Magisterio entabla lucha por pensiones

Al menos mil personas se concentraron el  primero de julio frente a la Sala Constitucional para protestar en contra de la acción de inconstitucionalidad

Al menos mil personas se concentraron el  primero de julio frente a la Sala Constitucional para protestar en contra de la acción de inconstitucionalidad presentada por la Procuraduría.

 

Con un documento político, un «piquete» frente a la Sala Constitucional y  la advertencia de «tomar las calles» diferentes agrupaciones sindicales y  docentes manifestaron su molestia ante la acción de inconstitucionalidad presentada por la Procuraduría Nacional de la República el 17 de junio, la cual afecta sus intereses en el tema de las pensiones.

Dicha acción  fue admitida por la Sala  Constitucional para fines de estudio y fue interpuesta en contra del artículo 92 de la ley 7531 «Reforma integral al sistema de pensiones y jubilaciones del magisterio nacional».

Según explicó Manuel Calvo, Coordinador de la Comisión Institucional de Pensiones de la Universidad de Costa Rica (UCR), si se avala  lo anterior se perdería la facultad que tienen los educadores de acudir al Tribunal Superior de Trabajo para presentar apelaciones y reclamos de las resoluciones  emitidas por la Dirección Nacional de Pensiones (DNP).

De esta manera se verían obligados a acudir a los tribunales ordinarios, en donde las resoluciones tardarían hasta 10 años, mientras que en los de Trabajo duran  solamente meses, agregó.

Según Calvo, el 95% de las resoluciones provenientes de la Dirección deben ser apeladas ante el Tribunal de Trabajo, el cual en un 98% de los casos confirma lo resuelto por la Junta.

Entre los reclamos  más frecuentes que realizan los educadores  está  la de la aplicación correcta del convenio 102 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT). Este convenio no lo acepta la Dirección, por lo que se lleva a los Tribunales de Trabajo. En este momento dichas acciones se encuentran paralizadas (ver cuadro).

 

DOCUMENTO POLÍTICO

 

El primero de julio un grupo de representantes de varias agrupaciones sindicales y de educadores presentaron a la Sala Constitucional un documento en donde se cuestiona la acción de inconstitucionalidad presentada.

En este escrito, redactado por Calvo,  se le solicita a la Sala  IV no acatar dicha acción y se ofrecen respuestas y contraargumentos al contenido de esta.

Por ejemplo,  la acción de inconstitucionalidad dice que cuando se aprobó la ley en 1995 no se le consultó a la Corte Suprema de justicia como lo estipula el artículo 167 de la Constitución Política.

Ante esto, el documento expresa  que, según ese mismo artículo,  cuando dos terceras partes de la Asamblea aprueban una ley no es necesario consultar a la Corte, y en este caso 42 diputados la aprobaron.

De igual forma, la acción busca eliminar  la figura de Jerarca Impropio asumida por los Tribunales de Trabajo, argumentando separación de funciones . Dicha figura se da cuando a alguna entidad se la dan labores fuera de su competencia. Por ejemplo, estos tribunales se encargaban de  la parte administrativa de las pensiones.

«El Jerarca Impropio no violenta nada, no es división de poderes, se utiliza simplemente para agilizar la resolución de apelaciones,» enfatizó Calvo, quien agregó que alrededor de 70 entidades funcionan como Jerarca Impropio, entre ellas la Contraloría General de la República, o el Patronato Nacional de la Infancia.

 

LUCHA EN LAS CALLES

 

«El pueblo unido, jamás será vencido»… este y otros cánticos eran coreados por distintos grupos  representantes de educadores el pasado primero de julio frente a la Sala Constitucional, cuyo objetivo era motivar a dicho órgano a rechazar la acción de inconstitucionalidad presentada por la Procuraduría.

Personas miembras del Sindicato de Trabajadores de la Educación Costarricense (SEC), de la Asociación Naciones de Educadores (ANDE) y del Sindicato de Empleados Universitarios de la UCR (SINDEU) fueran algunas de las que se presentaron. Este último  realizó, unas horas antes,  una Asamblea General Extraordinaria  para discutir el tema.

En esa asamblea, Mainor Solís Vargas, Secretario General del SINDEU,  argumentó que  el asunto hay que pelearlo «duro», pues perjudica a  5.700 personas. «Lo que la Dirección de Pensiones quiere es aplicar la ley 7531, entonces tendremos que trabajar hasta 33 años con una pensión del 70% y si no estamos conformes deberemos  pelearlo en los tribunales ordinarios en un proceso que dura de seis a siete años», dijo.

Del mismo modo, llamó a la lucha y al principio de solidaridad. «El piquete es apenas el inicio, solo presionando en las calles vamos a  echar abajo esa pretensión», enfatizó.

Por su parte Calvo, quien también asistió a la Asamblea, opinó  que la UCR está sufriendo la fuga de gran cantidad de personal de alto nivel, quienes optan por la jubilación como consecuencia de estas acciones sistemáticas en contra del magisterio nacional.

«Con este gobierno loa ataques han sido incesantes, injustos, altaneros e irrespetuosos» afirmó Calvo, quien advirtió que si no obtienen los resultados esperados, elaborarán otro documento con argumentos jurídicos; además, comentó que para el 16 de julio la UCR presentará una coadyuvancia (decide adherirse a la parte que argumenta en contra de la acción de inconstitucionalidad).

Reclamos sobre derechos

Algunas de las apelaciones más comunes que se llevan a los Tribunales de Trabajo son:

 

* Artículo 9. El tope máximo por pensión o jubilación, dentro del Régimen del Magisterio Nacional, será el salario correspondiente a la clase de puesto de Director General de Educación con treinta aumentos anuales. Sin embargo, todos aquellos funcionarios que, una vez cumplidos los requisitos para obtener una jubilación ordinaria, decidieran mantenerse en sus funciones tendrán opción a mejorar el monto de la misma en un cinco coma seis por ciento (5,6) por cada año natural de postergación, hasta por un período de siete años.

* Quienes hayan servido 20 años al Magisterio Nacional al menos al 18 de mayo de 1993 o al 13 de enero de 1997, adquirirán el derecho a pensionarse bajo las leyes 2248 y 7268 respectivamente

* Tendrían derecho a pensionarse con otras leyes distintas de la 7531 solamente los que al 13 de julio de 1997 día del comienzo de la ley 7531, tuvieran 28 años y medio o más de trabajar consecutivamente con el Magisterio.

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