Procuraduría apela medidas cautelares contra proyecto de Crucitas

“Más claro no puede quedar el contubernio entre el Estado y la empresa canadiense Industrias Infinito”, reclamaron organizaciones ambientalistas al enterarse de que la

Ambientalistas critican al Gobierno por convertirse en “fiel sirviente” del proyecto minero en Crucitas.

“Más claro no puede quedar el contubernio entre el Estado y la empresa canadiense Industrias Infinito”, reclamaron organizaciones ambientalistas al enterarse de que la Procuraduría General de la República (PGR) apeló la medidas cautelares que impuso el pasado 23 de abril el Tribunal Contencioso Administrativo al proyecto minero.

El mismo malestar por la intromisión del órgano defensor del Estado, externó a este Semanario el exmandatario Abel Pacheco, quien durante su gestión declaró una moratoria nacional de la minería a cielo abierto, como la que se quiere hacer en la zona de Las Crucitas, cercana a la frontera con Nicaragua.

Con lo dispuesto por el mencionado tribunal, la minera Infinito se ve frenada en cuanto a continuación de obras y entrada en operación, hasta tanto se resuelva por el fondo los cuestionamientos de los ambientalistas.

“Es una vergüenza que el Estado costarricense defienda los intereses de una compañía minera transnacional, en lugar de defender los intereses del pueblo”, reclamó Edgardo Araya, abogado de la organización Unión Norte por la Vida.
Por su parte, Luis Diego Marín –de Preserve Planet- aseguró que el Gobierno no tenía motivos para apelar las medidas cautelares y si lo hizo es porque solo le interesa defender los intereses de la firma minera.

Mientras tanto, Mauricio Castro -encargado del caso por parte de la Procuraduría- explicó que el recurso de apelación presentado el pasado 27 de abril, obedeció a que “las conductas que se impugnaron en la sede contenciosa son las mismas que las impugnadas ante la Sala Constitucional (IV) y que los cuestionamientos reprochados en ambas sedes son los mismos”.

Recordó que el recurso de amparo que estuvo 18 meses bajo análisis de la Sala IV y que al rechazarlo el 16 de abril dio luz verde a la minería en Crucitas, desestimó los cuestionamientos al proyecto; por lo tanto, hicimos verle al Tribunal Contencioso que las decisiones de la Sala Constitucional “son vinculantes y firmes desde su adopción”, o sea, este asunto ya es cosa juzgada, alegó.

“NO TIENE EXPLICACIÓN”

Al consultársele al expresidente Abel Pacheco sobre la apelación de la Procuraduría, dijo que no le encuentra una explicación a este proceder. “Esto de Las Crucitas es absurdo, no tiene ni pies ni cabeza”.

Respecto del fallo de la Sala IV que avaló la minería a cielo abierto, se mostró  consternado y afirmó que cuando decretó durante su gobierno una moratoria a este tipo de extracción de oro, nunca se imaginó que dicha sala se lo iba a traer abajo. “Me sorprendió profundamente”.

Para Pacheco, “la minería a cielo abierto es un atentado contra la estabilidad del planeta, y no veo cómo gente en la que uno tiene tanto fe, pueda manifestarse en contra de una medida de seguridad para todos nosotros, nuestros hijos y demás descendientes”.

Acerca de hasta adónde debe llegar la ciudadanía que se opone a la minería a cielo abierto, comentó que “debemos defender lo nuestro y la historia está llena de ejemplos de pueblos que han sido capaces de defender su riqueza y también de pueblos que no”.

En referencia a la promesa de la presidenta electa, de decretar una moratoria a la minería, expresó que “yo creo en doña Laura Chinchilla y tiene esa buena intención; sin embargo, entiendo que ella va a permitir que Crucitas siga funcionando, y eso es preocupante”.

A su parecer, la Sala IV no tomó en cuenta -al despejarle el camino a Industrias Infinito-  el principio de indubio pro natura, que “hasta donde yo creía, debía ser respetado”, aparte de ir en contra del artículo 50 de la Constitución Política, tendiente a garantizar el derecho a un ambiente sano, “y aquí nos está destrozando totalmente la esperanza de salud y bienestar para nuestros hijos”.
 
Cabe indicar que tal resolución provocó gran malestar entre los sectores ambientalistas e incluso el funcionario Miguel Ramírez –del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA) salió a la prensa a desmentir que existiera el informe técnico que su superior –Bernal Soto- presentó a la Sala IV, y por lo tanto la indujo a error al emitir su voto sobre Crucitas.

“No encontré en ningún folio un estudio técnico de funcionarios de SENARA o un estudio de campo con datos que avalen el proyecto minero de Crucitas», reveló Ramírez en unas declaraciones consignadas por el periódico digital elpais.cr .
De acuerdo con documentos del SENARA en manos de este periódico, el gerente general –Bernal Soto- le pidió el 12 de febrero del 2009 al hidrogeólogo Roberto Ramírez, que le respondiera para el día siguiente a las 9 a.m. un cuestionario con 7 preguntas técnicas.

La consulta se la hizo “en virtud de su conocimiento técnico, su conocimiento del proyecto a desarrollarse y su preparación profesional, y que de los firmantes, usted es la persona con mayor conocimiento del proyecto Crucitas en la institución”.

Un día después y tal como se lo pidieron, el hidrogeólogo le entregó a Soto el informe DIGH-039-09, en el que respondió a todas las preguntas técnicas, aunque basado en estudios que hicieron empresas para el proyecto minero. No hubo objeciones técnicas a la operación de la mina de Industrias Infinito.

LA APELACIÓN

Por otro lado, al ahondar en torno a la apelación de las medidas cautelares del Tribunal Contencioso Administrativo, el procurador Mauricio Castro esgrimió la tesis de que las pretensiones legales y ambientales de los recurrentes ya habían sido descartadas por la resolución de la Sala Constitucional del pasado 16 de abril.

En su criterio, dado que el caso ya es “cosa juzgada”, el Tribunal Contencioso debe abstenerse de continuar tramitando el proceso.

Al justificar por qué la Procuraduría interviene en un caso que atañe a una empresa privada, detalló que esta tiene la representación legal del Estado y al demandársele en el proceso contencioso administrativo, se están impugnado resoluciones de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), un decreto emitido por el Poder Ejecutivo, y una concesión.

“Todos esos actos dictados por la SETENA, el Poder Ejecutivo, y la Dirección de Geología y Minas, conllevan actos de la administración central, que es defendida en este caso por la Procuraduría. Como el Estado es parte de este proceso contencioso, evidentemente estamos realizando una defensa técnica, defendiendo esas actuaciones o conductas, y haciendo ver que el proceso ha perdido interés, porque ya la Sala IV dictaminó –en forma vinculante- que los cuestionamientos no eran de recibo”, puntualizó Castro.

Agregó que la empresa Industrias Infinito, al ser también demandada, va a defender sus propios intereses. “¿Cuál es el interés del Estado?: preservar el principio de seguridad jurídica, y evitar que haya decisiones contradictorias o antagónicas”, acotó.

El Tribunal de Apelaciones tiene ahora en sus manos mantener o revocar las medidas cautelares del Tribunal Contencioso.

 

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