su respuesta.
De acuerdo con Durán, también se realizó la consulta al asesor legal de la junta directiva; en ese momento, la auditoría de JUPEMA no presentó objeción alguna.
Sobre este punto, la APSE presentó un documento del 13 de enero del presente año -luego de que el pago ya se había realizado-, en el que el propio Durán solicita a la jefa de Recursos Humanos, Yanori Abarca, la información sobre el salario devengado por el director ejecutivo.
Abarca, quien fue la que determinó que a Hasbum se le pagara con el salario base de referencia del Gerente de Servicio Civil 3, responde a Durán que “no se ha localizado ningún documento que desglose los “pluses salariales” ni el monto equivalente al salario base que contiene el salario único establecido para el puesto de Director Ejecutivo”.
No obstante, Durán insistió en que el estudio sí se realizó y fue realizado por  el Departamento Financiero con la participación del Departamento de Recursos Humanos.
“Se partió de un punto fundamental: que se escogiera una escala del sector público, la del Servicio Civil, que es la que establece salarios bases más bajos en la Administración Pública”.
“Comparada esta con los diferentes puestos o categorías de la JUPEMA, en aspectos como: jerarquía, responsabilidad del cargo, funciones, tal y como lo ha indicado la Procuraduría y Contraloría, se homologó los puestos”, agregó.
Sobre el porqué la junta directiva de la JUPEMA hizo las consultas hasta inicios de este año, luego de que los pagos se realizaron en diciembre pasado, Durán aclaró que la actual junta directiva inició funciones hasta el martes 5 de enero del 2010.
“Ante la duda de lo actuado en el caso especifico del pago del reajuste de dietas a los Directores y Exdirectores, se ordenó (hacer) los informes correspondientes a la Administración y  al  Departamento de Recursos Humanos”, manifestó Durán.
Además, hizo ver que la Auditoría Interna expresó dudas por el número de dietas canceladas y sus montos, mientras que uno de los directores realizó una “consulta oral” a la Contraloría, y posteriormente se envió la consulta formal.
“Sin embargo, no existe  ningún acuerdo de la Junta Directiva que disponga la cancelación de dietas a los Directores, ni pago retroactivo a los señores  exDirectores;  ni acuerdo alguno que sustente la  modificación presupuestaria que diera contenido a dicho pago.  Lo actuado, responde a decisiones de la Administración  en el mes de diciembre del 2008”, añadió Durán.
El directivo declaró que en la consulta a la Contraloría General de la República, sí se indica que el pago tanto a Hasbum como a los directores y exdirectores ya se realizó, en respuesta a la acusación de Cedeño al respecto.
Finalmente, Durán explicó que los cheques emitidos por la JUPEMA en fechas posteriores al 18 de diciembre, cuando la entidad ya había cerrado, se realizó porque después de esa fecha “siempre deben trabajar algunos funcionarios, especialmente del Departamento de Recursos Humanos y el Departamento Financiero Contable”, quienes deben encargarse de planillas a trabajadores por servicios especiales y el seguimiento de las inversiones por parte del  Departamento de Inversiones.


 

Alfredo Hasbum:“Se respetó lo establecido por la Junta Directiva”


El exdirector ejecutivo de la JUPEMA, Alfredo Hasbum, solicitó a UNIVERSIDAD la publicación del siguiente derecho de respuesta, tras la publicación de este semanario “Junta de Pensiones del Magisterio: Reparten ¢68 millones entre directivos sin estudio técnico”
En su respuesta, Hasbum aclara que siempre estuvo dispuesto a responder las consultas de este Semanario, pero no fue localizado a su número actual de teléfono celular.
UNIVESIDAD ofreció a Hasbum una entrevista para detallar sus opiniones sobre este tema, pero indicó que prefería la publicación de lo siguiente:

-Como bien lo indica la propia señora Presidenta de APSE, el pago por concepto de prohibición que acordó la Junta Directiva a mi favor en el mes de diciembre, se encuentra plenamente ajustado a derecho (fundamentado en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito), y fue dictaminado por escrito favorablemente en su oportunidad por los Licenciados Diego Vargas, Jefe del Departamento Legal de la Junta, Oscar Madrigal, Asesor Legal de la Junta Directiva y el Doctor Enrique Rojas Franco, experto en Derecho Administrativo.
El pago de prohibición se solicitó por escrito a la Junta Directiva en diciembre 2009, por cuanto ya había sido solicitado verbalmente antes, pero no se había aprobado, pese a ser un derecho laboral incuestionable y pese a que el suscrito desde el año 2005 respetó la limitación absoluta al ejercicio profesional independiente que tal Ley dispuso.
En cuanto a la ausencia de un “estudio técnico” para determinar los montos a pagar, que se echa de menos en el artículo, debo indicar lo siguiente:

a. Con motivo del análisis que la Junta Directiva hizo durante los años 2008 y 2009, del pago del plus de anualidades que debía hacerse a favor de funcionarios de la Junta de Pensiones por haberlo dispuesto así la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, la Junta dispuso utilizar como salarios base de referencia los de la escala del Servicio Civil (decisión que por supuesto favorecía los intereses de la Junta de Pensiones, al ser esta escala la más baja de la Administración Pública). Esto puede corroborarse en actas de Junta Directiva donde se discutió este tema.

b. De manera entonces que el hecho de que el Departamento de Recursos Humanos de la Junta aplicara el salario de referencia del Servicio Civil para el puesto de Director Ejecutivo, simplemente respetó lo que ya había establecido el Órgano Colegiado desde antes en materia de utilización de salarios base de referencia para el pago de pluses salariales. De hecho, haber usado cualquier otro salario de referencia, hubiera implicado una mayor erogación para la Junta.


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