Reglamentan Fondo de Desarrollo Institucional

En una medida que no ha despertado simpatías entre algunas autoridades y personas ligadas a la Fundación de la Universidad de Costa Rica para

En una medida que no ha despertado simpatías entre algunas autoridades y personas ligadas a la Fundación de la Universidad de Costa Rica para la Investigación (FUNDEVI), el Consejo Universitario aprobó el «Reglamento para la Administración del Fondo de Desarrollo Institucional».

El «Reglamento para la Administración del Fondo de Desarrollo Institucional» fue aprobado por mayoría en el Consejo Universitario. En contra votaron el rector Gabriel Macaya y Víctor Sánchez

La recuperación  y destino final de los fondos que son invertidos en proyectos de vinculación remunerada a través de la Fundación de la Universidad de Costa Rica para la Investigación (FUNDEVI), fue  reglamentada por el Consejo Universitario (CU) desde el 6 de junio pasado.

En una medida que ha causado discrepancias en personas ligadas a dicha fundación, el órgano legislador  aprobó el «Reglamento para la Administración del Fondo de Desarrollo Institucional».

La normativa obliga a la Oficina de Administración Financiera (OAF) y a la FUNDEVI, a depositar de inmediato en una cuenta especial de la OAF, los ingresos que generen las actividades de vinculación remunerada con el sector externo.


La medida tiende a regular, en especial, la administración de los excedentes producidos por los proyectos de la FUNDEVI, lo cual ha generado polémica desde hace varios años; incluso el año pasado el Ministerio Público abrió una investigación contra dos vicerrectoras y un exvicerrector por el delito de peculado, en relación con el manejo de casi ¢200 millones de utilidades.

Vale mencionar, que las fundaciones se rigen por el derecho privado y en virtud de ello pueden realizar cualquier cosa que no sea ilegal. Por su parte, la legislación que rige para las entidades les permite hacer solamente aquello establecido expresamente por la ley.

Manuel Zeledón, miembro del Consejo Universitario, recordó que este reglamento fue previsto al aprobar en 1999 ese órgano los «Lineamientos para la vinculación remunerada de la UCR con el sector externo».

En su opinión, el referido reglamento no perjudica en nada la situación financiera de la FUNDEVI, la cual a partir de ahora tendrá que depositar en la cuenta del fondo, el 15% de los ingresos que cada proyecto genera. La Fundación, al igual que la OAF, se queda con el 5% que cobra por administración en cualquier operación que ejecuta.


DESARROLLO EQUILIBRADO


De acuerdo con el reglamento aprobado por el CU, el propósito del fondo de desarrollo «es contribuir con el desarrollo equilibrado de las áreas y dimensiones del quehacer universitario, dentro de principios de solidaridad y excelencia académica».

El fondo estará constituido con el 15% del total de los ingresos producidos por las actividades de vinculación externa de las unidades institucionales generadoras.

La vinculación externa comprende servicios como asesorías, venta de productos y subproductos, análisis repetitivos, certificaciones de calidad y conformidad con normas, cursos, simposios, talleres, investigaciones, utilización de bases de datos y servicios informáticos.

El Fondo de Desarrollo será administrado por el Rector con la asesoría del Consejo de Rectoría, por medio de la OAF y dentro de los mecanismos institucionales. Eso sí, la Rectoría deberá presentar en el presupuesto universitario la asignación de estos recursos, para recibir el aval del CU.

Según la reglamentación, un tercio de los aportes de cada unidad generadora se distribuirá de la siguiente manera: un 60% para estas y el 40% para la Decanatura.

De los otros dos tercios, se destinará un 20% para crear un fondo permanente de capitalización a cinco años plazo y administrado por la OAF. Cumplido ese periodo, los intereses que a partir de ese momento genere dicho fondo, podrá ser utilizado en proyectos de interés institucional.

Mientras tanto, un 30% será orientado hacia programas que proponga la Rectoría a partir de proyectos que presenten las vicerrectorías y dentro del marco de las políticas y prioridades emanadas del Consejo Universitario.

El otro 50% de los dos tercios, será dividido en  partes iguales, para financiar proyectos de investigación y de acción social, en los que participen activamente estudiantes de grado y postgrado. El detalle del reglamento puede ser visto en la página del Consejo en Internet (www.cuniv.ucr.ac.cr/reglamen/r140-08.html).


DISCREPANCIAS


A pesar de que la normativa impone ahora un destino puntual a las utilidades que genera la venta de servicios, algunas autoridades al parecer no comulgan con la iniciativa, pues esta les quita la potestad de manejar a su criterio ese 15%.

La Contraloría Universitaria en un informe de 1999, detectó una serie de irregularidades en el manejo de fondos por parte de la Fundación. «El manejo o disposición de los excedentes depositados (…) ha sido ejecutado bajo el criterio personal de las Vicerrectoras de Investigación y Acción Social». «Se pagan gastos de viaje al exterior sin estar previamente contemplados y autorizados en el presupuesto respectivo», fueron algunos de los señalamientos del ente contralor.

Al ser aprobado por el CU, nueve de sus miembros votaron en favor, en tanto que en contra lo hicieron el rector Gabriel Macaya y Víctor Sánchez.

Este Semanario intentó conocer la opinión del delegado ejecutivo de la FUNDEVI -Carlos Herrera- sobre el asunto; pero dijo no estar autorizado y remitió a la presidenta de la junta administradora de la fundación y Vicerrectora de Investigación, Yamileth González, quien al cierre de edición tenía varias reuniones y no podía atender, según informó su secretaria, Lidiette Hernández.

En un correo electrónico enviado por el Boletín Girasol de la Vicerrectoría de Investigación, se expone el texto de un documento que entregarían al CU, en el que los firmantes expresarán «el total desacuerdo a la forma planteada en el Reglamento para la administración del Fondo (…)».

Alegan que «FUNDEVI y la OAF deben de administrar los recursos correspondientes a lo que cada una genera por la venta de servicios».

Para el miembro del CU, Manuel Zeledón, la FUNDEVI no se verá afectada financieramente por dejar de administrar el 15% que ahora irá al Fondo de Desarrollo Institucional.

Zeledón dijo que los miembros del CU están preparando un documento en el que explicarán su posición frente al reglamento y lo divulgarán a la comunidad universitaria, para que haya más elementos de juicio.

Cuestionó las opiniones vertidas por el exrector y fundador de la FUNDEVI -Fernando Durán-, quien «nos acusó de que estábamos formando parte de una confabulación para destruir a FUNDEVI, cosa que es totalmente falsa».

Al aprobar este reglamento -agregó- los miembros del Consejo lo hicimos pensando en los mejores intereses para la UCR.

Cabe destacar, que al atender una consulta legal del rector Macaya sobre el reglamento, el director de la Oficina Jurídica -Rolando Vega- avaló esa regulación, dado que «el elemento del control institucional se hace patente en este tipo de figuras, puesto  que el procedimiento tiende efectivamente a que dicha reinversión en la institución de origen no se haga en forma arbitraria o antojadiza, sino mediante un procedimiento interno que garantice el cumplimiento de estos fines».

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