Objetan limitaciones a entrega de frecuencias

La falta de frecuencias radiofónicas para satisfacer las necesidades de sectores que pugnan por un espacio en el dial, podría superarse con un reordenamiento

La falta de frecuencias radiofónicas para satisfacer las necesidades de sectores que pugnan por un espacio en el dial, podría superarse con un reordenamiento del espectro.


Representantes de diversos sectores plantean unirse para exigir un reordenamiento en la distribución de frecuencias radiofónicas.

«El mecanismo que la Oficina de Control de Radio utiliza para asignar frecuencias de radio roza la Constitución Política e incumple convenios internacionales firmados por Costa Rica».

Así de directo es el abogado Francisco González, quien junto con diversas organizaciones sociales y personas interesadas en acceder a nuevas frecuencias de radio, plantearán en los próximos días un recurso ante la Sala Constitucional para asegurar el derecho ciudadano a operar radios comunitarias.

La divergencia no es nueva, obedece a la ambigüedad que en materia legal rige la radiodifusión en Costa Rica y a las limitaciones económicas, legales e incluso técnicas con las que opera la Oficina de Control de Radio, adscrita al Ministerio de Gobernación y encargada de regular la utilización del espectro de ondas radiales en el país.

Según el artículo 121 de la Constitución Política el espectro radiofónico es un bien que no puede salir del control estatal y está destinado al uso público, no pertenece individualmente a particulares y sobre el cual no se puede adquirir un derecho de propiedad.

Así, los servicios inalámbricos sólo podrán ser explotados por la administración pública o por particulares, de acuerdo con la ley o mediante concesión especial otorgada por tiempo limitado y con arreglo a las condiciones que establezca la Asamblea Legislativa.

 

La Ley 1758, conocida como la Ley de Radio, crea el departamento de Control Nacional de Radio para mantener índices de registro para las estaciones, recibir, estudiar e informar sobre las solicitudes de licencia, inspeccionar las estaciones de radio, informarse sobre las infracciones a la ley e informar al Ministerio de Gobernación las infracciones a la ley que se cometan en aspectos de radiodifusión.

El Departamento de Control de Radio creó su propio reglamento en el cual establece que para la frecuencia modulada debe haber una separación de canales de 400 KHz y con ese parámetro, ya no hay más frecuencias libres de asignar.

 

NUEVOS CRITERIOS TÉCNICOS

 

Para la Unión Internacional de las Telecomunicaciones (UIT), los parámetros especificados por el país no son correctos.

La UIT es un ente adscrito a Naciones Unidas con el fin de cooperar internacionalmente para el mejoramiento y el empleo racional de toda clase de telecomunicaciones.

Esa organización impulsa el desarrollo de los medios técnicos y su más eficaz explotación, a fin de aumentar el rendimiento de los servicios de telecomunicación, acrecentar su empleo y generalizar lo más posible su utilización por el público.

Costa Rica suscribió el Convenio internacional de Telecomunicaciones a través de la Ley 8100 del 19 de octubre de 1999 y sus modificaciones posteriores.

Según la UIT, la norma recomendada para la separación de las frecuencias es de 300 Khz, o sea, esa separación puede ser de 300 Khz o de 200 para el caso de canales de FM monofónicos y no los 400 consignados por la legislación costarricense.

Este argumento técnico es el que permitiría a organizaciones sociales, comunidades y empresarios locales acceder a frecuencias locales que son negadas por el Departamento de Control de Radio.

Una investigación realizada por Francisco González sobre el ancho de banda necesario para la difusión en FM y la separación de canales, evidencia que si hubiera decisión política, el error se podría corregir y democratizar el acceso a las frecuencias.

Para él, la forma como se distribuye el espectro radioeléctrico no es la más eficiente y por eso propone ordenar el espectro de una forma más eficiente, lo cual permitiría ofrecer 17 frecuencias adicionales en las cuales se podrían colocar unas 100 emisoras rurales de alcance limitado.

González recordó que la ley define requisitos técnicos mínimos a los radiodifusores para que puedan operar.

«Si se distribuye de manera más eficiente habría que  profesionalizar el Departamento de Control de Radio, adscrito al Ministerio de Gobernación y ser más drásticos en los controles de quienes utilizan las frecuencias. Pero eso es posible si las autoridades lo desearan», agregó.

Señaló algunos vacíos del proyecto de modificación a la ley de radio que presentaron las diputadas Aída Faingezicht y Laura Chinchilla, como por ejemplo designar un  número determinado de frecuencias sin que salgan a concurso público.

Además consideró peligroso «otorgar a Control de Radio la potestad de otorgar las frecuencias sin consultar al ministro del ramo o al Presidente de la República. Esto es una puerta peligrosa para la corrupción», acotó.

Para ello propone que grupos y sectores interesados  se organicen con el fin de presentar un nuevo recurso que cuestione las limitaciones de la Ley de Radio que imposibilitan el acceso a las frecuencias de radio.

González no descartó que en los próximos días, organizaciones sociales, grupos de vecinos y comunidades se unan para presentar un recurso de inconstitucionalidad ante la Sala IV para abrir la reasignación de frecuencias respetando los parámetros de la UIT.

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