Portabilidad numérica: un derecho de los usuarios

En los últimos meses hemos escuchado bastante sobre la Portabilidad Numérica (PN); sin embargo, una gran mayoría de los usuarios de la telefónica móvil

En los últimos meses hemos escuchado bastante sobre la Portabilidad Numérica (PN); sin embargo, una gran mayoría de los usuarios de la telefónica móvil en nuestro país continua sin conocen realmente qué es la PN y que en el fondo es UN DERECHO DEL USUARIO. Suponemos que ello se debe a que no se le ha dado un enfoque informativo, ya que hemos visto que toda noticia en torno a la PN va dirigida a temas polémicos sobre su proceso de implementación, siendo la última noticia la supuesta relación comercial entre Telefónica y la empresa española Informática El Corte Inglés.

En otros países los entes reguladores, similares a la SUTEL, han realizado campañas informativas sobre el proceso de PN con la intención de informar a todos los usuarios sobre ese derecho, pues al fin de cuentas serán estos los que decidan si ejecutan o no ese derecho, para lo cual es necesario informar a los usuarios y que estos decidan lo que más les convenga.

En palabras sencillas, la PN es el derecho que tienen los usuarios a conservar su número telefónico (sea móvil o fijo) en caso de que estos deseen cambiar de operador del servicio de telefónica, cambio que debería realizarse sin menoscabar la calidad, confiabilidad o conveniencia del servicio. De momento se dará una PN parcial pues solo se aplicará al servicio de telefónica móvil.

Según un estudio reciente realizado por la firma Signal Telecom Group para la SUTEL, en otros países la PN ha funcionado para que los operadores móviles introduzcan promociones más agresivas a los fines de proteger su cartera de abonados o incluso para captar nuevos abonados por medio del empaquetamiento de servicios. Además, se ha determinado que la PN no genera un éxodo masivo de usuarios de un operador a otro ni necesariamente beneficia al operador más pequeño del mercado, tanto es así que en la mayoría de países de Latinoamérica donde ya se ha implementado la PN el porcentaje total de números portados es inferior al 1% (en Brasil un 0,98%, en Colombia un 0,91%, en México un 0,67%, en Ecuador un 0,62%, y en República Dominicana un 0,39%). También se ha determinado que la principal razón para migrar a otro operador es la búsqueda de un servicio de mejor y mayor calidad y cobertura; sin embargo, consideramos que el precio también va ser un factor determinante para migrar a otro operador.

Según las “buenas prácticas” internacionales, el proceso de PN no debe tardar más de 5 días hábiles. En nuestro país la SUTEL ha definido que la operación de PN no deberá demorar más de 3 días hábiles, eso para el primero año, y para el segundo año y siguientes, está programado para que demore 1 día hábil. Según estudios sobre la PN, cuanto más ágil y expedito sea la operación existe la posibilidad de que se logre una mayor cantidad de números portados. Otro elemento para considerar son los contratos con operadores (planes post-pago), pues son considerados una de las principales barreras a que podrían enfrentarse los usuarios, ya que tendrían que esperarse hasta que venza el contrato para poder cambiarse de operador.

En síntesis, la PN es un derecho de los usuarios que incluye el derecho a elegir el operador, el derecho a que realice el cambio (PN) dentro de un plazo razonable y sin afectar el servicio, el derecho a exigir un servicio de calidad por parte del nuevo operador, y por último, el derecho a exigir a la SUTEL y demás entidades públicas y privadas involucradas en el proceso, la pronta y eficiente implementación de la PN en nuestro mercado.

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