Entrevista con Mario Rodríguez, abogado BNCR

Rodríguez: “El velo de la prohibición está levantado”

El abogado laboralista del BNCR, Mario Rodríguez, señala que tiene dereho de demandar al Banco en nombre de sus compañeros aunque tenga dedicación exclusiva.

Don Mario, usted tiene dedicación exclusiva con el Banco desde hace 9 años. ¿Cómo lo afecta representar al resto de la gente?

Creo que de ninguna manera porque la dedicación exclusiva, al igual que la prohibición que está tratada en la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional… A todo esto, yo no he cobrado por esto, verdad.

No, pero eventualmente si el juzgado falla a favor, usted va con un 10 o 20% de esos honorarios.

En realidad, en laboral esos honorarios son entre un 15 y un 25%. Pero, no es inusual que en casos como este donde las carambadas no son. Por ejemplo, cuando un patrono no pagó las prestaciones a alguien y lo echó, ahí no hay demasiada discusión sobre el tema ni hay causa justa para litigar. Este no es un tema de esos y en laboral es posible que cuando hay causa justa para litigar no haya honorarios. Eso no es inusual.

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Los honorarios los va a fijar el juzgado.

El juzgado determinará si hay o no honorarios, costas o no. Ahora, el tema de la dedicación exclusiva es este. Uno tiene, y está tratado con relación a la prohibición en el artículo 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dice que uno no puede ejercer liberalmente la profesión excepto en los casos en que uno es parte. Eso significa que si yo soy parte, evidentemente a mí no me pueden conculcar el derecho de que yo demande a mi patrono porque si fuera así, me están violando un derecho constitucional.

A la defensa, por supuesto.

Al ser yo parte, el velo la prohibición del ejercicio liberal de la profesión está levantado.

Esto en lo que tiene que ver con el individuo Mario Rodríguez. El tema es si esto lo habilita a usted para representar a las otras 500 personas.

Mire, me parece que usted opina que esto no se puede hacer.

No, le pregunto su criterio.

Ya le di mi criterio, pero parece que a usted no le sirve. Yo creo que si soy parte y la pretensión procesal es exactamente la misma, usted verá, vamos a ver, yo no puedo llevar ningún caso fuera de aquí si yo no soy parte del proceso. Si yo soy parte del proceso, no tengo una prohibición para ejercer la profesión.

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