Fondo de pensiones del Poder Judicial y Estado republicano

La independencia de poderes sobre la que se levanta el sistema político republicano como lo conoce en nuestro país, supone ciertas particularidades para el

La independencia de poderes sobre la que se levanta el sistema político republicano como lo conoce en nuestro país, supone ciertas particularidades para el caso del Poder Judicial; comenzando porque ni la designación de su cúpula ni la de quienes desempeñan los puestos de la judicatura (labor esencial de una institución que se dedica a la administración de justicia) se encuentra confiada a la elección popular por medio del sufragio.

Aunque el sistema sea imperfecto, lo evidencia el método de escogencia de las magistraturas a cargo del Congreso,  refleja la preocupación histórica de garantizar el alejamiento entre la función de aplicar la ley solucionando los litigios presentados ante estrados judiciales y los criterios político ideológicos  (usualmente revestidos de naturaleza contable, actuarial, matemática, financiera, etc.) que puedan imponerse en el manejo de la cosa pública impulsados por las corrientes partidistas que en una determinada coyuntura se han hecho con el mando de las agencias del poder del Estado (o de los mass media).

La separación entre criterios ideológico-político-partidistas y toma de decisiones jurisdiccionales es conocida como «independencia judicial» que, más allá de lo que tradicionalmente se cita, atañe a la figura de quienes juzgan y a todas las funciones dentro del Poder Judicial y a quienes al desempeñarlas posibilitan el desarrollo del servicio de administrar justicia; resaltemos que esa independencia judicial lo que busca es garantizar la idoneidad en el ejercicio de tan delicada labor.

Entre los componentes que llenan de contenido la garantía institucional de la independencia judicial -concursos de atestados, debido proceso en la aplicación de sanciones disciplinarias, concesión de ascensos y capacitaciones con base en méritos, etc.- ante la reciente arremetida de la Supén contra el Fondo de Pensiones y Jubilaciones del Poder Judicial (FPJPJ) hoy sale a relucir uno que es el de la garantía de una retribución económica digna, tanto en lo salarial como en lo relativo al régimen de incapacidad y vejez.

El respaldo de contar con un sistema de retribución atractiva -la que recibirá durante su actividad laboral la persona que sirve a la administración de justicia como al finalizar su labor activa-,  en tanto digna y honorable, garantiza la  solidez del Estado constitucional de derecho, primero, al evitar la fuga de cerebros posibilitando el mantener a personal de carrera que desde la Judicatura, la Fiscalía, la Defensa, la Administración Judicial, el campo de las tecnologías de la comunicación aplicada al ámbito judicial, etc. no tiene que vivir con un ojo en su trabajo y otro en la búsqueda de opciones estables y rentables y que terminan desertando con la experiencia y la capacitación que la institución estatal les proveyó al aparecer un mejor postor.

La estabilidad e independencia económica y funcional del FPJPJ avala la fortaleza del estado constitucional de derecho, en segundo lugar, al eliminar el riesgo de que quienes al tomar decisiones que repercuten en la esfera de los intereses de grupos de presión y sectores pertenecientes a los estratos de poder, deban tener en mente el riesgo de caer en desgracia con quienes al final de cuentas aprobarán en instancias políticas las condiciones en que gozará de su plan de retiro.

El respeto a la configuración legal actual del FPJPJ, al representar un aliciente de seguridad y bienestar, desestimula los actos de corrupción que en una labor tan sensible al Estado Constitucional de Derecho serían desastrosos y que encontrarían caldo de cultivo en condiciones proletarizadas y debilitadas de retribución económica; esta sería una tercera razón para entender la relevancia de este fondo para la supervivencia del estado republicano.

Agreguemos que la campaña contra el FPJPJ es la más reciente táctica de una estrategia política de debilitamiento de las garantías laborales (lo que explica el surgimiento de las figuras de la subcontratación de servicios o la apuesta por el teletrabajo), que se agazapa provocando divisiones entre la clase trabajadora esparciendo rumores sobre la existencia de privilegios desmedidos.  En esta coyuntura -entonces- por encarnar la defensa de garantías laborales y necesitar para sobrevivir de la unidad, conciencia de clase y el espíritu de cuerpo de la clase trabajadora, el mencionado Fondo encarna una relevancia esencial en la supervivencia del estado republicano.

Roberto Madrigal Zamora (céd.1-723-460)

Fiscal del Sindicato de Trabajadores Judiciales (Sitrajud)

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